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Las etapas del proceso

“Paso a paso” hacia la constituyente

Chile vive desde hace varias décadas una creciente movilización social en rechazo al modelo socioeconómico y las formas de participación política que se derivan, en parte, del legado de la dictadura, lo que algunos llaman un “momento constituyente”.

La ciudadanía ha vinculado problemas sociales y la relación Estado-mercado que impera en el país con un diseño político excluyente y plagado de mecanismos que protegen una institucionalidad impuesta por la fuerza, basada en el concepto de “democracia protegida” y en un proyecto de pluralismo limitado diseñado por los asesores de la Junta Militar. Esta construcción institucional no permite que las demandas sociales produzcan cambios sustantivos a través de las elecciones y el Congreso. De allí los ciclos de protesta que hemos visto desde mediados de la década de 2000 y que tuvieron su máxima expresión en el estallido que se inició el 19 de octubre de 2019.

El acuerdo de abrir el camino a un proceso constituyente democrático suscrito por los partidos el 15 de noviembre, según señala su propio texto, fue una respuesta a la crisis política y social y a la movilización de la ciudadanía. Su primera expresión jurídica fue la reforma constitucional del 24 de diciembre de 2019 (Ley 21.200), que establece los plazos y mecanismos para un proceso de elaboración de una nueva constitución.

La reforma de diciembre dejó pendientes, sin embargo, varios temas en que los partidos no lograron un compromiso. Uno de ellos fue el llamado “acuerdo complementario”, el mecanismo para hacer más inclusiva la representación de mujeres, independientes y pueblos indígenas en el órgano constituyente. Si bien el acuerdo del 15 de noviembre estableció en su punto 4 que la elección de la convención, en cualquiera de sus dos modalidades, se realizaría con el mismo sistema electoral que rige en las elecciones de diputados (Ley 18.700), existía consenso en la necesidad de mejorar la representatividad de este órgano al menos respecto de esas tres categorías. Justo tres meses después de la primera reforma constitucional, el 24 de marzo de 2020, se publicó una nueva modificación para permitir la conformación de pactos electorales de independientes y garantizar la paridad de género en las candidaturas y en la integración del órgano constituyente (Ley 21.216). Quedó pendiente, sin embargo, la asignación de escaños reservados para pueblos indígenas, que tendría que regularse por una nueva ley.

La misma semana que se aprobó la norma sobre paridad de género e independientes, y como consecuencia del Covid-19, el 26 de marzo de 2020 se modificó el calendario constituyente con una nueva reforma constitucional (Ley 21.221). El plebiscito inicial programado para el 26 de abril de 2020 quedó para el 25 de octubre de 2020. Al mismo tiempo, la elección de integrantes de la convención se postergó, junto con las de alcaldes, concejales y gobernadores regionales, de su fecha original el 25 de octubre 2020 al 11 de abril de 2021.

En resumen, a partir de tres reformas constitucionales ya aprobadas (proceso constituyente, paridad de género e independientes, y postergación de fechas) y de otras por aprobar (escaños reservados, financiamiento electoral) existe un calendario del proceso constituyente que ya forma parte de la actual Constitución de 1980 y que establece cuatro etapas: un plebiscito de entrada el 25 de octubre de 2020, la elección de (...)

Artículo completo: 1 728 palabras.

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Claudia Heiss

Universidad de Chile y Red de Politólogas

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