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Contra la corriente: Derechos de Agua en Chile en el contexto internacional

“En realidad, el acceso al agua potable y segura es un derecho humano básico, fundamental y universal, porque determina la sobrevivencia de las personas, y por lo tanto es condición para el ejercicio de los demás derechos humanos. Este mundo tiene una grave deuda social con los pobres que no tienen acceso al agua potable porque eso es negarles el derecho a la vida radicado en dignidad inalienable”.
Carta Encíclica Laudato si del Santo Padre Francisco sobre el cuidado de la casa común

Creciente fortalecimiento del derecho humano al agua como tendencia global
El derecho humano al agua como derecho fundamental tiene un amplio reconocimiento tanto al nivel nacional como internacional. En su Resolución del 28 de julio de 2010, la Asamblea General de la ONU proclamó el derecho al agua potable y el saneamiento como “derecho humano esencial para el pleno disfrute de la vida y de todos los derechos humanos” y lo reafirmó en una resolución aprobada en 2015. En el marco de este sistema, la importancia del acceso al agua potable y servicios de saneamiento, también se refleja en los objetivos 6.1 y 6.2 de Desarrollo Sostenible que prevén lograr el acceso universal e equitativo a dichos bienes hasta el 2030.

Paralelamente, se observó un creciente reconocimiento constitucional en las cartas fundamentales de varios países de la región. Ejemplos de tal proceso son las reformas constitucionales en Bolivia del año 2009 (artículos 16 y 20), México de 2012 (artículo 4) y Honduras de 2013 (artículo 145) que pretenden garantizar el derecho al agua para toda la ciudadanía.

La tendencia mundial a la remuncipalización del agua
Procesos similares se observan en Europa. Para frenar la creciente comercialización y liberalización del derecho al agua se creó una iniciativa ciudadana que bajo el lema Right2Water (Derecho al Agua) compiló casi 1,9 millones de firmas para fortalecer el derecho humano al agua para las comunas y los municipios. Como reacción a esta iniciativa, en septiembre del 2015 el Parlamento Europeo pasó una resolución que afirma “[El Parlamento Europeo] opina que, en cuestiones de regulación y control, es necesario proteger la titularidad pública del agua impulsando modelos de gestión pública, transparente y participativa en los que, solo en determinados casos, la autoridad de titularidad pública podría conceder algunos cometidos de gestión a la iniciativa privada, siempre en términos estrictamente regulados y garantizando permanentemente el derecho al recurso y a un adecuado saneamiento” (4).

A las iniciativas al nivel internacional se suman procesos al nivel de los estados nacionales y gobiernos sub-nacionales. El 14 de junio de 2016, la Asamblea Nacional del parlamento francés adoptó la ley No. 2715 asegurando la implementación eficaz de los derechos al agua y saneamiento, convirtiendo a Francia en el primer país en Europa que reconoce tales derechos en su sistema judicial. A pesar del tradicional peso de las grandes empresas sanitarias privadas, Francia se está convirtiendo en un laboratorio para una gran variedad de procesos de remunicipalización del agua. En 2010 el gobierno municipal de Paris decidió no renovar los contratos de las empresas privadas Suez y Veolia debido a críticas sobre la falta de (...)

Artículo completo: 1 646 palabras.

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Ingrid Wehr e Ilka Roose

Directora de la Oficina Regional Cono Sur de la Fundación Heinrich Böll y estudiante de doctorado, becaria de la Fundación Heinrich Böll respectivamente.

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