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Fallo Dominga: la olvidada ciencia de la política. Por Rodrigo Jiliberto

El fallo del tribunal ambiental de Antofagasta en el caso del proyecto minero Dominga es sin duda un castigo para las autoridades ambientales del gobierno anterior, en particular para el ex Ministro de Medio Ambiente y el ex Intendente de la Región de Coquimbo como máxima autoridad del Comité Ambiental Regional, pues en una lectura no muy detenida se advierte que el tribunal los acusa de no haber actuado acorde a la Ley.

Sostiene el Tribunal que tanto el Comité de Evaluación Ambiental Regional, como el Consejo de Ministros no se habrían fundamentado adecuadamente sus decisiones, cometiendo una suerte de prevaricación, amén de incumplir otros procedimientos. Si uno se pregunta por las motivaciones para haber actuado así no parece una respuesta plausible que dos instituciones solventes compuestas por autoridades probas, con destacadas desempeños profesionales, hayan simplemente decidido sin mayor reflexión o por mera colusión en un tema trascendental para la Región de Coquimbo.

Es sabido que el Informe Consolidado de Evaluación del proyecto Dominga recomiendo su calificación ambiental positiva. Lo relevante son las razones que arguyeron las autoridades regionales y luego nacionales para votar en contra de sus conclusiones. Y estas son de dos tipos; una, insuficiencias técnicas en la evaluación ambiental y dos, incertidumbres más generales o sistémicas respecto de los impactos últimos de un proyecto como Dominga, y ambos argumentos se apoyan uno a otro.

El tribunal las consideró insuficiente como fundamento de su decisión, les habría faltado fundamento técnico. Debiéramos entender, entonces, que fueron otras las motivaciones. En principio es razonable pensar que políticas. Sin embargo, el tribunal no retrotrae el proceso a un momento técnico, sino a un momento de decisión del Gobierno Regional, es decir, a un momento político.

Si el ánimo del tribunal hubiese sido rescatar la dimensión técnica para evitar toda discrecionalidad tenía la oportunidad retrotraer el proceso a ese momento técnico. Sin embargo, lo retrotrae a uno donde es imposible introducir nuevas consideraciones técnicas, ahora solo es posible votar; política en estado puro.

La situación no deja escapatoria para la política, pues lo primero que deberá hacer el Comité de Evaluación Ambiental Regional es decidir si va a considerar la información y las consideraciones que el anterior comité tuvo en consideración, como las presentadas por la CONAF, o los debilidades del propio procedimiento de evaluación de impacto ambiental, que están ahí a pesar de la calificación final favorable. Esa decisión es obviamente una decisión política, pues por más o menos procedimentalmente adecuado sea considerarlas o no, la cuestión de fondo para el comité es si están todos los datos disponibles para tomar la mejor decisión para la sociedad regional.

Más aún, la decisión del tribunal al decidir no incorporar más información técnica que parecía relevante para poder decidir en propiedad sobre el bien público regional, es ya, y en ese sentido, una decisión política.

No es muy difícil colegir que esta sentencia va suponer un salto cualitativo en el desempeño de la institucionalidad ambiental, pues inicia el tránsito de la judicialización de los proyectos productivos a la politización de los fallos de los tribunales ambientales, revelando que en el trasfondo de todo el proceso de evaluación ambiental hay un factor político ignorado que, como un muerto, termina por salir a flote por muchas piedras que se le hayan echado en los bolsillos.

Dice el filósofo alemán Jonas, precursor del principio de precaución, que los avances en ciencia y tecnología y las intervenciones masivas que facilitan en el territorio y la naturaleza, han cambiado sustantivamente nuestras capacidades para predecir los efectos de tales intervenciones, a tal punto que, sabemos lo que está en juego sólo cuando ya está en juego. Es decir, solo sabemos lo que puede salir mal cuando sale mal, no antes.

Esto es particularmente cierto para mega proyectos como el proyecto minero Dominga. Esto supone que por muchos estudios técnicos de impacto que realicemos hay una brecha de incertidumbre insalvable. Si se lee detenidamente la intervención del Intendente Regional en la sesión del comité de evaluación ambiental regional respectiva se ve reflejada con toda nitidez esta lógica. Se pregunta el intendente si con los datos de que disponemos, teniendo en cuenta, además, ciertas deficiencias de proceso, y atendiendo a la historia de este tipo de proyectos mineros, le permiten señalar con certeza que el proyecto se condice con el tipo de desarrollo sustentable que espera la Región. Su conclusión es que no es así, predomina la incertidumbre. Y dado que si se aprueba el proyecto ya no es posible dar marcha atrás el principio precautorio parece recomendarle votar en contra de la calificación ambiental.

La política es necesaria porque simplemente no es evidente la contribución final del proyecto al bien público. Se requiere la deliberación no condicionada de la polis para decidir y esa deliberación es el único fundamento racional posible de la decisión. El sistema de evaluación ambiental no solo no reconoce esta necesidad, sino que concibe la decisión como el resultado de la mera acumulación lineal de estudios técnicos, que cada uno por separado o linealmente juntos no pueden decidir nada, salvo decir si un aspecto está en la norma o por encima de ella. Pero, para muchos factores ambientales y sociales, como señala Jonas, no solo no hay normas, sino ni siquiera podemos llegar a saber que va a suceder. La mera racionalidad técnica no es suficiente. En ese contexto empeñarse en ponerla por encima de la racionalidad deliberativa es justamente irracional.

La actual Ministra de Medio Ambiente Marcela Cubillos ha señalado con razón “En el sistema de evaluación de impacto ambiental hay un componente técnico y hay dos componentes que son más bien políticos, uno que tiene que ver con la participación ciudadana y todo lo que tiene que ver también con las decisiones del consejo regional o del Comité de Ministros… Por lo tanto, puede haber proyectos que cumplan las normas técnicas, pero que una comuna, región, comunidad o un determinado grupo no lo quiera en esa forma, o no lo quiera en ese lugar” (La Tercera, 29.04.2018). La Ministra, sin embargo, debe saber que si ella apela en el futuro a un criterio político en el Comité de Ministros es bien posible que un tribunal ambiental no lo considere legítimo, como lo ha hecho el de Antofagasta en el caso de Dominga.

Quienes consideren que el fallo a favor de Dominga supone crear facilidades para la inversión pronto que es una victoria pírrica, pues lo que ha hecho de verdad es cerrar el ciclo de politización de la institucionalidad ambiental, incrementando la inseguridad jurídica para la inversión. Como colofón de ese proceso lo único razonable será institucionalizar el momento político en los procesos de evaluación de impacto ambiental. Eso debiera ocurrir en un proceso que a la vez que otorgue seguridad jurídica a la inversión, favorezca la construcción social del riesgo asociado a este tipo de proyectos, que parece es lo único razonable en nuestras sociedades, que como las calificaba Ulrich Beck, son las sociedades del riesgo.

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 Rodrigo Jiliberto es economista, experto internacional en análisis ambiental estratégico y Director del Diplomado en Políticas Públicas en Medio ambiente y Desarrollo Sustentable del IFICC.

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