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A propósito de la nueva ley de fármacos. por Nelson Aquiles Soto

El 16 de enero de 2014, el Presidente de la República, Sebástían Piñera, junto con el ministro de Salud, Jaime Mañalich, promulgaron en el Instituto de Salud Pública, la nueva ley de fármaco. Dentro de los ejes principales de esta ley, considera los siguientes aspectos de acuerdo a información aparaceida en pagina web del Ministerio de Salud:

1. Cambio en la prescripción Establece la obligación de los médicos y otros profesionales como dentistas y matronas que prescriben medicamentos, a colocar en la receta, el nombre comercial o de marca del fármaco y la denominación genérica. Por ejemplo si se trata de un antiinflamatorio debe decir MARCA X e IBUPROFENO. Esto va a permitir la intercambiabilidad del producto, es decir, a partir de ahora una persona que va con una receta médica a la farmacia podrá cambiar el remedio por otro bioequivalente, que tiene garantizada su calidad eficacia y seguridad por el Instituto de Salud Pública a través de Anamed.

2. Disponibilidad de bioequivalentes Las farmacias tendrán que tener disponibles todos los medicamentos bioequivalentes aprobados por el Instituto de Salud Pública y que a la fecha son 327.

3. Precio impreso Todos los remedios deberán tener escrito el precio en su caja o envase.

4. Venta de remedios que no requieren receta médica en las góndolas o estanterías de las farmacias Se trata de medicamentos para tratar cuadros simples y de corta duración, como molestias del resfrío, diarreas leves, molestias estomacales, dolores musculares transitorios o irritación (analgésicos, antigripales, antiinflamatorios, jarabes para la tos, descongestionantes, vitaminas, entre otros).

5. Venta fraccionada o por unidades Establece la venta por unidades conforme a la receta médica, con el fin de que la persona no pague de más por medicamentos que no necesita. Eso significa, que si el médico receta 1 tableta de ibuprofeno cada 12 horas por 3 días, en total esa persona requiere de 6 comprimidos y no una caja de 20.

6. Comercialización de remedios a través de farmacias móviles o almacenes farmacéuticos En aquelloses donde no existan farmacias establecidas, se autoriza la venta de remedios a través de farmacias móviles o almacenes farmacéuticos. Y en caso que estos servicios no estén instalados, se le permite a los consultorios y hospitales de esa localidad a suministrar al público productos farmacéuticos. A su vez, en aquellos casos en que exista desabastecimiento de un determinado medicamento en el país se autoriza a Cenabast a importar directamente y adquirirlos a precios competitivos.

7. Establece mayor fiscalización Esta ley regula aquellos alimentos especiales que son utilizados en el tratamiento de algunas patologías y que antes no tenían una supervisión clara, facultad que queda radicada en el Instituto de Salud Pública. A su vez, se amplía el universo de productos que este organismo puede fiscalizar en materia de insumos de uso médico como marcapasos, prótesis ortopédicas, entre otros.

8. Prohíbe la entrega de incentivos económicos Los dependientes de las farmacias, ya no recibirán beneficios monetarios por vender un determinado medicamento. Estos ejes establecidos por la ley son de vigencia inmediata una vez publicada en el Diario oficial, con excepción de la venta fraccionada y la venta en góndolas, lo que deberá ser especificado vía reglamento. (* Instituto Salud Publica, Ministerio de Salud ).

Como vemos esta ley da cuenta de una necesidad de la población de muchos años, donde todos fuimos testigos personalmente, como muchas instituciones y personas ligadas a la cadena de comercialización de medicamentos, recibían incentivos y premios que rayaban de la ética profesional incentivando el uso de medicamentos que muchas veces sus montos excedían más del 2.000 % del valor que costaban los medicamentos llamado bioequivalentes, que incluso llevó algunas cadenas de farmacias no solamente r a coludirse en los precios de los mismo, sino además, muchas veces a ocultar o negar la venta de los remedios bioequivalente, que significo sanciones legales para algunas para alguna de ellas y sanciones morales de parte de la comunidad nacional.

Hasta aquí bien podríamos decir, siendo hidalgos en reconocer, que el actual gobierno le ha hincado el diente a una problemática que principalmente la gente más humilde sufría las consecuencias de esta aberración en el actuar de los grandes monopolios farmacéuticos, lo que ahora deberán no solo acatar la ley médica, sino además las leyes laborales, cancelándole salarios justos y dignos a todo el personal que trabajas en las farmacias desde los Auxiliares hasta los Químicos Farmaceuticos, ya que le queda prohibido el pago de incentivos económicos por la venta de determinados medicamentos.

Pero este análisis me hubiera gustado terminarlo aquí, sin embargo no deja de sorprenderme lo expresado por el Premio Nobel de Medicina Richard J. Roberts, noticia aparecida en el Diario electrónico El Mostrador hace unos días atrás (2), donde denuncia ¨que los grande consorcios farmacéuticos operan ¨ bajo el concepto capitalista ¨, vale decir, privilegian primero los beneficios económicos a los de la salud de las personas, y más bien actúan contrariamente a los avances científicos que permitan la sanación de las personas, por no ser rentables a sus propios intereses.

Pero el Dr. Roberts, no solo plantea esto. dice que las industrias farmacéuticas ¨quieren servir a los mercados de capital, pero la gran diferencia de este mercado farmacéutico a diferencias de los otros mercados, es que , se está hablando de nuestra salud y nuestras vidas y las de nuestros hijos y millones de seres humanos¨

Dentro de los ejemplo que justifican su pensamiento, Dr. Robert plantea que se han dejado de investigar antibióticos debido a que eran muy efectivos y curaban de todo, y debido a que no se han desarrollados nuevos antibióticos, los microorganismos infecciosos se han vuelto resistente, dando como ejemplo que hoy la tuberculosos que hace más de cincuenta años había sido derrotada, está resurgiendo y a matado a más de un millón de personas.

Finalmente el Dr. Roberts indica que hoy la fabricación de remedios no están dirigida a la curación total, más bien su direccionamiento está en cronificar la enfermedad, mejor manera de sacarle dinero a la población, ya que cualquier paciente que deje de tomar los remedios le reaparece la enfermedad.

Bien podría decir la población mundial ¿ Quién podrá defendernos?, y nuestras primeras miradas se dirigen a las autoridades que gobiernan los países con representación ciudadana, vale decir, a las autoridades legislativas y de gobiernos, pero el análisis del Dr. Roberts, es más deprimente, ya que él indica ¨los políticos son meros empleados de los grandes capitales que invierten lo necesario, para que salgan elegidos sus chicos, y si no salen compran a los que son elegidos, continuando diciendo, que al capital solo le interesa multiplicarse, y que ha todo los políticos – precisando que sabe lo que habla- dependen descaradamente de esas multinacionales farmacéuticas que financian sus campañas, concluyendo que lo demás son solo palabras¨

Con estos antecedentes, y teniendo en cuanta la promulgación de esta nueva ley de fármaco en nuestro país, si bien es cierto la población chilena tendrá una disminución importante de los costos de los remedios, ¿cuáles de las dos alternativas, efectivamente produce la sanación del enfermo o menor dependencia de medicamentos?, si se parte de la premisa que lo barato cuesta caro.

Fraternalmente,

Nelson Aquiles Soto Aguilera Ex – Consejero Nacional Federación de Trabajadores del Cobre

Los Andes 20 de 2014

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