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Las bases de la Constitución de 1980 que deberá ser reemplazada

Para entender el Artículo 1

Abierto el proceso constituyente con el amplio triunfo del Apruebo, cabe abocarse a perfilar las bases institucionales que cualquier Constitución democrática debería asumir como criterios fundantes. Como dice Antonio Machado, “ni el pasado ha muerto, ni está el mañana -ni el ayer- escrito”. Este es un tiempo de posibilidades, pero también de límites que advertir y contemplar.

Para tener muy claro lo que hay que transformar, vale la pena revisar el artículo 1 de la actual Constitución, que a modo de preámbulo señala los criterios fundamentales que inspiran el actual régimen institucional. Es un texto muy breve, pero condensa todo el programa político que los redactores desearon implementar, por lo que constituye el fundamento de la institucionalidad. El texto parte con una afirmación incuestionable: “Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos”. Sin embargo, esa no fue la redacción original, ya que hasta 1999 lo que se señalaba era: “Los hombres nacen libres e iguales…”. Esta reforma fue impulsada por el movimiento feminista, y devela el carácter de la redacción original y el conjunto de esfuerzos que la ciudadanía ha tenido que impulsar para revertir su contenido, durante décadas.

Obviamente, la igual-libertad es el fundamento de cualquier Estado liberal doctrinario, y no podría fundarse una República si no reconociera ese principio. Pero es un producto de una herencia jacobina, y refleja la voz democrático-plebeya que logró derribar la sociedad señorial del Antiguo Régimen. Es el Himno a la Alegría de Schiller. convertido en canto revolucionario con la música de Beethoven. Es un ideal cosmopolita, ya que no distingue ni raza, ni nacionalidad, ni otra condición. Es la proclamación de la plena emancipación del género humano. Por esto, para la Comisión Ortuzar esta primera afirmación es en realidad el problema a resolver.

Según lo que reflejan las actas, varios miembros de esta comisión redactora añoraban la sociedad estamental, pre-republicana y si pudieran hubieran vuelto al voto censitario y seguramente hubieran restablecido el inquilinaje por nacimiento. El problema es que eliminar el principio de igualdad y libertad supondría renegar del principio que también permite la dinámica contractual que funda toda la sociedad actual. Sin ese reconocimiento es imposible sostener la fictio iuris que permite a los desposeídos traficar jurídicamente como, personas libres, con su fuerza de trabajo. Las relaciones salariales se basan en eso. Les cabía construir un programa institucional que afirmando formalmente la igualdad y libertad de todas las personas, en la práctica instaurara la desigualdad como norma. La idea es plasmar una «oligarquía isonómica» donde unas clases bajas “no enteramente privadas de la libertad y la igualdad «civil» -y por lo mismo, no esclavizadas-, sean despojadas de la libertad y la igualdad «políticas». O lo que es lo mismo, es la idea de una libertad no democrática, o aun antidemocrática, que pretende la exclusión «política» y la subordinación «civil» de quienes viven por sus manos” (1). De esa forma se reconoce el principio abstracto de la persona, en igualdad en cuanto a su capacidad jurídica; pero para después permitir, por la puerta trasera de la excepción, el regreso de la desigualdad. Veamos cuales son esas excepciones:

1. La familia patriarcal, propiedad sagrada El primer dispositivo que el art. 1 instala para desmontar la igual-libertad es el señalamiento de la familia como “núcleo fundamental de la sociedad”. Se está pensando en la definición de familia de Andrés Bello y que se plasmó en el Código Civil de 1855. De esa forma se asimila “familia” al núcleo humano fundado en el matrimonio civil. Como señala Domènech “«la familia era la célula de base de la sociedad del Antiguo Régimen». Y «familia» -del latín famuli: esclavos, siervos- seguía denotando, como en la Edad Media, no sólo el núcleo restringido de parentesco, sino el amplio, y aun amplísimo, conjunto de individuos que, para vivir, dependían de un señor, entendido como (...)

Artículo completo: 2 070 palabras.

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Álvaro Ramis

Rector de la Universidad Academia de Humanismo Cristiano.

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