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Asamblea Constituyente: Es posible y es necesaria. Por Carlos Arrué

Hemos sostenido por mucho tiempo la necesidad de una nueva Constitución. Lo hemos dicho en eventos, artículos, programas de radio y en las reuniones programáticas de los centros de estudios de la oposición. De hecho, lo hemos venido planteando desde que el gobierno de Ricardo Lagos se abocó a su reforma de la Constitución de 1980.

Este planteamiento se sostiene por una parte, en su ilegitimidad de origen dado que se aprobó en plena dictadura militar, sin garantías ni debate como un traje a la medida, y por otra parte, en su condición de generadora de tensiones por su contenido de fondo. La verdad es que esta reflexión no es necesaria si se acepta que las cosas como están, están bien. Es decir, aún cuando la sociedad en su conjunto convenga que la Constitución es ilegitima, su legalidad y funcionamiento son razones suficientes para no cambiarla. Sin embargo, no es eso lo que está sucediendo ya que estamos presenciando una crisis de confianza en el Estado de Derecho y particularmente en la columna vertebral de ese Estado, que es la Constitución de 1980.

La ciudadanía quiere opinar libremente sobre la Constitución porque ya no confía en que las instituciones lo hagan por ella. Muestra patente y vergonzosa de lo anterior es la Ley General de Educación, aprobada tras meses de movilización que concitó el respaldo nacional, y que sin embargo, es prácticamente igual a la LOCE. Esto explica la desconfianza del movimiento estudiantil del 2011 en el andamiaje institucional. Es decir, demandas y respuestas en dos órbitas distintas donde la respuesta proveniente de la autoridad actúa dentro de la ley y la demanda, por fuera y la impresión que existe en la ciudadanía es que la ley está mal hecha y no la demanda, por ende es la ley la que hay que cambiar y no la demanda.

El acto fundacional (Comisión Ortúzar más Plebiscito de 1980), es antecedente de la aplicación del ordenamiento constitucional y evidentemente antecedente y consecuente son parte de lo mismo. Lo anterior explica el fundamento de la Asamblea Constituyente como acto legitimo del poder constituyente originario que propone una nueva Constitución como fruto del debate nacional refrendado en Plebiscito. La Asamblea Constituyente supone entonces, como consecuente, una Nueva Constitución. En contraste, cambios constitucionales, no suponen una Nueva Constitución. Ahora bien ¿por qué no limitarse solo a cambios constitucionales?

Volvamos a la mención sobre el gobierno de Lagos. Los cambios operados fueron significativos en tanto logró poner fin a varios, no todos, los enclaves del tutelaje militar de la constitución dictatorial. Sin embargo, no ha pasado ni una década y el mismo ex Presidente ha señalado que debemos contar con una nueva Carta Fundamental porque los cambios no serán suficientes por su falta de representatividad para interpretar el sentir nacional y las aspiraciones generales de la sociedad y cada vez más personas se convencen de ello por la defensa que la Constitución hace del lucro en educación, en permitir los abusos de las grandes empresas, en las escandalosas ganancias de las ISAPRES, en la falta de inclusión de los pueblos originarios, en la injusta distribución de la riqueza , en el sistema electoral, en el cuestionado sistema de AFP, en la excesiva centralización, en un presidencialismo exacerbado, etc. todos temas claramente vinculados a la Constitución, sea por acción u omisión de la misma.

¿Debe una nueva Constitución ser discutida y aprobada de la misma forma que la anterior? La respuesta pareciera ser evidente. No. Entre cuatro paredes, no; con una Comisión de expertos y otros designados de turno, no. ¿Es la Asamblea Constituyente la única forma de dar vida a una Nueva Constitución? Tampoco, existen otras. Sin embargo, lo que es inevitable es que se plebiscite con la garantía de continuar perfeccionándolo.

¿Es necesariamente inestable un proceso constituyente? Una propuesta de este tipo no es más inestable que uno a puertas cerradas y no corresponde presumir que cuando el pueblo participa, hay caos. Es hora que los historiadores contribuyan a explicar que cuando ha habido inestabilidad política en Chile, nunca se ha originado en la organización de la voluntad popular. Anticipar el caos no es más que una amenaza que corresponde denunciar.

Ahora bien, ¿es posible que una nueva Constitución aprobada por Asamblea Constituyente sea similar a la actual logrando únicamente corregir su ilegitimidad de origen? Sí, y si el resultado fuera ese, sería democrático y pondría fin de una vez por todas al litigio sobre el vicio de origen porque no es el proceso constituyente la causa de la crisis institucional sino su solución y en el mismo se expresarán las tensiones propias entre el poder que surge y busca consolidarse, frente a aquel que se extingue y busca prolongarse. Asimismo resolverá por fin, la contradicción entre dictadura y democracia, que es la deuda impaga con el país.

Quienes temen una Asamblea, temen la perdida de la influencia ilegitima y legalizada que tienen sus detentores porque provocará un proceso real de democratización, de participación, de creación popular y de definiciones soberanas y la verdad es que a todo ello se oponen los legionarios C80.

EL Instituto de Ciencias Alejandro Lipschutz tiene una propuesta de articulado que establece las siguientes consideraciones. La primera, el poder constituyente originario radica en el pueblo, no en las instituciones. En segundo lugar, propone una Reforma constitucional que establezca la posibilidad de realizar Asamblea Constituyente. En tercer lugar, sugiere un mecanismo de elección popular de Asamblea que excluye a todas las autoridades actuales. En cuarto lugar, obliga al Presidente a convocar mediante decreto y bajo apercibimiento de revocación de mandato. En cuarto lugar, solo el pueblo, mediante firmas, puede solicitar una Asamblea, nunca los poderes del Estado.

Por último, ¿es la Asamblea el centro del debate constitucional y la disyuntiva frente a la que estamos? No, no lo es. En el fondo, de lo que se trata es tener una nueva Constitución, democrática, representativa, con nueva y actuales definiciones. La Asamblea es un medio de llevarlo a cabo, la mejor a nuestro entender, pero la forma no más importante que el fondo. No obstante esta consideración, no nos confundamos. La Constitución actual, aunque se vista de seda, pinochetista queda.

Carlos Arrué Encargado del Programa Legislativo ICAL

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