El derecho al cuidado es una demanda que ha surgido desde el movimiento de mujeres de todo el mundo, hace varias décadas. Sin embargo, la tarea para instalarlo y ejercerlo ha sido ardua y lenta. Primero porque ha sido necesario visibilizar la existencia de este derecho -que incluye, de acuerdo a Pautassi (2018) tanto los derechos de quien cuida como de quien recibe cuidado (derecho a ser cuidado)- y sacarlo de la privatización de las relaciones familiares. Segundo, porque se ha requerido hacer un camino para politizarlo, es decir, constituirlo en un problema público, que requiere un abordaje desde las políticas públicas y las normativas legales, en el juegan un papel relevante distintos actores, entre ellos el Estado, el mercado, además de las familias y comunidades. Razavi (2006) llamó como “diamante del cuidado”, a estos cuatro actores pilares que, si realizaran prestaciones de cuidado de manera equilibrada y justa, contribuirían a mejorar la calidad de vida tanto de las personas cuidadas como de las cuidadoras.
En la actualidad, teóricamente la “cuestión social del cuidado” está cada vez más situada y articulada en indagaciones y debates académicos en torno al género, a las niñeces y a las vejeces. Pero ¿Por qué es relevante que se le llame ahora “trabajos de cuidado” a lo que la teoría de género llamó “tareas reproductivas” durante gran parte del debate del siglo veinte? Desde nuestra perspectiva porque es un término sociológico que permite ampliar a los actores y rango de interlocución, por lo tanto, colabora en la incidencia para la instalación de esta “vieja” y “nueva” preocupación social; porque permite desprivatizar las funciones reproductivas al convocar a su ejercicio dentro y fuera del ámbito doméstico; porque politiza la discusión; y porque se conecta con un lenguaje que introduce y respalda el Sistema de Naciones Unidas y los gobiernos, por lo tanto permite sintonizar en torno a un concepto que se ha vuelto global.
Crisis múltiples
En su desarrollo ha demostrado ser un concepto polisémico (Lebatier, 2007), pues implica tareas concretas, responsabilidad que entraña, servicios de ayuda y gestiones externas, y/ o a las tres cosas al mismo tiempo. Por otro lado, abarca una responsabilidad material (trabajo), económica (costo) y psicológica (lo afectivo).
Algunos países de Latinoamérica, como Uruguay, nos llevan ventajas al haber instalado en el 2015 el Sistema Nacional Integrado de Cuidados (SNIC). Sin embargo, en una reciente publicación (Picasso y Perrotta, 2023) se advierte que los avances en la redistribución del cuidado han sido más simbólicos que materiales. Y que aun cuando se han implementado servicios innovadores han resultado (…)
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