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Apunte N° II ¿Cómo se Ejecuta en Chile el Principio de Subsidiariedad? por Mario Paz - Los Hijos de Mafalda

La ignorancia es el mejor amigo del dictador,

Por que ignoramos que existe el dolor

Porque ignoramos el dolor ajeno

Pero, cuando ignoramos el dolor ajeno

Nos encontramos solos

Y solos no podemos hacer la revolución.

Habitualmente cuando comenzamos a hablar o plantear conceptos sustentados desde una visión política ideológica, nos remitimos a cuestiones que por lo general están en el aire, que son abstracciones[1], y que no podemos identificarlas concretamente en la realidad, en consecuencia no la podemos tocar ni ver. Cuando ocurre esto, debemos preguntarnos si efectivamente comprendemos que es lo que estamos hablando, o mucho más importante y correcto aún es preguntarnos si la persona que está escuchando o leyendo, está entendiendo lo que planteamos. Dicha situación ocurre más frecuentemente de lo que pensamos, o de lo que nos gustaría que ocurriera. Es por este motivo que creemos necesario, cuando hablamos del principio de subsidiariedad, mostrar en la práctica como se ejecuta y como nos afecta en nuestra vida cotidiana.

Para comenzar la exposición de cómo nos afecta socialmente el principio de subsidiariedad, debemos remitirnos al Apunte N° I, y recordar algunos elementos expuestos ahí: donde “Guzmán reclama la necesidad de aplicar el principio de subsidiaridad como principio axial[2] del papel del Estado en la sociedad…..donde el Estado en la sociedad debía ser subsidiario[3] en virtud de la autoridad ontológica[4] del individuo frente a la sociedad. Según este universo doctrinal, las sociedades intermedias[5], creadas por el hombre en unción de su naturaleza social, son también superiores al Estado, por lo que este ha de estar a su servicio y no al revés[6].

Entendemos en consecuencia que “el principio de subsidiaridad…debe ser comprendido…. como principio axial”. Esto quiere decir que el principio de cualquier cosa tendrá como eje central y único la concepción subsidiaria del Estado, resumiendo, el Estado debe prestar obligatoriamente asistencia de carácter económico por un periodo de tiempo determinado a las sociedades intermedias, donde las sociedades intermedias son las organizaciones gremiales, ósea las organizaciones de empresarios. Continuemos con la “autoridad ontológica del individuo frente a la sociedad”, esta afirmación establece que el ser humano, es la base fundamental de la sociedad, sin este, la sociedad no puede existir. La existencia de la sociedad, en consecuencia la existencia del Estado son producto de la acción de los seres humanos, y esto no es un producto de la naturaleza, por el contrario, es la consecuencia material de la acción de los seres humanos agrupados y organizados con el objeto de satisfacer sus necesidades. Continuamos con que “las sociedades intermedias, creadas por el hombre en unción de su naturaleza social, son también superiores al Estado, por lo que este ha de estar a su servicio y no al revés” Lo expuesto establece que, las sociedades intermedias, ósea las sociedades empresariales y los colegios profesionales, como creación de los seres humanos, son más importantes que el Estado, ello da a entender que el Estado, que es el órgano creado por los seres humanos para satisfacer las necesidades básicas de la sociedad, debe estar al servicio de los gremios industriales o sociedades empresariales, es decir, al servicio de los empresarios. Todo se traduce en que el principio de subsidiaridad establece que el Estado, no es el órgano más importante de la sociedad, por el contrario, son las empresas, por lo tanto, el Estado debe prestar obligatoriamente asistencia de carácter económico, a estas sociedades intermedias, darles dinero a las empresas, en consecuencia a los empresarios.

La postura ideológica expuesta por Guzmán, viene a establecer finalmente el cambio estructural del Estado chileno como lo conocíamos. Ahora bien, el Estado chileno antes del golpe militar del 73, era un Estado liberal capitalista tradicional, fundado en el modelo de bienestar, que establecía el mantenimiento de los equilibrios entre las exigencias de los trabajadores y el pueblo, y la entrega de beneficios de parte de las empresas, todo ello asegurado por el mismo Estado.

Para comprender de forma más clara los principios del Estado liberal, debemos exponer a grandes rasgos cuales son las pretensiones de ese modelo, al que nos referimos, y el modelo liberal “pretende ser, según propone el liberalismo económico desde Adam Smith, un Estado mínimo, que no interviene en economía, y que solamente garantiza el ejercicio de la libertad individual, por ejemplo garantizando la existencia de un mercado libre sin restricciones y un ejercicio ilimitado de la propiedad privada”.

Al contrastar a grandes rasgos el modelo propuesto por Jaime Guzmán de de Estado subsidiario, con el modelo del Estado liberal, nos percatamos que existe una diferencia fundamental en los tipos de capitalismo, pues el Estado liberal, según sus principios básicos, no debe intervenir en la economía, pues el mercado se debe auto regular, en cambio la propuesta del modelo de Estado subsidiario, estable que el Estado debe intervenir directamente en la economía entregando subsidios a las sociedades intermedias, que son finalmente las organizaciones de empresarios.

Ahora bien, ¿cómo podemos ver en la práctica este cambio de modelo de dominación?, la respuesta a esta pregunta la planteamos como decimos Los Hijos de Mafalda, súper fácil, pues, cuando el Estado chileno corre para evitar que una empresa que realiza malos negocios quiebre, justo en ese momento entra en ejecución el Estado subsidiario, pues no respeta las leyes del mercado que establecen que el Estado no debe intervenir. Para justificar esta afirmación, debemos retroceder en el tiempo, y remitirnos a la “crisis de la deuda latinoamericana desatada en 1982, que afectó a la economía chilena con especial intensidad, dado que los préstamos extranjeros se congelaron y los términos internacionales de comercio cambiaron drásticamente en contra de Chile.

A inicios de 1983, el sector financiero fue nacionalizado como una manera de evitar una crisis bancaria, y fue promulgada una serie de sistemas de subvenciones que favorecían a los deudores, es decir, a los bancos chilenos. La decisión de subsidiar a los deudores que habían adquirido préstamos en moneda extranjera durante el período del tipo de cambio fijo, y para rescatar a los bancos en problemas, se tradujo en fuertes pérdidas para el Banco Central, lo que contribuyó a un enorme déficit en las finanzas del sector público”. En este periodo se comienza a estrenar el modelo subsidiario del Estado Chileno, ya que como plantea el párrafo anterior, el Estado chileno nacionaliza la deuda privada y la hace pública, comprometiéndose a pagar la deuda de los bancos privados, con el objeto de que estos no quiebren. Bien este ejemplo puede ser muy antiguo para algunos, en consecuencia, expongamos ejemplos más recientes, como el del caso La Polar. Efectivamente esta empresa, recibió subsidios indirectos del Estado, esto ocurrió cuando el Servicio Nacional del Consumidor SERNAC, la Superintendencia de Valores y Seguros, el Ministerio de Hacienda, el Ministerio de Economía, no quisieron asumir públicamente la crisis en que se encontraba dicha empresa, otorgándole tiempo suficiente para que pudiera solucionar sus problemas. Sí, efectivamente algunos podrán decir que el Estado no les dió dinero, pero fueron subsidiados indirectamente por el Estado en desmedro de más de un millón de ciudadanos chilenos que fueron afectados por los malos manejos de dicha empresa. El tiempo les permitió a sus ejecutivos, y a sus dueños vender un gran porcentaje de sus acciones antes de que estas bajaran de precio.

Esto quiere decir que, el estado chileno subsidia a las sociedades intermedias directa o indirectamente, lo que significa que a algunas empresas el Estado les entrega dinero directamente (subsidio directo), y a otras empresas las protege con sus leyes o ocultando información, o bajándole los impuestos.

Pero el caso de La Polar, es muy reciente, así que mejor remitámonos a un caso un poco más antiguo de subsidio directo a las empresas, para ello tomaremos a Don Manuel Riesco, del Centro de Estudios Nacionales de Desarrollo Alternativo CENDA., el que realiza un estudio para el INP en el año 2005, donde establece que: “el sistema de pensiones público chileno otorga un total de 1.510.748 pensiones de todo tipo, más 34.341 bonos de reconocimiento, que si sumamos este bono al dato anterior nos da un total de 1.545.089 beneficios previsionales. La mayor cantidad de pensiones son recibidas por adultos mayores. El caso de las jubilaciones No asistenciales son 886.269 y las pensiones asistenciales son 401.000 todas entregadas por el INP. Por otro lado CAPREDENA y DIPRECA (estas son las Cajas del Ejército y Carabineros) otorgan 158.479 pensiones. Adicionalmente, el Estado complementa las pensiones otorgadas por el sistema de AFP, entregando garantías de pensión mínima a 65.000 pensionados por el sistema de AFP”[7]. Todo esto quiere decir que el año 2005, el Estado es decir, usted y yo financiamos más del 80% de todas las pensiones que se entregan en nuestro país, y el sistema de AFP no está entregando más del 20% de todas las pensiones en Chile.

Muy bien, efectivamente la información del año 2005 es muy vieja, por lo mismo remitámonos a la Ley N° 20.255 publicada el 17 de marzo de 2008, que establece la “Reforma Previsional”, que es un conjunto de beneficios para los más pobres de nuestro país. Comencemos con la Pensión Básica Solidaria (PBS) que se divide entre Pensión Básica Solidaría de Vejez (PBSV), la que entrega dinero del Estado mensualmente, y que establecía que a contar de julio de 2008, este sería de $60.000 y a contar de 1 de julio de 2009 aumentaría a $75.000, esta beneficiará desde el 1 de julio de 2008 al 45% de los más pobre de la población, en el año 2010 al 50% y finalmente el 2012 alcanzará al total del 60% más pobre de todos los chilenos. En el caso de la Pensión Básica Solidaría de Invalidez (PBSI), será beneficiarias las personas que sean declaradas inválidas, por el COMPIN, siempre que no tengan derecho a pensión en algún régimen previsional. Claro podremos estar de acuerdo con que el Estado entregue pensiones a los más pobres, y muchos podrán afirmar que este no es un subsidio a la empresa privada, pero en la práctica si lo es, pues gracias a estas pensiones las personas más pobres de Chile pueden consumir, lo que se transforma en jerga económica en “consumo interno”, dinero que en la práctica es recaudado por las empresas privadas vía venta de productos, bienes y servicios, tales como alimentos y remedios entre otros.

Pero esta misma ley, también establece el Aporte Previsional Solidario (APS), que es dinero que el Estado entregará mensualmente a las AFP, para aumentar las pensiones inferiores a $70.000 al año 2008 y se proyecta que entregue dinero a las pensiones inferiores a $255.000 el año 2012, es decir, más plata para las AFP. Esta misma ley entrega un nuevo subsidio a las AFP, estableciendo el aumento en la edad para la jubilación para las mujeres, pues estable que, si las damas de nuestro país, quieren obtener el bono por hijo nacido vivo, lo pueden obtener siempre y cuando se jubilen a los 65 años de edad.

El ejemplo concreto de cómo funciona esta ley, es el siguiente, para el caso de una persona que obtenga una pensión de AFP de $50.000 pesos y que cumpla con los requisitos de la ley, a partir de 2008 recibirá un aporte de $17.000 pesos, por lo que su pensión aumentará a $67.000 pesos mensuales, esta pensión se irá aumentando hasta llegar el año 2012 a una pensión de $131.470 pesos mensuales.

Al retomar el tema del Bono por cada hijo nacido vivo, que asciende al 10% de 18 ingresos mínimos, que en plata del 2008 era de $259.200, que sólo beneficiara a las mujeres que se pensionaron del 1 de julio de 2009 en adelante, y que a lo menos tenga una cotización en alguna AFP. Esto quiere decir que, el Estado obliga a todas las mujeres que nunca han cotizado en una AFP, a cotizar por lo menos una ves, ósea abrir una cuenta con dinero propio en alguna AFP, una vez realizado este trámite, el Estado entregara este bono a las AFP para que lo administren, hasta que la mujer cumpla los 65 años y se pueda jubilar. Pero esta misma ley, sigue subsidiando a las empresas, a las sociedades intermedias, ya que establece que para los trabajadores jóvenes entre 18 y 35 años se crean dos tipos de subsidio, a) Subsidio a la contratación, donde el Estado le paga el 50% del sueldo y B) Subsidio a la cotización de la AFP. Todo ello solamente quiere decir que a los pobres de nuestro país, se les dará un bono en dinero, y a los empresarios el Estado les pagará la mitad del sueldo de los jóvenes que contraten los empresarios además de pagarles las cotizaciones de la AFP[8].

Bien, todos estos datos son viejos, pero la novedad del año es el nuevo postnatal parental que el gobierno chileno y la concertación están a punto de hacer ley de la República. Muchos pensarán que es una ley estupenda, que beneficia a las madres de Chile, hecho que no negaremos, pero al mismo tiempo es un nuevo subsidio a los empresarios, pues el hecho de ampliar el post natal en tres meses implica que las Isapres y empresas afines, se ahorraran tres meses de pago de licencias médicas a las madres que se les enferme su hijo, o que simplemente pidan licencia médicas independientemente del motivo, pero con la finalidad de estar más tiempo con sus hijos.

Muy bien, el tema de las pensiones y las AFP, creo que ya nos cansaron, por lo mismo pasemos a otro tema más entretenido, que es la educación. Pero al igual que el tema de los bancos, la salud y demases, para hablar de educación debemos remitirnos nuevamente a la década de los 80, cuando gobernaba la tiranía, y su ideólogo era Jaime Guzmán el que impuso su modelito de Estado Subsidiario, que beneficia directamente a las sociedades intermedias. Hasta ese periodo la educación no era considerada como un negocio, pues era responsabilidad del Estado educar a los ciudadanos, ya que la educación era solamente un costo que no generaba lucro. Frente a esta situación, los ideólogos del modelo establecieron y ejecutaron la lógica de la educación subvencionada, igualito que el Estado Subsidiario.

En primer lugar debemos saber que la subvención escolar por cada alumno se denomina “Unidad de Subvención Educacional o USE”, que define la medida en dinero que entrega el Estado por cada alumno. Donde los recursos entregados son variables, por ejemplo los colegios básicos con media jornada y sólo de 1° a 6° año, reciben por alumno $23.841 pesos mensuales, y en el segundo caso, los colegios de 1° a 6° básico pero de jornada completa reciben $32.539 pesos mensuales. Los colegios de 7° a 8° básico con media jornada reciben $25.872 pesos mensuales, y los de jornada completa $32.663 pesos mensuales.

En el caso de la educación media, los científicos humanistas de media jornada reciben $28.856 pesos mensuales y los de jornada completa $38.840 pesos mensuales. En el caso de la educación técnica de media jornada, los colegios agrícolas y marítimos se les entregan $42.746 pesos mensuales y los agrícolas y marítima de jornada completa reciben $52.645 pesos mensuales. Los técnico profesionales industriales de media jornada reciben $29.924 pesos mensuales y los técnicos profesional industrial jornada completa $41.182 pesos mensuales[9]. Toda la información de los montos expuestos anteriormente son del año 2007, pues nos ha sido imposible obtener datos actuales.

Debemos agregar que en el año 1993, en pleno gobierno de la Concertación, se dicta una ley que permite que los sostenedores puedan cobrar a los padres un monto adicional a la subvención, lo que se conoce como “financiamiento compartido”. Lo que implicó que los establecimientos educacionales subvencionados pudieran aumentar considerablemente sus ganancias mensuales. Esta situación explica el por que de los 12.116[10] establecimientos educacionales que existían en Chile al año 2009, eran 5.829 de administración municipal, y 5.536 eran de administración de sostenedores particulares subvencionados, pues son un gran negocio.

Pero no todo queda ahí, ya que el 1° de Febrero de 2008 se hace efectiva la Ley N° 20.248 que establece Ley de Subvención Preferencial Escolar, que crea una nueva subvención que “será entregada a las escuelas para que demuestren resultados eficientes en el mejoramiento del aprendizaje. Además, estas escuelas no podrán discriminar a ninguna niña o niño y no les podrán exigir a sus alumnos vulnerables forma alguna de financiamiento compartido. Esta subvención estará dirigida a mejorar la calidad de la educación de las niñas y niños de familias vulnerables”[11].

Con la subvención preferencial, la escuela recibirá un monto de 1,4 unidades de subvención[12] (USE, donde cada USE equivale a 21.000 pesos aproximadamente) por cada niño o niña clasificado como prioritarios. Esto quiere decir que se les entregará más dinero a las sociedades intermedias, ejecutándose a la perfección del Estado subsidiario.

Por otro lado la Educación Superior, en tanto, de ser una educación otorgada gratuitamente, se convirtió en un tipo de educación que debía ser financiada por el estudiante y su familia. Las universidades del Estado deben autofinanciarse en un orden del 80%. Ello quiere decir que las familias que no tengan dinero para pagar la universidad deberán endeudarse, en consecuencia pagar intereses, y las deudas se obtienen del sistema financiero, lo que implica que el Estado obliga a las familias a solicitar préstamos a los bancos u otras instituciones, abriendo un gran negocio para las sociedades intermedias bancarias.

Esto da el punto de partida a la Ley 20.027 que establece que el “Crédito con Aval del Estado, es un crédito del sistema financiero, que está garantizado por la institución de Educación Superior en la que estudia el alumno, y por el Estado, que será garante del estudiante hasta que éste haya pagado por completo el crédito, una vez egresado”[13]. El Art. 12 de la Ley 20.027, establece que “los créditos no serán exigibles (es decir pagados) antes de 18 meses contados desde la fecha referencial de término de los estudios superiores”, esto significa que luego de 1 año ½, de haber terminado la carrera, los estudiantes, ahora profesionales deberán comenzar a pagar el crédito, que se otorga por un plazo de 20 años, 20 años endeudados, dándoles dinero al sistema financiero, pero si el estudiante no termina la carrera, o deja de pagar, nuestro Estado tan solidario, se hace responsable de una deuda que se multiplicó por 20 años, si ésto no es un negocio creado por el Estado subsidiario para los empresarios, entonces que cosa es.

Pero no debemos olvidar que todo crédito o préstamo tiene intereses, pues los bancos nunca pierden, por lo mismo “las tasas de interés que cobrarán los bancos serán fijadas por éstos, habiéndose comprometido a aplicar en 2003 una tasa no superior a 8,5% anual sobre la UF”[14]. Esto quiere decir que el banco puede cobrar hasta un 8,5% de tasa de interés anual. Pero debemos considerar que, la tasa de interés y la UF son cosas distintas, por lo mismo: NO debemos olvidar que la Unidad de Fomento sube todos los días, debido a que es un promedio del Índice de Precios al Consumidor IPC., esto quiere decir que para calcular el total del valor de intereses asociados a la deuda universitaria que se paga finalmente, debemos sumar a la tasa de interés la variación del IPC. Y según el Instituto Nacional de Estadísticas INE, en los últimos 12 meses el IPC., se ha acumulado en un 3%, lo que quiere decir que el año 2011 terminara con un 3,3% de IPC positivo. Entonces los intereses son muchos más que el 8,5%, ya que la UF sube con el IPC, y el IPC del 2011 será un 3,3% aproximadamente, podemos asegurar que la tasa de interés de los créditos Universitarios con Aval del Estado es 11,8%, más plata para las sociedades intermedias, más plata de todos los chilenos para los empresarios.

Pero “¿Las subvenciones son el único medio para obtener ganancias en Educación? No. El sistema chileno de financiamiento permite que se lucre sin necesidad de declararse un sostenedor con fin de lucro. ¿Cómo? Fundaciones y corporaciones sin fines de lucro pueden recibir donaciones de empresas que, en muchos casos, comparten un mismo directorio con la entidad sin fin de lucro. Cabe señalar que la ley permite a las empresas retornar aproximadamente un 50% de su donación, por concepto de tributos (universidades privadas usan este sistema, por ejemplo). Otra forma es que estas corporaciones y fundaciones arrienden a una inmobiliaria el recinto que ocupan para desarrollar su actividad, pero con las mismas personas en cada una de las partes. Por último, CORFO, que se encarga de fomentar sectores de desarrollo que puedan obtener ganancias, les presta dineros a sociedades para que los “inviertan” en educación, como los casos de Educa UC de la Universidad Católica y el Fondo Halcón de la Universidad Santo Tomás (es decir, el actual Estado subsidiario chileno financia que se lucre con la Educación en las más diversas formas)”[15].

Para terminar de aburrirlos con el tema de la educación, sólo queremos presentar los datos obtenidos por un estudio realizado por la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda en el año 2005, que establece que, “la mayor proporción de los recursos aplicados a través del Ministerio de Educación se encuentran presupuestados en el capítulo de Subvenciones (61% del total del gasto en educación). Este capítulo incluye los recursos necesarios para efectuar los pagos de subvención escolar a los establecimientos municipales y particulares subvencionados, junto con las asignaciones asociadas a los profesores por desempeño difícil y excelencia, entre otras”, y para hacerlo más didáctico aún, expongamos los montos presentados en este estudio, y que son los siguientes “ la transferencias al de dinero al Sector Privado en el año 2004 fue 1.158.556.285 pesos”, como se puede observar es poca plata que se les traspasa a las sociedades intermedias, es decir a los empresarios de la educación”[16].

Para finalizar este segundo apunte de formación e información, sólo queremos exponer, algunos datos concretos que demuestran fehacientemente al modelo subsidiario, y a sus únicos beneficiados:

El 29 de septiembre del 2010, la “Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley que dará $800 millones de dólares, al transporte público de Santiago y Regiones”[17]

El Estado chileno entregó $7.000 millones para la implementación del clúster del Salmón, para mejor “coordinación” entre las distintas empresas “privadas” relacionadas al rubro salmonero entre los años 2005 y 2008. A comienzos del año 2008 el gobierno entregó inicialmente $5.000 millones para el programa AQUAINNOVO para mejoramiento genético de salmones, posteriormente entrega 766 millones para la implementación de balsas-jaulas de cobre.

En marzo del 2008 nuestro gobierno les regala $6.500 millones para el proyecto de investigación e innovación, entregado por CORFO en el marco de la feria AQUASUR desarrollada en Puerto Montt. Para julio del mismo año el gobierno dona a las empresas PRIVADAS del salmón $300 millones para la implementación del centro de investigación de la empresa Noruega EWOS. El mismo mes nuestro gobierno les regaló $600 millones como aporte “extra”, entregado por el ministro de economía para “combatir el virus ISA”[18].

Sólo a modo de comparación, el gobierno chileno el año 2008 le entregó un bono de $40.000 pesos a las personas más pobres de Chile, lo que representa solamente un gasto de $131.400.000 pesos, pero este mismo gobierno le regala $20.166.000.000 millones de pesos a los empresarios, a los más ricos del país.

Para finalizar sólo una muestra, y esta es la Ley 18.502, del 3 de abril de 1986, que estable el impuesto específico a los combustibles, promulgada por la honorable Junta de Gobierno de la República de Chile, la tiranía, que establece un conjunto de sobre impuestos a los combustibles, pero que sólo deben pagar los vehículos motorizados, no así las empresas productivas, además establece que, en el caso del transporte de mercancías, específicamente el transporte realizado por los camiones, a éstos se les debe devolver hasta el 80% del valor del impuesto específico a los combustibles, pero este beneficio tiene sus rangos de funcionamiento, pues, todos los pequeños camioneros (los dueños de uno o dos camiones) quedan fuera de esta ley, por que son muy chicos, y la ley sólo beneficia a los grandes empresarios del transporte.

¿Quién es más importante para el gobierno y el Estado, los empresarios o los pobladores?. Si el Estado se financia en un 64%, gracias a la riqueza que produce la clase trabajadora y por nuestros impuestos, ¿Por qué este mismo Estado, le está regalando nuestro dinero a los empresarios?

La respuesta la entrega Jaime Guzmán cuando establece que las sociedades intermedias están por sobre los ciudadanos y el Estado.

Miércoles, 14 de septiembre de 2011

Mario Paz

Secretario de Los Hijos de Mafalda

NOTAS:

[1] Es un proceso mental que se aplica al seleccionar algunas características y propiedades de un conjunto de cosas del mundo real, excluyendo otras no pertinentes. En otras palabras, es una representación mental de la realidad. Cualquier construcción intelectual producto de las técnicas de abstracción.

[2] Relativo al eje. Son líneas más o menos paralelas al eje.

[3] Según el Diccionario de la Real Academia, se entiende por subsidio, derivado del latín subsidĭum: Prestación pública asistencial de carácter económico y de duración determinada.

[4] es una parte de la metafísica que estudia lo que hay, es decir qué entidades existen y cuáles no. Estable el principio de las cosas, su fuente inicial, básica y fundamental.

[5] Las sociedades intermedias son los gremios empresariales, los colegios profesionales entre otros

[6] Moncada Dirruti, Belén. “Jaime Guzmán El Político”, de 1964 a 1980. Una Democracia Contrarrevolucionaria. Ediciones RIL, Primera Edición 2006. P.43

[7] Manuel Riesco: CENDA Centro de Estudios Nacionales de Desarrollo Alternativo. Julio 2005

[8] Ley Nª 20.255 publicada el 17 de marzo de 2008

[9] Tríptico N° 10 Los Hijos de Mafalda 2007

[10] Fuente: Departamento de Estudios y Desarrollo, División de Planificación y Presupuesto, Ministerio de Educación. Corresponde a los establecimientos reconocidos al 30 de abril de 2009 según las Secretarías Regionales Ministeriales de Educación

[11] http://www.bcn.cl/histley/lfs/hdl-20248/HL20248.pdf

[12] eshttp://www.educarchile.cl/Portal.Base/Web/VerContenido.aspx?GUID=123.456.789.000&ID=188579

[13] www.Uchile.cl

[14] www.unab.cl/admision/financiamiento/creditos/

[15] http://www.opech.cl/bibliografico/doc_movest/financia_educa.pdf

[16] Mario Marcel; Carla Tokman ESTUDIOS DE FINANZAS PÚBLICAS Diciembre 2005 http://www.dipres.gob.cl/572/articles-21669_doc_pdf.pdf

[17] Diario Financiero P.4 del 30/9/2010

[18] Héctor Kol. Noviembre 2008. Publicado en El Rodriguista Nº 5 Página 12

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