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CHILE: LA TRAYECTORIA DE LA CONSTITUCIÓN DICTATORIAL

El origen espurio de la Constitución de 1980

La Constitución pinochetista de 1980 tiene un origen ilegítimo. Fue obra de un restringido grupo de juristas y políticos de extrema derecha que trabajó secretamente durante casi siete años y luego fue "aprobada" en un plebiscito totalmente fraudulento. Chile vivía bajo una dictadura militar-empresarial, que utilizaba el terror para implementar la versión más extrema de un proyecto de sociedad y economía neoliberal. La ciudadanía carecía de las condiciones mínimas para debatir y manifestar libremente sus ideas y preferencias. Miles de opositores habían sido asesinados, encarcelados, torturados o exiliados. No había libertad de expresión, derecho de reunión ni de asociación para los opositores; los registros electorales habían sido quemados por los militares golpistas; el estado de emergencia regía en todo el territorio nacional y el “receso político” o prohibición de funcionamiento de los partidos políticos se prolongaba desde septiembre de 1973.

La dictadura preparó en secreto su proyecto constitucional. Pocos días después del golpe de Estado, la Junta Militar de Gobierno creó una Comisión Constituyente encabezada por el ex ministro Enrique Ortúzar del derechista ex Presidente Jorge Alessandri Rodríguez. Durante cinco años este grupo preparó un anteproyecto constitucional, siguiendo las orientaciones del gobierno dictatorial. En noviembre de 1977 el tirano Pinochet entregó a Ortúzar instrucciones escritas por su Ministra de Justicia Mónica Madariaga y por Jaime Guzmán, principal ideólogo del régimen, para que elaborara un proyecto de Constitución. Al cabo de casi un año de trabajo, la Comisión Constituyente produjo el texto encargado y el 31 de octubre de 1978 Pinochet pidió al Consejo de Estado que comenzara a analizarlo. Al término de ese estudio, el 26 de junio de 1980, doce días antes de la fecha fijada para que el Consejo de Estado presidido por el ex Presidente Jorge Alessandri entregara oficialmente el proyecto de nueva Constitución, el gobierno formó un grupo de trabajo encargado de revisarlo a cuya cabeza quedó Mónica Madariaga. La ministra y cuatro auditores militares, más algunos invitados ocasionales, realizaron un trabajo sigiloso e intenso dando lugar a 175 cambios en los que se expresó el consenso esencial del bloque dominante.

El texto corregido fue remitido oficialmente el 8 de julio por el Consejo de Estado a la Junta de Gobierno; luego fue analizado durante algunas semanas por juristas y algunos hombres del poder. El 10 de agosto de 1980 se aprobó la versión final. Todas las deliberaciones fueron secretas. El 11 de agosto, el gobierno anunció por cadena nacional de radio y televisión que en un plazo de treinta días se realizaría un plebiscito para aprobar o rechazar el proyecto de nueva Constitución.

El menguado "debate" ciudadano se realizó en condiciones de estado de emergencia, receso político, control gubernamental de las publicaciones, clima de terror generalizado y sin alternativas reales para los votantes, sin claridad de las consecuencias jurídicas de una eventual derrota de la opción Sí prohijada por la dictadura, sin registros electorales y sin supervisión ni recuento electoral independiente. El gobierno solo autorizó la realización de un meeting opositor y puso todos los recursos del Estado, además del amplio control de los medios de comunicación que tenían sus partidarios al servicio de la campaña por la aprobación de la nueva Constitución.

Los resultados oficiales del plebiscito fueron los siguientes: votos por el Sí a la nueva Constitución: 4.204.879 (67,04%); por el No (rechazo): 1.893.420 (30,19%); nulos: 173.569 (2,77%).

La oposición denunció todo tipo de fraudes e irregularidades. En el 39,7% de las mesas observadas por sus voluntarios se detectaron irregularidades. Así, en al menos nueve provincias (Tocopilla, Chañaral, Linares, Cauquenes, Huasco, Choapa, Valparaíso, San Antonio y Malleco), “votó” más del 100% de la población. Cinco años más tarde, el sociólogo Eduardo Hamuy (“padre” de las encuestas de opinión en Chile) informó que un equipo de 660 voluntarios había observado los votos y los recuentos del plebiscito de 1980 en 981 mesas electorales escogidas al azar en el Gran Santiago (alrededor de 10% de las 10.522 mesas en 170 locales de votación), registrando cinco tipos de fraudes o irregularidades: recuento erróneo de votos (contabilización de votos No y nulos como blancos o Sí, o anulación de votos No); inconsistencias entre el número de votos contados y el número de firmas de votantes registrados (votantes excesivos o faltantes); recuentos no públicos; personas que votaron más de una vez; y otras irregularidades. Aunque Hamuy no pudo cuantificar la magnitud exacta del fraude, estimó que, a partir del 39,7% de las mesas donde se cometieron irregularidades, era legítimo suponer que sin fraudes electorales el resultado del plebiscito habría sido contrario al gobierno en el Gran Santiago, concluyendo que estaba “probabilísticamente justificado dudar de la legitimidad Constitución de 1980 e incluso negarla”.

A modo de conclusión, puede afirmarse de la manera más taxativa que tanto en sus orígenes como en su forma de ratificación, la Constitución de 1980 fue una imposición a la fuerza, un acto coercitivo, jurídicamente nulo y vacío según los principios del derecho público. Fue (y es) una Constitución de facto, del mismo modo que los decretos leyes de la dictadura. En el momento de su promulgación fue un simple mecanismo (...)

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