En kioscos: Abril 2024
Suscripción Comprar
es | fr | en | +
Accéder au menu

La constitución de 1980. Por Teruel A. Carrasco, LL.B.

Chile, nuestra patria, enfrenta numerosos problemas y desafíos. La crisis de la educación, el atropello a los pueblos originarios, la cesantía, el poder económico de las transnacionales, la corrupción política, la falta de visión de la clase política, la delincuencia, etc. son algunos. Todos son consecuencia de dos problemas fundamentales. Por un lado, la vigencia de un modelo socioeconómico capitalista diseñado para que los ricos sean más ricos y los pobres más pobres sobre la base de la “explotación del hombre por el hombre”. Por el otro lado, como reflejo propio de este modelo, rige una constitución impuesta en 1980 mediante la fuerza militar y que protege los privilegios de los detentadores del poder económico. Este artículo ofrece algunas reflexiones en relación a la Constitución de 1980.

De inmediato debemos decir que la Constitución de 1980 es uno de los legados más nefastos de la dictadura militar. Refleja la ideología fascista en su plenitud y fue impuesta sobrepasando los más mínimos requerimientos de la legalidad y los principios del derecho constitucional.

Una constitución política constituye el documento más importante en el aparato legal de un Estado. Es el pilar de toda la legalidad de un país y todas las leyes, decretos y reglamentos deben estar acorde con el contenido de la constitución. De lo contrario, el documento puede ser declarado inconstitucional, es decir, nulo e invalido. Por esta razón se le llama la “Carta Fundamental” de un Estado.

En teoría e idealmente, la constitución debiera reflejar la opinión de todos los ciudadanos del país dado que son verdaderamente el Poder Constituyente. Debe proteger sus valores, ideales, derechos, deberes, aspiraciones y todo lo que esté relacionado con su desarrollo personal conjugado con la más alta valorización del bien común. En un sistema democrático transparente es el pueblo el responsable de establecer su constitución. Pero la historia y la realidad demuestran que ninguna constitución ha sido formulada con la más amplia y total participación de la ciudadanía. Esto es lo que precisamente ocurrió en Chile inmediatamente de asumir la junta militar.

La Constitución de 1980 fue una de las primeras preocupaciones de la dictadura militar instaurada el 11 de septiembre de 1973. En efecto, este mismo día la Junta de Gobierno dicta el DL 1 indicando que “con esta fecha se constituye en Junta de Gobierno (la Fuerza Pública, formada por el Ejército, la Armada, la Fuerza Aérea y Carabineros) y asumen el Mando Supremo de la nación”. La Junta asume la totalidad del poder usando un sangriento golpe de estado que inicia una dictadura de corte fascista.

En noviembre 1973 el DL 128 afirma que “la Junta de Gobierno ha asumido desde el 11 de septiembre de 1973 el ejercicio de los Poderes Constituyente, Legislativo y Ejecutivo”. Por este acto la Junta se atribuyó por sí misma la autoridad de Poder Constituyente y se autoriza a sí misma para modificar la Constitución de 1925.

De esta manera la Junta de Gobierno constituye una Comisión (la Comisión Ortuzar) para que “estudie, elabore y proponga un Anteproyecto de una nueva Constitución Política del Estado… para reconstruir, renovar y perfeccionar la institucionalidad de la República”. La mayoría de los miembros de la comisión fueron adeptos a la dictadura militar y, por supuesto, no se caracterizan en absoluto por tener disonancias políticas e ideológicas. No hay ningún espacio para sectores que no fueran de derecha.

La Comisión Ortuzar sesiona entre 1973 y 1978 y hace entrega un Anteproyecto de Constitución que la Junta pone en manos del Consejo de Estado. Este Consejo sesiona entre los años 1978 a 1980 y entrega su informe a la Junta que en el plazo de un mes, julio de 1980, decide someter el proyecto a la ciudadanía en un plebiscito para su ratificación.

El 10 de agosto de 1980 el general Pinochet anunció que la Junta de Gobierno, en ejercicio de su potestad constituyente, había aprobado la nueva Constitución y que convocaba a la ciudadanía a un plebiscito para ratificarla, el cual se realiza el 11 de septiembre de 1980. Hubo dos opciones: SÍ y NO, ganando la primera alternativa con el 67,04% de los votos. La nueva Constitución se promulga el 21 de octubre de 1980.

Desde su génesis la Constitución de 1980 atropella los principios más básicos del derecho constitucional. Por una parte, está la auto-atribución del Poder Constituyente por la Junta de Gobierno representante del poder militar chileno. La Junta misma había usurpado (en un acto golpista totalmente inconstitucional) el poder gubernamental y se auto-constituye en el gobierno de la nación por medio de las armas derrocando al Presidente Salvador Allende elegido democráticamente en las urnas siguiendo al pie de la letra la Constitución de 1925 vigente a la época.

El golpe militar es una acción antidemocrática e inconstitucional sin lugar a dudas. La Junta, por medio de sus voceros, ha tratado de justificar sus acciones indicando que era necesario intervenir militarmente para restituir el orden institucional por lo cual tenían el derecho a asumir el poder. El argumento enunciado por la Junta carece de base dado que la Constitución de 1925 contenía los mecanismos para descalificar al Presidente de la República en forma pacífica y democrática. Sabido es, además, que el propio Presidente Allende estaba listo, en septiembre de 1973, para llamar a un plebiscito para que el pueblo decidiera el curso que la nación debía seguir y volver a la normalidad.

Más aún, el plebiscito del 11 de septiembre de 1980 se llevó a cabo mientras en el país estaba en vigor un estado de emergencia que coartaba los derechos ciudadanos e imponía un régimen de terror limitando, de esta manera, la capacidad del verdadero Poder Constituyente para expresar su real voluntad y opinión.

La auto-atribución del Poder Constituyente por la Junta de Gobierno, y el proceso de elaboración y ratificación de la Constitución de 1980 tienen como base ideológica los mismos principios que inspiraron la justificación pseudo-legal de Hitler y Franco. En efecto, uno de los ideólogos más importantes de la Constitución chilena fue el abogado Jaime Guzmán Errázuriz quien se declara ferviente seguidor del jurista español Sánchez Agesta, asesor de Francisco Franco. Sánchez Agesta es seguidor del jurista alemán Carl Schmitt, uno de los más fieles adeptos y asesor jurídico de Adolfo Hitler.

Luís Sánchez Agesta, español, especialista en filosofía del derecho, ofreció su más decisivo apoyo a la dictadura de Franco y escribió trabajos justificando el concepto “dictadura” como el más adecuado para la funcionalidad gubernamental. Carl Schmitt fue miembro del partido nazista en Alemania durante la dictadura de Hitler y ocupó cargos prominentes en este régimen. Altamente educado, se dedicó a justificar teóricamente la necesidad de la “dictadura” como una mejor forma de gobierno. Jaime Guzmán, uno de los más cercanos ideólogos de Pinochet, apoya los conceptos elaborados por Sánchez Agesta y Schmitt y los aplica en su asesoría al dictador. Con la guía jurídica de Guzmán, “de hecho, la concepción Schmittiana del Poder Constituyente permite construir el régimen de Pinochet como una dictadura absoluta y no meramente comisaría. Como dictador soberano o absoluto, Pinochet elimina la totalidad del orden constitucional existente y genera una nueva Constitución”.

En base a lo dicho se desprende que es una tarea política imperativa reemplazar la Constitución de 1980. Lamentablemente, la Concertación que detentó el poder por más de 20 años, no hizo los esfuerzos necesarios para erradicar la Constitución de 1980. Para este efecto se ha constituido en Chile un movimiento por una Asamblea Constituyente para rescatar el Poder Constituyente para la ciudadanía toda.

Consecuencialmente los chilenos tenemos el desafío por el cual todos los organismos vivos de la sociedad conjuguen sus fuerzas para constituirse en el verdadero poder constituyente.

Winnipeg, Canadá - el 2 de abril de 2013

Compartir este artículo