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Proceso constituyente y migración

Otra ciudadanía para un nuevo Estado

El proceso constituyente abierto en Chile el 15 de noviembre de 2019, ha puesto sobre la mesa dos factores de tensión entre el Estado y la migración actual. El primero tiene relación con los derechos políticos y la participación de las personas migrantes en los procesos de configuración del poder; la que se encuentra sujeta a condiciones específicas. La segunda más de largo alcance se sitúa en uno de los núcleos centrales de la discusión constituyente: la definición de lo que entendemos por ciudadanía y, por tanto, de uno de los fundamentos de la concepción de Estado que pensamos construir.

La primera tensión quedó en evidencia en el momento en que la comisión técnica encargada de redactar la reforma constitucional que habilitaría la convocatoria al plebiscito, elaboró un texto que excluía por defecto a los/as extranjeros/as. El artículo señalaba que en el plebiscito la “ciudadanía” participaría emitiendo dos votos, uno con las opciones apruebo o rechazo y otro con el tipo de convención constitucional. El hecho de convocar nominativamente a la “ciudadanía” excluía por defecto a los/as extranjeros/as puesto que la Constitución vigente, se reconoce como tal sólo a las personas nacidas en Chile. A pesar de que la propia Constitución otorga derecho a sufragio a los/as extranjeros/as “avecindados/as” por más de cinco años, la reforma los excluía por no haber nacido en el país. Ante ello, el Servicio Electoral (Servel) actualizó en primera instancia un padrón excluyendo a todos/las los/as extranjeros/as, incluso a aquellas personas habilitadas para sufragio en comicios municipales. Ante el reclamo de las organizaciones de migrantes, pro migrantes y el mundo académico, además de la aclaración de los distintos agentes políticos respecto de que no había existido en la reforma una voluntad explícita de excluir a las personas migrantes como votantes, el Servel debió rectificar el padrón incorporando a aquellos/as con más de cinco años de avecindamiento en Chile.

Posibles candidaturas
Por otro lado, en relación a los derechos políticos lo que hoy se encuentra tensionando el escenario de definición constituyente, es la participación de residentes extranjeros/as como posibles candidaturas al órgano constituyente. La Constitución vigente exige a los/as extranjeros/as (...)

Artículo completo: 1 224 palabras.

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Luis Eduardo Thayer* y Caterine Galaz*

*Sociólogo Universidad Católica Silva Henríquez **Académica Facultad de Ciencias Sociales de Universidad de Chile

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