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Una nueva ley europea sobre servicios digitales

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El pasado 26 de abril, mientras los medios de comunicación se estremecían de espanto ante la idea de que un multimillonario libertario comprara Twitter, Thierry Breton, comisario europeo de Mercado Interior y Servicios, juzgaba útil hacerle una advertencia a Elon Musk respecto de esa red social: “Toda empresa que opere en Europa debe actuar conforme a nuestras reglas”. Que proclame algo tan evidente, que suena como un desafío, dice bastante sobre los años de impotencia de las autoridades europeas para regular la “big tech”.

Entre las tentativas recientes impulsadas bajo la égida de la Presidente de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, el proyecto de ley sobre servicios digitales, más conocido por su acrónimo inglés DSA (Digital Services Act), fue objeto de un acuerdo político provisorio el 23 de abril pasado entre la Comisión, el Parlamento y el Consejo de la Unión Europea. Anunciada al mismo tiempo que su gemela, la ley sobre mercados digitales, que pretendía reforzar el arsenal reglamentario europeo en materia de competencia, esta iniciativa legislativa tenía que ilustrar la determinación de la Unión Europea (UE) para impugnar la omnipotencia de las grandes plataformas estadounidenses en el Viejo Continente. Sin sorpresas, la elaboración del texto estuvo acompañada durante un año y medio de un intenso lobby en Bruselas y en las capitales europeas. Con cerca de 100 millones de euros gastados en Europa en acciones de influencia en 2021 (1), la industria digital trabajó a todo vapor para contrarrestar estas declaraciones bienintencionadas, como da cuenta el frenesí de los encuentros entre los representantes de Silicon Valley, con Google a la cabeza, y los altos funcionarios y parlamentarios europeos (2).

Sanciones financieras
El desafío era de envergadura: después del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de 2016, que reemplazaba en ese campo un texto adoptado veinte años antes, la ley de servicios digitales consuma la revisión de las directivas europeas sobre el comercio en línea de 2001. Modifica particularmente el régimen de responsabilidad de los intermediarios digitales –como las plataformas en línea– y sus obligaciones en materia de “moderación” de contenidos.

En dicha materia, la UE multiplica desde hace algunos años las regulaciones de apariencia protectora y generosa, sea para luchar contra la difusión de contenidos de carácter terrorista (3) como para proteger contenidos que están sometidos a derechos de autor (4). La nueva ley sobre servicios digitales apunta a una mayor armonización del derecho europeo en este campo, particularmente a través de obligaciones más estrictas para garantizar la baja de contenidos que se consideran ilícitos y la imposición de sanciones financieras significativas en caso de infracción (hasta un 6% del volumen de negocios mundial de la empresa responsable).

Introduce, efectivamente, cambios saludables, especialmente en materia de transparencia de los algoritmos, o en la lucha contra la utilización de datos sensibles con fines publicitarios. Sin embargo, estos progresos siguen siendo limitados con respecto a las ambiciones originales de la Comisión. Saludada por los medios de comunicación franceses como una herramienta “que permite luchar mejor contra las derivas de la Web, como los discursos de odio, la desinformación o la falsificación” (LeMonde.fr, 23 de abril), capaz de “regular el Far West de las plataformas en línea” (Francetvinfo.fr, 23 de abril), este texto en verdad amenaza el derecho a la libertad de expresión y el acceso a la información en línea en el continente europeo.

En primer lugar, preserva en amplia medida el sacrosanto principio de la autorregulación de los gigantes digitales. Así, pese a las nuevas reglas, las empresas privadas siguen siendo las únicas decisoras en materia de retiro de contenidos en línea. Se puede evaluar la paradoja que significa que las instituciones europeas legislen en nombre de la salvaguarda del espacio público, a la vez que otorgan al sector privado la aplicación de la ley (5). Esta privatización del control de la libertad de expresión se inspira ampliamente en el abordaje del Código de Conducta Europeo que apunta a combatir los discursos del odio, un acuerdo “privado” que fue sostenido por la Comisión Europea a partir de 2016: Twitter, YouTube y sus consortes se comprometían a limpiar ellos mismos los establos de Augías. La censura privada que implica semejante acuerdo (...)

Artículo completo: 2 180 palabras.

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Clément Perarnaud

Investigador asociado en la Brussels School of Governance-VUB (Bélgica).

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