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Chile, con su actual salario mínimo, viola derechos hmanos de los trabadores. Por Florencio Pardo

“El precio medio del trabajo asalariado, es el mínimo del salario, es decir, solo la suma de los medios de subsistencia indispensables al obrero para conservar su vida como tal”.
K. Marx

“La plusvalía se compone de trabajo no pagado”.
K. Marx

Chile, con su actual salario mínimo, viola el derecho humano de los trabajadores al salario digno o vital. Derecho humano que se encuentra garantizado en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, suscrito y ratificado por el Estado chileno. Pacto que establece en su artículo 7 letra a), el derecho de toda persona al goce de condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias que le aseguren en especial, “ a) Una remuneración que proporcione como mínimo a todos los trabajadores: ii) Condiciones de existencia dignas para ellos y para sus familias…”. Asimismo, lesiona lo expresamente el Artículo 23 letra c) de la Declaración Universal de Derechos Humanos, que garantiza que “Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social”

Que según la declaración de principios de Constitución de la O.I.T.[2] en 1919, "la garantía de un salario vital adecuado", es uno de los objetivos cuya consecución es la más urgente. Identificándose el salario vital como una de las condiciones para la paz universal y permanente basada en la justicia social.

Al respecto, cabe señalar que es la propia Constitución de Pinochet, que establece el derecho humano de los trabajadores a recibir por su trabajo una “…justa retribución”, en su artículo 19 N° 16.

Por tanto, el derecho a una remuneración justa o un salario que permita una existencia digna, es un derecho humano y fundamental de todos los trabajadores.

Es así, que el salario mínimo debe ser la remuneración destinada a asegurar a todo trabajador, cualesquiera sean las labores que realice, la satisfacción mínima de sus necesidades y del grupo familiar, que le permita proyectarse al futuro dentro de una determinada sociedad. De modo que nadie debería percibir un ingreso inferior a este mínimo que permite garantizar a su vez otros derechos humanos.

No obstante ello, el salario mínimo en Chile, que hoy solo alcanza los $250.000.- brutos, es sumamente exiguo, lesionando el Estado, los pactos internacionales de Derechos Humanos, tanto así, que se encuentra por debajo de la línea de la pobreza. Puesto que según el cálculo realizado el año en curso por el Ministerio de Desarrollo Social, un hogar con cuatro integrantes requiere más de $ 368.000.- pesos aproximadamente para superar la línea de la pobreza[3].

Pero a pesar de lo exiguo que resulta el salario mínimo, este ni siquiera se garantiza a todos los trabajadores chilenos, puesto que hay trabajadores que están condenados a recibir un salario inferior al mínimo legal, entre ellos están; a) Los trabajadores sujetos a contrato de aprendizaje (la remuneración la fijan libremente y de común acuerdo entre las partes). b) Los trabajadores menores de 18 años de edad y los mayores de 65 años (tienden a una remuneración mínima fijada por el legislador, que ha sido equivalente al 75% del ingreso mínimo). C) Los trabajadores con discapacidad mental y D) Los trabajadores que pactan una jornada inferior a 45 horas trabajo.

Pero la aspiración o vieja utopía capitalista respecto del trabajo asalariado de obtener la mayor cantidad de ganancia con el menor costo, es decir, la obtención de la mayor cantidad de plusvalía, ha vuelto a ser retomada y /o profundizada en la era neoliberal chilena, y para ello se va desmantelando toda traba jurídica o lo que se conoce como Derecho Laboral, eliminándose todas las reivindicaciones logradas por más de dos siglos de lucha por el proletariado industrial. De lo que derivará, lo que se conoce como precarización laboral, con el salario y las condiciones laborales a la baja constantemente.

Así las cosas, el Trabajo Asalariado en Chile, se ha transformado en una mera mercancía, que puede transarse en el mercado según las Leyes de la oferta y de la demanda. Las cuales terminan fijando el precio del trabajo, es decir, el salario a pagar. Pero en ese mercado sigue interviniendo el Estado, pero ya no para mejorar las condiciones de los trabajadores, sino que la de los empleadores, fijando por ejemplo el actual salario mínimo en $257.500.- pesos.

Es en este contexto, que se fija el salario mínimo por el gobierno, reajustando el ingreso mínimo mensual a contar del 1 de julio de 2016, en solo $ 7.500 pesos. El que nuevamente mantendrá a millones de trabajadores en Chile, sumidos en la pobreza. Reajuste salarial que solo a partir del 1 de enero de 2017, sería de $264.000; a contar del 1 de julio de 2017, de $270.000; y, a contar del 1 de enero de 2018, tendría un valor de $276.000.- pesos.

Que el mantener un salario tan precario, además de acentuar la plusvalía, actúa como un dispositivo de control social, puesto que logra intensificar la subordinación o sumisión de los trabajadores al empleador, en cuanto a que obliga al trabajador a recurrir al endeudamiento en la banca, casas comerciales, supermercados, etc. para satisfacer incluso necesidades básicas, con un temor permanente al embargo judicial de sus bienes, y asimismo, le obliga a realizar una mayor cantidad de trabajo o más horas extras para aumentar su salario, impidiendo con esto, todo tipo de posibilidad de organización y por ende de resistencia del trabajador a la precariedad impuesta por el patrón.

Por lo que reajustar el salario mínimo, por debajo o casi igual al IPC del periodo y muy por debajo de la línea de la pobreza, sumando a ello las rebajas a las jubilaciones en un 2% y aumentando la edad para su obtención, más la nefasta reforma laboral recientemente aprobada, constituyen una verdadera violación a los derechos humanos de los trabajadores. Por todo lo anterior, es legítimo el llamado que ha hecho el CIUS[4], La UCT[5], inclusive la Iglesia Católica, de fijar el salario mínimo a lo menos en $400.000.- pesos, entidades que ni siquiera han sido escuchadas por el gobierno.

Por lo que resulta urgente e imperioso, para contener el despliegue neoliberal y la ofensiva contra los derechos humanos de los trabajadores, concebir y contar con la organización de los sindicatos más allá de los centros de producción y en una alianza permanente con otras orgánicas y frentes sociales, hacia el encuentro con sus iguales. Ejerciendo el plan sindical, más allá del Código del Trabajo, bregando por hacer cumplir los convenios 87, 98, 151 etc. de la OIT.

Asimismo, urge comenzar a amasar la idea de una huelga nacional y general, que pueda dar vuelta la tortilla en el Chile neoliberal, legitimando la paralización de la producción, como una herramienta legitima y poderosa en manos de los trabajadores.

Florencio Pardo Montenegro es abogado. Profesor de Derecho Laboral, U. Arcis. Estudiante de Doctorado, Facultad de Derecho (U. Buenos Aires). Magister en Derecho Penal, U. de Chile. Diplomado en Derecho Penal, U. de Chile.

[2]Organización Internacional del Trabajo

[3]http://observatorio.ministeriodesarrollosocial.gob.cl/layout/doc/ipc/Valor%20CBA%20y%20LP%C2%B4s%2001.16.pdf

[4] Comité de Iniciativa por la Unidad Sindical.

[5] Unión Clasista de Trabajadores.

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