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Ante los fraudes, las colusiones, abusos y las estafas actuales. Por Edgardo Condeza

Lamentablemente, diferencia de muchas decenas de países, (1) en Chile actualmente los cambios trascendentales para toda la nación tienen origen solo y exclusivamente en la Presidencia o en el Parlamento.

Ø Desde hace tres décadas hemos venido insistiendo en la necesidad de incorporar la Democracia Participativa a la institucionalidad vigente en Chile. Los Plebiscitos (1) Vinculantes Convocados por los Ciudadanos, -con base en un cierto número de firmas-,(2) y la Revocatoria de las Autoridades Elegidas por la Ciudadanía, cuando ellas resulten corruptas, incapaces o no cumplan sus promesas electorales.

La Presidenta, los ex Presidentes de la República, la mayoría de los parlamentarios y dirigentes políticos expresan que están de acuerdo con esto, que la participación ciudadana es un derecho… No obstante no se realiza.

Ø Ante los fraudes, la colusión, abusos y las estafas actuales, ¿Qué pueden hacer los ciudadanos? ¿Qué canales tienen para expresarse?... Ninguno.

¿Manifestar indignación en las calles? ¿Desórdenes? ¿Cuál será el desenlace de esta tensión e indignación de una ciudadanía sin poder manifestarse institucionalmente, en forma pacífica, ordenada y libre?

Ø El cambio es urgente. Es necesaria la incorporación de la Democracia Participativa en la Nueva Constitución. Cómo en decenas de países. Por ejemplo, en Uruguay los ciudadanos convocaron a un plebiscito en que rechazaron la privatización del agua. En EEUU, en la elección de parlamentarios del año 2010 se realizaron 159 plebiscitos, sumando los hechos en los estados. 43 de ellos fueron por petición de los ciudadanos. En tres de ellos preguntaban si se convocaba a una Convención Constituyente para el estado.

Ø Para esto y muchas otras materias, es imprescindible una Nueva Constitución. No obstante, debería definirse en un Plebiscito Nacional Vinculante cual es el mejor método para realizar una Nueva Constitución. Estamos convencidos que el procedimiento más democrático es una Asamblea Constituyente, como se ha hecho en muchos países. (3) Así lo expresan en forma mayoritaria los ciudadanos en las encuestas, como en aquellas de la Facultad de Administración y Economía de la USACH y CADEM. Sólo un 2,6% cree que debe ser confeccionada y aprobada por el Congreso, (4)

Ø El plebiscito es un Derecho Natural, (5) propio de la naturaleza humana: cada persona debe tener la facultad para tomar decisiones sobre aquellos temas que afectan esencialmente su vida. Es parte inalienable de la libertad individual e inevitablemente algún día será parte de nuestra legislación. Para ello continuaremos trabajando.

Ø LA REVOCATORIA DE AUTORIDADES ELEGIDAS existe desde que los seres humanos se agruparon y eligieron sus líderes. El Programa de la Reforma de Francia en 1848 expresa: "Los Gobernantes en una democracia bien constituida solo son los mandatarios del pueblo y deben ser responsables y revocables." En Suiza desde el año 1848 está regulado en el ámbito constituyente. Existe en 26 Estados de EEUU de Norte América... La primera entidad gubernamental en adoptar la revocatoria fue la ciudad de Los Ángeles

-hace más de un siglo- en el año 1902. Actualmente existe en Argentina, Bolivia, Canadá, Colombia, Ecuador, EEUU, Egipto, México, Palau, Panamá, Perú, Venezuela, … en el segundo y en el último país incluye hasta el Presidente de República…

Atenta y cordialmente:

Dr. Edgardo Condeza Vaccaro

Presidente

Movimiento por la Consulta y los Derechos Ciudadanos HUMANISMO ÉTICA CAMBIO

edgardocondeza@vtr.net

1) Como existe en Alemania, Argentina, Australia, Austria, Bélgica, Bolivia, Brasil, Francia, Canadá, Colombia, Costa Rica, Crimea, Dinamarca, Ecuador, EEUU, Egipto, Eritrea, Escocia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Grecia, Hungría, Inglaterra, Irlanda, Islandia, Guatemala, Honduras, Italia, Japón, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Mauritania, México, Montenegro, Noruega, Nueva Zelanda, Panamá, Palau, Paraguay, Polonia, Portugal, Puerto Rico, República Dominicana, Rusia, Sudáfrica, Suecia, Suiza, Turquía, Ucrania, Venezuela, …, PRIVATIZACIÓN DEL AGUA: En ITALIA en el año 2011 en un plebiscito se rechazó la privatización del agua. En URUGUAY, en un Plebiscito requerido por los ciudadanos simultáneamente con la elección presidencial: los uruguayos decidieron NO privatizar el agua potable. Esto contrasta con la democracia a medias que existe en CHILE: en el año 2000 en CONCEPCIÓN Y OTRAS CIUDADES DE LA REGIÓN DEL BIO BIO realizamos un plebiscito sobre la privatización del Agua Potable y Alcantarillado. Votaron 136.783 personas. Más del 95% no aceptaba esta privatización. No obstante el gobierno del Presidente Lagos no tomó en cuenta esta opinión de los ciudadanos y la privatizó. En EEUU en Noviembre del 2012 junto a la elección presidencial hubo 178 Plebiscitos, sumado los de 39 Estados. Por ejemplo, en Alabama se planteó a los electores la siguiente pregunta ¿Si el salario de los Legisladores debe ser igual a la media de los sueldos del Estado? En Nebraska directamente se preguntó por subir la asignación a sus parlamentarios de 12.000 dólares anuales a 22.500 dólares (la renta per cápita media en Nebraska con datos del censo de 2010 era ligeramente superior a 25.000 dólares). En la jornada electoral de 2014, la boleta oficial del condado de Jackson, Missouri pidió a los votantes decidir en 25 temas.

2) En Suiza, para las iniciativas populares y referéndums los quórums de firmas varían entre el 0,9% y el 5,7 % del total del electorado. P. 83 “Guía de la Democracia Directa en Suiza y más allá.” Bruno Kaufmann, Rolf Büchi, Nadja Braun. Referéndum Transnacional: “…existe también la introducción propuesta del primer derecho ciudadano transnacional –Iniciativa Ciudadana Europea-. Esta nueva herramienta democrática deberá en el futuro proporcionar a un mínimo de 1 millón de ciudadanos europeos el derecho a proponer una nueva ley o un nuevo artículo de la Constitución (de la UE) a la Comisión Europea,…” Ibídem P. 15.

3) Por ejemplo en: Italia1947, Perú en el año 1979, El Salvador 1983, Guatemala 1985, Brasil 1988, Colombia en 1991, en Ecuador – Bolivia – Venezuela, en Paraguay en 1992, en Islandia, 2011. En el mundo, “hay un poco más de treinta, de noventa y tantas democracias, que tienen constituciones producto de asambleas constituyentes”, dice Claudio Fuentes profesor titular de UDP. Agrega: “Mientras más contemporáneas han sido las democracias mayor es la cantidad de asambleas constituyentes”

4) ENCUESTAS EN CHILE: DEL DIARIO ON LINE EL MOSTRADOR DE CHILE. Encuesta USACH, El departamento de Gestión y Políticas Públicas de la Facultad de Administración y Economía de la Universidad de Santiago difundió Enero 2015: El 68,1% cree que una nueva Constitución debe surgir de una Asamblea Constituyente. El 51,1% de los consultados considera que la Carta Fundamental debiera ser encargada por el Congreso Nacional a la ASAMBLEA CONSTITUYENTE, para luego ser ratificada en un plebiscito. El 17% contesta que dicha Asamblea debe ser convocada y elaborada por las organizaciones sociales. (51 % + 17% = 68%). Y sólo un porcentaje minoritario contesta que esta misión le compete exclusivamente a los legisladores. Sólo un 2,6% cree que debe ser confeccionada y aprobada por el Congreso. ENCUESTA CADEM: 06/04/2015 Plaza Pública Cadem: Estudio N° 64 un 77% está de acuerdo con que Chile necesita una nueva Constitución y un mayoritario 60% se inclina por que sea una Asamblea Constituyente quien tenga el rol de redactar y aprobarla. http://www.cadem.cl/wp-content/uploads/2015/04/Track-PP64-AbrilS1_VF.pdf

5) La Declaración Universal de Derechos Humanos, en su artículo 21 establece que: “1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medios de representantes libremente escogidos…3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público;…”

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