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Alto a la represión y respeto pleno de los derechos humanos del pueblo mapuche

En relación a la situación que enfrentan comunidades mapuche la Comisión Ética Contra la Tortura y La Coordinadora Jurídica 4 de Agosto declaran lo siguiente ante la opinión pública nacional e internacional lo siguiente:

1.- Expresamos nuestra más profunda preocupación ante los recientes hechos de violencia policial registrados en la Provincia de Arauco, Región del Bío Bío, así como en las regiones de la Araucanía y Los Ríos en Chile, donde del uso desmedido de la fuerza y de los elementos disuasivos se ha pasado, franca y abiertamente, al uso de armamento de grueso calibre contra manifestantes de comunidades mapuche como lo demuestran estos dos meses que van corridos del 2015. Por ello, recordamos la obligación que tiene el Estado de Chile de respeto irrestricto de los derechos humanos y su obligación de garantizar los derechos de los pueblos originarios contenidos en la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de Naciones Unidas y en el Convenio 169 de la OIT que nuestro país ha suscrito.

2.- Estimamos que Chile viola los derechos humanos al diagramar un diseño de impunidad donde hasta ahora lo único que ha permitido, es que esta violencia no cese y que, muy por el contrario, avance de tal forma que permita que el Estado justifique la aplicación de leyes de excepción, como la Ley Antiterrorista, la militarización del territorio y otras medidas que simulan un estado de excepción de facto en el territorio ancestral mapuche. Sin ir más lejos, los primeros dos meses del año 2015, se han registrado los siguientes hechos donde el Estado chileno y sus fuerzas policiales han actuado fuera de toda legalidad y legitimidad:

a) El 14 de enero de 2015, los comuneros Gastón Antileo Marileo, Martín Marileo Calbullanca, Vitalina Sanhueza y Luis Antio (miembros del Lof Cacique Antonio Paillao), fueron detenidos por parte de funcionarios de Carabineros de Chile tras un desalojo en el Fundo Cañihual, sector La Campana, en las cercanías de Tirúa. Gastón Antileo y Martín Marileo resultaron con graves heridas propinadas con armas de grueso calibre por parte de la fuerza policial que disparó contra ellos directamente al cuerpo sin tener la intención de usar medidas disuasivas.

b) El 9 de febrero de 2015, la Corte de Apelaciones de Concepción rechazó un Recurso de Amparo interpuesto por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) en favor de los dos comuneros por considerar que el procedimiento de Carabineros habría sido ilegal y arbitrario.

c) El 22 de enero de 2015, los comuneros Mario Cayupi, Julio Castro y José Huenuche fueron detenidos por parte de efectivos de Carabineros de Chile. Los comuneros reivindican un predio inscrito como propiedad de la empresa Mininco en Rihue alto, sector Huentelolén. Tras la audiencia de formalización Mario Cayupi y Julio Castro fueron dejados en libertad con medidas cautelares, en tanto que José Huenuche fue dejado en prisión preventiva y formalizado, acusado de robo frustrado de madera. José Huenuche es un destacado comunero mapuche que anteriormente había sido procesado bajo la aplicación de la Ley Antiterrorista y condenado por un supuesto ataque a una comitiva encabezada por el fiscal Mario Elgueta junto a otros comuneros pertenecientes a la Coordinadora Arauco Malleco, en uno de los juicios en los que se pudieron constatar graves vicios y faltas al debido proceso.

d) El 14 de febrero de 2015: cinco funcionarios de la Policía de Investigaciones actuaron con extrema violencia en contra de comuneros mapuche pertenecientes a la comunidad Nicolás Calbullanca, en el sector de Lleu Lleu, Provincia de Arauco (VIII Región del Bío Bío). En el procedimiento de detención de uno de los comuneros, los policías esposaron a una anciana y golpearon a dos niños de cinco y siete años de edad a quienes además apuntaron con sus armas, por encontrarse junto al comunero que era objeto de detención. Cabe señalar que debido a la resistencia del comunero, los policías dispararon sus armas impactando una camioneta perteneciente a otro comunero que casualmente transitaba por el sector y que llevaba en su interior a un menor de cuatro años de edad.

e) El 18 de febrero de 2015, en el sector Alto de Antiquina, Comuna de Cañete (VIII Región del Bío Bío), fuerzas militarizadas de Carabineros de Chile y de la Policía de Investigaciones ejercieron una brutal represión en contra de comunidades mapuche que reivindican territorio en el cual se emplazan las empresas forestales Mininco, Arauco y Volterra. Dos comuneros resultaron gravemente heridos por balas de acero y cuatro fueron detenidos y golpeados.

f) El mismo día, el INDH presentó una querella en el Juzgado de Garantía de Temuco por apremios ilegítimos en contra de funcionarios de la Policía de Investigaciones de la Prefectura Provincial de Cautín (IX Región). El comunero mapuche Enrique Mauricio Sandoval, perteneciente a la comunidad Lleuful Sandoval, Comuna de Padre Las Casas (IX Región de la Araucanía), fue citado a prestar declaraciones el día 3 de febrero de 2015. De acuerdo a lo señalado por el abogado querellante, Oscar Rabanal Toro, Sandoval fue torturado por los funcionarios de la Policía de Investigaciones mientras lo interrogaban.

g) Al igual que José Huenuche hay un número superior a cuarenta personas afectadas en su libertad como consecuencia de su adscripción a la defensa de sus derechos como pueblo o simpatizan con la causa del pueblo mapuche; una vez encarcelados, son sometidos a graves faltas al debido proceso, al efectivo derecho a la defensa que tiene todo ciudadano y, más aún, se les acusa y estigmatiza públicamente a través de los medios de comunicación sin que sea demostrada su real culpabilidad. Uno de los casos más flagrante sobre la parcialidad de la justicia se gráfica en el proceso de Emilio Berkhoff, en que a pesar de la determinación del Tribunal Constitucional de retirar del mismo y, por tanto de las acusaciones en su contra, a 14 testigos “sin rostro”, éstos serán repuestos a través de la representación explicita de efectivos policiales que actuarán como “testigos a escucha”. Algo similar ha acontecido el 13 de febrero de 2015, cuando el Juzgado de Garantía de Collipulli, tras una audiencia de preparación de juicio oral, admitió el uso de un testigo sin rostro en contra de cinco mapuche dentro de los cuales se encuentran dos mujeres menores de edad. Esta resolución, así como en el caso de Emilio Berkhoff, la justicia chilena se dispone en franca contradicción con el dictamen de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que ya en el caso Norín Catrimán y otros, rechazó el uso de “testigos sin rostros” como medio de prueba en contra de mapuche.

h) A todo ello se agregan las deplorables condiciones de encarcelamiento en que se encuentran los presos políticos mapuche y, como si fuera poco, Gendarmería de Chile sigue desempeñando un rol de torturador contra personas inermes y a sus expensas como lo acontecido el 16 de febrero de 2015 en el Centro de Detención Penitenciario de Angol, donde el alcaide comandante Fernando Olivares Osorio, hizo conducir desde el módulo de reclusión a Claudio Huentecol Huentecol a las 11:20 horas de la mañana a la guardia interna, donde fue encerrado, atado de manos y desnudado y en esa condición se dispuso la orden de re-conducirlo al módulo.

i) Del mismo modo denunciamos el reciente secuestro, por parte de civiles desconocidos, de la madre de los werkén Jorge y Jaime Huenchullán Cayul de la Comunidad Autónoma de Temucuicui el día viernes 20 de febrero de 2015. Este hecho debe esclarecerse pues es grave que civiles actúen como organizaciones terroristas o que sean agentes del Estado comprometiéndose en acciones de esa naturaleza.

4.- Por todo lo anterior es que llamamos al Gobierno, a los Tribunales de Justicia, al Ministerio de Justicia y al Instituto Nacional de Derechos Humanos a detener este estado de represión contra el pueblo mapuche y sus comunidades y cumplir con las obligaciones nacionales e internacionales de respetar los derechos humanos; hacerse cargo de una vez por todas de la violencia desmedida protagonizada por Carabineros de Chile y la Policía de Investigaciones, que no se contiene ante la presencia de menores de edad ni de adultos mayores, así como solicitamos detener la actuación discriminatoria y acciones de torturas ejercidas por Gendarmería de Chile al interior de los penales.

5.- El Estado de Chile debe ajustarse a sus compromisos internacionales en materia de los derechos que les asisten a los pueblo originarios que habitan nuestro país, y comprender que estos pueblos se encuentran en un proceso de ejercicio del legítimo derecho a la recuperación de tierras, a la autonomía y autodeterminación. Sus acciones relacionadas con el derecho al ejercicio del control y recuperación de territorio que se encuentra usurpado por empresas forestales, no puede seguir apareciendo ante la opinión pública como “robo de madera”, pues obedece a un montaje que pretende distorsionar sus luchas y reivindicaciones y colocar al mapuche como un ladrón cuando no son precisamente ellos los extraños que se han apropiado y sobreexplotado esos territorios, depredado sus recursos, destruido sus símbolos culturales, religiosos y espirituales y han instalado hidroeléctricas, como en Pilmaiquén, y empresas forestales como Mininco, Volterra y Arauco, entre otros proyectos económicos extractivistas nacionales e internacionales.

6.- Exigimos la libertad inmediata de José Huenuche y de todas y todos los presos políticos mapuche. El Estado, protegiendo los intereses de empresas forestales, está ejerciendo una verdadera persecución política en contra de comuneros mapuche y de quienes solidarizan en esta causa. Dicha persecución debe cesar si se pretende construir un futuro de paz y de justicia.

7.- Hay que poner fin a la militarización del territorio mapuche y garantizar el resguardo inmediato de los derechos de niñas y niños, así como de ancianos y mujeres. Las fuerzas represivas deben retirarse inmediatamente del territorio perteneciente a las comunidades y poner fin al sistema de “patrullas étnicas” en todo el territorio mapuche.

8.- Exigimos respeto de las autoridades ancestrales del pueblo mapuche, pues se trata de líderes espirituales y sociales de su pueblo. Someter a prisión política y ejercer la violencia en contra de loncos, werkenes y machis apunta a la destrucción del tejido social e identitario fundamental en la continuidad de la cosmovisión del pueblo mapuche.

Comisión Ética Contra la Tortura

Coordinadora Jurídica 4 de Agosto

Santiago de Chile, lunes 23 de febrero de 2015

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