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Maricunga en el negocio del litio. Por Cristhián Gonzalo Palma

Ya han transcurrido algunas semanas desde que Chile viviera uno de sus mayores desastres ambientales en lo que va del siglo. Once empresas demandadas, entre ellas: Enap, Oxiquim y Gasmar; Actualmente se investiga por su posible responsabilidad en la contaminación y daños ecológicos generados en las comunas de Quinteros y Puchuncaví. Luego de lo sucedido, el gobierno de Sebastián Piñera se comprometió a adoptar todas las medidas destinadas a evitar que situaciones como ésta, ocurran nuevamente en nuestro país. Sin embargo, hay circunstancias que parecen indicar lo contrario.

Nuestra institucionalidad vigente exige que el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) solicite la preparación de un estudio de impacto y analice la factibilidad de todos aquellos proyectos o actividades que puedan generar alteraciones en un área afectada, riesgos para la salud en la población o efectos adversos significativos en la cantidad y calidad de recursos naturales renovables, incluido el suelo, el agua y el aire (Artículo 11 de la Ley 19.300). Imperativo que, en mi opinión, no está siendo cautelado en lo que respecta al proceso de evaluación de impacto ambiental (EIA) del emblemático proyecto de la empresa SIMCO SpA: Producción de Sales de Maricunga.

Muy poco se sabe y comenta en Chile acerca del valor estratégico del litio para el futuro de la sustentabilidad energética mundial. Menos aún se sabe que nuestro país posee una de las mayores reservas de este metal en todo el planeta, y que, sólo en la última década, su demanda ha aumentado un 40% y todas las proyecciones hablan de un crecimiento exponencial en los años venideros.

Prácticamente todos los grandes avances tecnológicos en el campo de la electrónica, el transporte o la medicina, dependen de este mineral liviano. Por esta razón, tanto el hecho de que nuestras autoridades pretendan dejar estas reservas en manos de empresas extranjeras (principalmente chinas), como el que se autorice la ejecución de proyectos que no cuentan con un análisis de los potenciales riesgos y las medidas de mitigación necesarias, resulta sumamente preocupante. Analicemos.

El proyecto, Producción de Sales de Maricunga, se encuentra en etapa de calificación ante el SEA, desde mediados de junio de 2018, e incluye la explotación de salmueras frescas del sector noreste del salar de Maricunga, en la Región de Atacama; mediante el método de evaporación solar y posterior precipitación en una planta de carbonato de litio para la producción de 5.700 t / año, obteniendo, por medio de extracción con solvente, alrededor de 9.100 t / año de hidróxido de litio, lo que equivale a 14.300 t / año de litio carbón.

Como ya he señalado, el proyecto presenta serias deficiencias, especialmente en la entrega de información esencial para un adecuado proceso de evaluación de impacto ambiental, considerando que:

1. Muestra una descripción inadecuada de los trabajos, partes y acciones que generan actividades potenciales no evaluadas y / o sin estudio de la línea de base.

2. No hay información asociada con los trabajos para desviar la escorrentía superficial intermitente, la fuente de agua o su cantidad que se necesitará durante la construcción.

3. No describe las consecuencias entre las Áreas de Influencia, las Bases y la Evaluación de Impacto.

4. Falta de información esencial sobre la calidad del aire, ruido para las aldeas afectadas por el transporte hacia y desde el área del Proyecto.

5. Las líneas de base, a nivel de cuenca, tienen poca representación espacial y temporal y no se actualizan globalmente, y no son representativas del sitio específico en el que se ubica el proyecto.

6. No se hace cargo de los sistemas existentes en el área de influencia.

7. Se desconoce el sistema hidrogeológico en el que se propagan los efectos del proyecto.

8. Se desconoce el sistema hidrogeológico en el que se llevará a cabo la reinyección en la etapa de operación y cierre.

9. No se considera la línea de base para hongos e insectos.

10. No hay información georreferenciada sobre las prácticas culturales y económicas de los Grupos Humanos pertenecientes a los Pueblos Indígenas (GHPPI).

11. No todo el proyecto es identificado o evaluado.

12. El impacto restante del proyecto en el cierre posterior no se identifica.

13. No se consideran permisos ambientales sectoriales aplicables al proyecto (por ejemplo, permisos de paralelismo y cruces para el paso de tuberías de salmuera fresca y salmueras de retorno).

14. La ubicación del sitio de extracción de salmuera para la reinyección en el momento del cierre no está indicada.

Todas estas observaciones se han desarrollado en un informe ciudadano enviado al servicio a fines de julio y que aun no tiene respuesta. El informe está disponible en el siguiente enlace: http://seia.sea.gob.cl/archivos/2018/08/08/921_Obs_Christian_Palma_final.pdf.

En relación con el proceso de Consulta a los Pueblos Indígenas, conforme establece el art. 86 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Decreto 40 del Ministerio de Medio Ambiente). La Comunidad Colla Pai Ote, uno de los grupos étnicos con mayor extensión y presencia en la zona, ha expresado al servicio su enorme incomodidad con lo que consideran es una forma de in-visibilizar su derecho como GHPPI (reconocido en nuestra legislación y, a nivel internacional, en varios organismos reguladores como el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), vigente en nuestro país a partir del año 2009), es decir, su derecho a proporcionar información a la autoridad sobre sus consideraciones y medidas especiales que pretenden respetar, proteger y promover el desarrollo de sus pueblos, sus culturas, familias, comunidades y tierra.

Para esta comunidad, el Salar de Maricunga y la Laguna Verde son territorios con un enorme valor religioso, cultural y económico, por lo que, desde su perspectiva, el servicio estaría actuando de mala fe, conociendo el valor relativo de la territorialidad de esta localidad en el área, sin siquiera haberles informado de la existencia del estudio. En palabras del presidente de la comunidad, Ercilia Araya Altamirano: “dicha in-visibilidad sería promovida por la empresa responsable, SIMCO SpA, con el objetivo de favorecer el proyecto propuesto de forma tendenciosa, iniciando así un proceso de consulta indígena insuficiente” (véase; Carta CICP-SEIA Proyecto Producción de Sales de Maricunga, disponible en el siguiente link: http://seia.sea.gob.cl/archivos/2018/08/08/Comun_Indigena_Colla_Pai_Ote.pdf) .

Pero no sólo eso, diversas autoridades del país han manifestado su preocupación en el proceso. Es así como para el Gerente de Inspección y Evaluación Ambiental de la Corporación Nacional Forestal (CONAF), señor Juan Carlos Castillo Ibáñez: “existen deficiencias esenciales en la información del proyecto que no permiten dar cuenta de que la empresa se está haciendo cargo de los efectos, características y circunstancias (ECC) contempladas en la ley” (véase; Oficio pronunciamiento con Observaciones de la CONAF, en expediente de EIA).

Esta opinión es compartida tanto por el jefe de la División de Protección de Recursos Naturales Renovables del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), Sr. Mario Andrés Ahumada Campos, como por el jefe del Departamento de Conservación y Protección de los Recursos Hídricos (DGA), la señora Mónica Musalem Jara, quien considera que “la empresa responsable del proyecto no propone medidas de descontaminación en el área posiblemente afectada por el derrame de sustancias, ni justifica los parámetros hidráulicos del acuífero que planea explotar, obviando la actualización y grabando completamente el público relevante” (véase; Oficio pronunciamiento con Observaciones del DGA, en expediente de EIA).

El proyecto es una iniciativa birregional que contempla su operación productiva en la Región de Atacama y el envío de sales en la Región de Coquimbo. El EIA, sin embargo, indica que las actividades asociadas con la descarga, el almacenamiento en el puerto o el envío no son parte del alcance del proyecto, ya que son responsabilidad de una tercera empresa. Al respecto, la titular de la División de Políticas Públicas Saludables y Promoción del Ministerio de Salud (Departamento de Salud Ambiental), Sra. María Daniela Godoy Gabler, expresa su preocupación por la “falta de procedimientos y medidas de mitigación, reparación y compensación, que describen la gestión y el tratamiento de los efectos nocivos asociados con el transporte, descarga y almacenamiento de mineral y otras sustancias peligrosas involucradas en la ejecución del proyecto, así como la responsabilidad de la empresa en este proceso” (véase; Oficio pronunciamiento con Observaciones del Ministerio de Salud, en expediente de EIA).

Debido a esto, en caso de ocurrencia, estos daños podrían ser irreversibles, poniendo en serio riesgo la cantidad y calidad de los recursos hídricos de los habitantes de la zona, lo que incluso podría ocasionar el reasentamiento de comunidades enteras o la alteración de los sistemas de vida y las costumbres de los grupos humanos, aumentando los riesgos para la salud, debido a la escasez de este recurso.

Con todo, la declaración de impacto ambiental del proyecto presentado por SIMCO SpA, empresa vinculada al hijo del empresario chileno Francisco Javier Errázuriz, y que tiene una inversión de aproximadamente 350,000 millones de dólares, presenta inconsistencias y omisiones que deben ser consideradas por la autoridad a cargo de su evaluación. En las próximas semanas, veremos completado el proceso de evaluación y, entonces, sabremos si la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) autorizará o rechazará la ejecución del proyecto. Sin embargo, en atención a todo lo señalado, no parece prudente perseverar en la ejecución del proyecto, incluso si valoramos las buenas intenciones, pues en este punto es crucial que la autoridad piense en cómo evitar los potenciales desastres humanos y ambientales y no sólo en cómo se repararán sus efectos. En menos de un año, la administración del presidente Sebastián Piñera, podría enfrentar otro escándalo medioambiental, si como máxima autoridad permite que proyectos así sigan su curso, tras el lamentable desenlace sucedido en las comunas de Quintero y Puchuncaví.

Cristhián Gonzalo Palma Bobadilla
Abogado

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