La familia como grupo humano base de la sociedad, más allá de su posible organización biológica, desde una perspectiva socio histórica es una construcción social que va cambiando con el devenir del tiempo, sufriendo metamorfosis en sus modos de configurarse en función de los cambios que la sociedad va produciendo en la medida en que ésta avanza.
Los cambios sociopolíticos impactan en la organización y configuración de la familia, repercutiendo en la producción de subjetividades que se dan al interior de ella, transformando sus costumbres, funcionamiento, transmisión de ideales, etc. Desde una perspectiva histórica podemos identificar dos importantes cambios a nivel social que han provocado una metamorfosis relevante a nivel de la familia tradicional, a saber, la revolución industrial y la revolución francesa, procesos que acompañaron la instalación del sistema económico actual dando origen a la democracia y a los Estados-Nación; estos hitos han alterado indirectamente las formas de hacer familia introduciendo nuevos modos de organización y funcionamiento.
Cuerpos legales
Desde la realidad latinoamericana, podemos observar efectos de cambios sociopolíticos que han impactado la familia; en Chile hemos sido testigos de estos efectos específicamente en el plano de la configuración familiar y particularmente a partir de cambios, por ejemplo, por medio de la legislación sobre la adopción. Considerando las evoluciones en los distintos cuerpos legales a lo largo de los años, tenemos el paso desde un acto privado entre el adoptante y el adoptado, Adopción Contractual (1943), proceso que no constituía estado civil ni rompía los vínculos con la familia de origen del adoptado a la Legitimación Adoptiva que sí confería el estado civil de hijo al adoptado.
Con el nuevo cuerpo legal establecido el año 2025 en Chile fundamentalmente se reorganizan y acotan los tiempos de los procedimientos proteccionales de los niños/ñas y, por otra parte, toca aspectos relevantes a nivel de la diversidad actual de configuraciones familiares que la ley actualmente vigente discrimina: por ejemplo, en el orden de prelación, el que actualmente prioriza a las parejas heterosexuales casadas residentes o no en el país y por último personas solteros/as. Podríamos decir que ello (…)
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