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Orígenes y vicisitudes del “derecho de injerencia”

La ONU y las “armas humanitarias”

En menos de un año, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) autorizó en dos ocasiones el recurso a la fuerza, en Libia y en Costa de Marfil. Excepcionales, dado que la Carta de la ONU preconiza el arreglo pacífico de los diferendos, estas decisiones se fundan en el reciente reconocimiento del “deber de los Estados de proteger a las poblaciones civiles”. ¿Estará la ONU validando un “derecho de injerencia” de geometría variable?

“Di orden de que se tomen las medidas necesarias para impedir el uso de armas pesadas contra la población civil” declara el secretario general de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), Ban Ki-moon, el 4 de abril. Unas horas más tarde, en Abiyán, los helicópteros de combate de la ONU y la fuerza francesa Licorne se sumaron a la ofensiva de las tropas de Alassane Dramane Ouattara, contra las del presidente saliente Laurent Gbagbo.

En los pasillos de la sede de la organización, en Nueva York, esta decisión suscita una cierta incomodidad. Si bien la resolución (Nº 1975) del Consejo de Seguridad en la que se funda, fue adoptada por unanimidad el 30 de marzo de 2011, algunos funcionarios manifiestan dudas sobre el poder que tendría el secretario general para dar tal “orden” (que sería de dominio exclusivo del Consejo de Seguridad) y subrayan la ambigüedad de la expresión “medidas necesarias”...

Artículo completo: 237 palabras.

Texto completo en la edición impresa del mes de mayo 2011
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Anne-Cécile Robert

De la redacción de Le Monde diplomatique, París.

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