En kioscos: Abril 2024
Suscripción Comprar
es | fr | en | +
Accéder au menu

Ecuador cuenta con su Ley de Comunicación. Por Sally Burch

ALAI AMLATINA, 14/06/2013.-

En un ambiente de movilizaciones sociales festivas, este 14 de junio, la Asamblea Nacional de Ecuador aprobó la Ley Orgánica de Comunicación(1), mandatada por la Constitución de 2008, que ha demorado más de cuatro años para entrar en vigencia.

La Ley se inscribe en el nuevo rumbo democratizador de las comunicaciones que se viene impulsando en América Latina, cuyo antecedente más significativo es la Ley de Medios Audiovisuales de Argentina. Para los sectores y movimientos que vienen defendiendo esta línea, constituye no solo un logro importante para el país, sino un antecedente significativo para el continente.

Al someter la Ley a votación, el proponente Mauro Andino -asambleísta del Movimiento PAIS-, invocó el espíritu bajo el cual se elaboró la ley, que implica "reconocer el enorme valor y la importancia de la libertad de expresarse formulada en los instrumentos internacionales de derechos humanos", pero también –dijo- añadir "una serie de oportunidades y servicios para que tal libertad realmente esté al alcance de todas y de todos, para que deje de ser un privilegio del cual solo disfrutan los mejor situados en nuestra sociedad".

Entre los cambios centrales que introduce esta Ley, Andino destacó la definición de la comunicación social como un servicio público que deberá ser prestado con responsabilidad y calidad; la no censura previa pero sí responsabilidad ulterior de lo que publican los medios de comunicación; la defensa de los derechos de los trabajadores de la prensa en condiciones de no precarización laboral; la redistribución de las frecuencias radiofónicas, con un 33% para medios privados, 33% para medios públicos y 34% para medios comunitarios (que se aplicará en forma gradual) y la eliminación de monopolios en los medios audiovisuales (no más de una concesión de frecuencia para matriz de radio en AM, una en FM y una para matriz de televisión, a una misma persona natural o jurídica). Además, en conformidad con los resultados de la Auditoría de Frecuencias, que se realizó hace tres años, se revertirán al Estado las frecuencias mal habidas o que han incumplido con sus obligaciones legales, lo cual liberará frecuencias para los otros sectores.

Estas cláusulas recogen las propuestas centrales que los sectores defensores de la democratización de la comunicación han venido planteando, entre ellas, las destinadas a fomentar la producción cultural, como la obligación de destinar un 60% de la programación diaria en el horario apto para todo público, y la difusión de contenidos de producción nacional (del cual al menos un 10% debe ser de producción independiente); y la cuota mínima del 50% de los contenidos de programas musicales que sean producidos, compuestos o ejecutados en Ecuador, con el pago de los derechos de autor.

Innovaciones

Entre las innovaciones introducidas en esta última versión de la Ley se incluye la obligación para los anunciantes privados de destinar al menos un 10% de su presupuesto anual de publicidad a medios de comunicación de cobertura local o regional, para garantizar que los medios de menor cobertura o tiraje, así como los domiciliados en sectores rurales, participen de la publicidad.

En materia de derechos laborales, el nuevo cuerpo legal estipula que la nómina de trabajadores de los medios de carácter nacional debe conformarse "con criterios de equidad y paridad entre hombres y mujeres, interculturalidad, igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad y participación intergeneracional". Y como garantía de la calidad de la información, a la vez que reconoce que "todas las personas ejercerán libremente los derechos a la comunicación", establece que las actividades periodísticas de carácter permanente deberán ser desempeñadas por profesionales en periodismo o comunicación (con excepción de los espacios de opinión, columnas especializadas y programas periodísticos en las lenguas de las nacionalidades y pueblos indígenas). Además, obliga a los medios a proveer a sus empleados los recursos económicos, técnicos y materiales para el adecuado ejercicio de sus tareas periodísticas.

Otra innovación es la prohibición del "linchamiento mediático", entendido como "la difusión de información concertada y reiterativa… destinada a desprestigiar a una persona natural o jurídica o reducir su credibilidad pública".

Un aspecto que debería ser central, por su potencial democratizador de las frecuencias, pero es abordado solo marginalmente en la Ley, es el de las frecuencias digitales, que de hecho ya se están introduciendo en el país antes de que se hayan establecido políticas claras y un marco legal adecuado. Toda vez, el nuevo cuerpo legal sí contempla que debe haber una "distribución equitativa de frecuencias y señales que permitirá la digitalización de los sistemas de transmisión de radio y televisión"; y además, que "el número de nuevas frecuencias y señales de radio y televisión que se obtengan de la transición de la tecnología analógica a la digital será administrado por el Estado". Sigue predominando el criterio de que es solo una cuestión "técnica", y por tanto, que corresponderá tratarlo en la Ley de Telecomunicaciones, que está en preparación.

Uno de los temas más polémicos es el marco institucional, que contempla la creación de un Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación, como ente regulador (compuesto de representantes de la Función Ejecutiva, de los Consejos Nacionales de Igualdad, del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, de los Gobiernos Autónomos Descentralizados y del Defensor del Pueblo), una Superintendencia de la Información y Comunicación (cuyo titular será nombrado por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, de una terna enviada por la Presidencia), con poderes sancionadores, y un Consejo Consultivo ciudadano, cuyo rol es poco claro, y no es vinculante.

Punto de partida

La aprobación de la Ley Orgánica de Comunicación (que aún espera el visto bueno presidencial, o un posible veto parcial) ya no dejaba duda, desde que en mayo asumió la nueva Asamblea Nacional con una amplia mayoría del Movimiento PAIS. No obstante, llegar a ese punto ha sido un proceso complejo y accidentado. Hace tres años, cuando se presentaron tres proyectos de Ley, uno de las cuales era formulado por el Foro de la Comunicación, donde participaban redes de comunicación y organizaciones sociales e indígenas, en ese momento las tesis centrales democratizadoras no eran asumidas, ni por la mayoría de asambleístas ni por el gobierno. Y posteriormente, durante los últimos 14 meses, la Ley quedó congelada por falta de mayoría en la Asamblea. Si bien no se logró –como en Argentina- que las organizaciones sociales se movilicen muy proactivamente a su favor, poco a poco estas tesis fueron adquiriendo legitimidad en la sociedad, a tal punto que ahora ni siquiera los sectores de derecha y los grandes medios se atreven, por lo general, a desconocer abiertamente la justeza del reparto equitativo de las frecuencias.

La aprobación de la Ley, sin duda, no representa la culminación del proceso, sino más bien un punto de partida, pues, más allá de la ofensiva opositora que ya se ha anunciado en el plano nacional e internacional por parte de la gran industria mediática, que lo sigue calificando de "ley mordaza", y de eventuales impugnaciones en las instancias jurídicas, la democratización solo podrá hacerse realidad en la medida en que sea apropiada por la ciudadanía, y en particular por los sectores populares, al ejercer su derecho a la expresión.

 Sally Burch es periodista de ALAI.

(1) Ver el texto de la Ley: http://alainet.org/active/64749

URL de este artículo: http://alainet.org/active/64759


¿Ley Mordaza en Ecuador?

La reciente aprobación de la Ley de Comunicación aprobada por la Asamblea Nacional del Ecuador ha provocado diversas reacciones en el mundo periodístico de la región latinoamericana. Dichas reacciones apunta esencialmente en que según los editoriales en periódicos y medios audiovisuales asocian esa ley como una afrenta a la libertad de prensa llamándola “Ley Mordaza.”

Sin embargo, la mayoría de los exponentes evaden en comentar que dicha ley fue aprobada varios años después de iniciado su trámite ordenado por la Constitución de 2008 y que su aprobación no es el resultado de una improvisación, muy por el contrario, los medios de comunicación que históricamente han estado ligados a las lógicas empresariales usaron sus tabloides y medios audiovisuales para poder incidir y defender sus postulados frente a los ciudadanos/as y que; muy a pesar de ellos(los medios) la ciudadanía se manifestó en contra de esta práctica en la consulta popular en Mayo del 2011 en que una de las preguntas tenía que ver con que si los ciudadanos estaban de acuerdo en que “Las instituciones del sistema financiero privado, así como las empresas privadas de comunicación de carácter nacional, sus directores y principales accionistas, no podrán ser titulares, directa ni indirectamente, de acciones y participaciones, en empresas ajenas a la actividad financiera o comunicacional, según el caso. Los respectivos organismos de control serán los encargados de regular esta disposición”. La respuesta de la ciudadanía fue la siguiente: SI: 47% y No: 41% (aprox.).

Hoy los ciudadanos observan que la nueva ley establece una “nueva repartición de frecuencias y licencias de radio y televisión, concediendo 34% para los medios comunitarios, 33% para el sector público y 33% para los privados con fines de lucro”. Además, ésta nueva legislación de medios instaurará un Consejo de Regulación, que delimitará la transmisión de contenidos violentos, sexuales y discriminatorios respetando a lectores, oyentes y televidentes que buscan en sus programaciones contenidos de calidad.

Sobre está breve panorámica histórica se podría deducir lo siguiente: ¿Qué significa entonces para los grupos mediáticos la denominación ley Mordaza?

¿Qué sucede o cuáles de estas organizaciones ligadas al mundo de las comunicaciones se atreve a denunciar los oligopolios como es el caso chileno en que los medios pertenecen a dos familias y que además sus negocios están vinculados a la grave crisis de la educación que se vive en Chile?

Finalmente, cabe preguntarse cuál es la razón que tienen los medios de comunicación asociadas a organizaciones mundiales de periodismo que hablan de Mordaza, si los propios principios fundacionales de sus medios o agrupaciones dictaminan que la democracia y el acceso a la información es un derecho que no les pertenece, sino más bien es a la ciudadanía a quién le corresponde decidir que va a leer, mirar o escuchar.

No hay que olvidar que la democratización de los medios ya no sólo existen en Ecuador, también está en Argentina, Venezuela y Bolivia.

Es evidente que los medios y asociaciones unidos a monopolios no están protegiendo esos derechos más bien desalientan el ejercicio ciudadano que hoy más que nunca desea participar de una democracia que tiene una nueva mirada y otra percepción de la comunicación.

Al parecer la denominación Mordaza tiene que ver con defender los viejos esquemas liberales y monopólicos.

Miguel Ángel Soto.

Docente Universitario.

Compartir este artículo