En kioscos: Enero 2026
Suscripción Comprar
es | fr | en | +
Accéder au menu

Las concesiones del Consejo de Estado francés

Leyes para normalizar lo excepcional

Leyes Pasqua (1986, 1993 y 1997), Ley de Seguridad Cotidiana (LSQ [todas las siglas están en francés], 2001), Ley de Orientación y Programación de la Seguridad Interior (LOPSI, 2002), Ley de Seguridad Interior (LSI, 2003), Ley de Orientación y Programación para el Desempeño de la Seguridad Interior (LOPPSI 2, 2011), Ley de Inteligencia (2015)... Durante mucho tiempo, tanto desde la derecha como desde la izquierda, la política de seguridad en Francia consistió en apilar textos legislativos elaborados por el gobierno y luego aprobados por el Parlamento. Sin embargo, desde 2015 ha adoptado una forma más administrativa, principalmente a raíz del estado de emergencia, que se mantuvo vigente durante casi dos años –del 14 de noviembre de 2015 al 1.º de noviembre de 2017– y que luego fue reactivado en su versión sanitaria por más de dos años –del 20 de marzo de 2020 al 31 de julio de 2022–.

Si bien el estado de emergencia tiene precisamente por objeto conferir al poder ejecutivo prerrogativas extraordinarias –en contextos de seguridad, arrestos domiciliarios, allanamientos administrativos, perímetros de seguridad; en contextos sanitarios, confinamientos y toques de queda, cuarentenas y diversas obligaciones sanitarias–, también tiene como efecto normalizar lo excepcional. Es evidente que la experimentación de los “pases” sanitario y de vacunación durante la pandemia favoreció el recurso a un dispositivo similar en el marco de los Juegos Olímpicos y Paralímpicos de París en 2024, pero esta vez bajo la forma del “pase Juegos”, que era exigido para acceder a los perímetros que rodeaban los sitios de las competencias y la ceremonia de apertura.

Derecho represivo

Sin embargo, esta normalización proviene, sobre todo, de la llamada Ley de Seguridad Interior y Lucha contra el Terrorismo (SILT), que data del 30 de octubre de 2017. Desde que esta legislación entró en vigencia, el derecho común confiere al gobierno poderes que, hasta 2015, sólo tenía en períodos de estado de emergencia: someter a personas a medidas individuales de control administrativo y de vigilancia (MICAS), disponer el cierre de lugares de culto, establecer perímetros de protección o llevar a cabo a “visitas e incautaciones”. Durante mucho tiempo presentado como un derecho preventivo de las perturbaciones al orden público, el derecho administrativo se convirtió, en parte, en un derecho represivo. Frente a una mutación de este calibre, ¿qué posición adoptó el juez de ese derecho –el juez administrativo, cuya autoridad suprema es el Consejo de Estado (equivalente a la Corte de Casación en el ámbito judicial)–?

El Consejo de Estado dictó una decisión importante en el caso Domenjoud el 11 de diciembre de 2015 –es decir, apenas unas semanas después de que se declarara el estado de emergencia–, en la que afirmaba que las medidas adoptadas sobre la base del estado de emergencia estaban sujetas a un control pleno y entero, denominado “de proporcionalidad”; se trataba de un estándar de control exigente, que iba más allá de la simple búsqueda de errores manifiestos en la apreciación jurídica de los hechos. No obstante, según la misma decisión, el uso del estado de emergencia para adoptar medidas sin relación con los motivos que justificaron su activación no afectaba, en sí mismo, su validez jurídica. De este modo, el Consejo consideró que el estado de emergencia antiterrorista podía servir de fundamento para dictar medidas dirigidas contra militantes ecologistas que habían previsto acciones vinculadas con la COP 21, celebrada en París en diciembre de 2015.

De este modo, los jueces del Palais-Royal [Palacio Real] dieron rienda suelta al gobierno y a sus representantes locales (los prefectos): a partir de ese momento iban a poder hacer un uso reiterado y sostenido del estado de emergencia para restringir toda clase de libertades. De hecho, este marco jurídico fue ampliamente utilizado, mucho más allá de la lucha contra el terrorismo, para justificar medidas policiales vinculadas con el desmantelamiento de la “jungla de Calais”, con el movimiento Nuit Debout, con las movilizaciones contra la llamada “Ley Trabajo”, y también con diversas manifestaciones relacionadas con la “crisis del asilo” de los años 2015-2016. Además, tal como lo (…)

Artículo completo: 2 158 palabras.

Texto completo en la edición impresa del mes de enero 2026
en venta en quioscos y en versión digital
E-mail: edicion.chile@lemondediplomatique.cl

Adquiera los periódicos y libros digitales en:
www.editorialauncreemos.cl

Stéphanie Hennette Vauchez

Compartir este artículo