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Del negocio bancario con aval del Estado al embargo de las cuentas personales. Por Patricio Medina Johnson

Hace exactamente diez años escribí una columna titulada "El negocio bancario con aval del Estado". En ella sostenía que el Crédito con Aval del Estado no era simplemente una política pública para ampliar el acceso a la educación superior, sino también un mecanismo que trasladaba recursos públicos hacia el sistema financiero mientras endeudaba a cientos de miles de estudiantes.

Una década después, el problema ya no es únicamente cómo se originó esa deuda. El problema es cómo se cobra.

Durante los últimos meses, la Tesorería General de la República ha intensificado los mecanismos de recuperación de las deudas asociadas al CAE, incluyendo retenciones bancarias, embargos y descuentos sobre recursos depositados en cuentas personales. Diversos deudores han denunciado haber despertado con sus cuentas vaciadas o con la totalidad de sus fondos retenidos para cubrir obligaciones pendientes.

La pregunta de fondo no es si las deudas deben pagarse. Toda sociedad necesita mecanismos para hacer cumplir obligaciones legítimamente adquiridas. La pregunta es otra: ¿qué límites debe tener el Estado cuando cobra una deuda educativa?

Resulta paradójico que el mismo país que durante años justificó el CAE como una herramienta para promover la movilidad social termine utilizando herramientas propias de la persecución patrimonial para recuperar esos recursos. Lo que comenzó como una política de acceso a la educación termina convirtiéndose para muchos en una política de castigo económico.

El CAE fue presentado como una inversión en capital humano. Sin embargo, para cientos de miles de personas terminó siendo una apuesta riesgosa: carreras sin empleabilidad suficiente, salarios inferiores a los proyectados, abandono de estudios o simplemente trayectorias laborales que nunca permitieron enfrentar cuotas diseñadas bajo supuestos excesivamente optimistas. Hoy sabemos que la morosidad está estrechamente vinculada a esas trayectorias educacionales y laborales frustradas.

Existe además una contradicción política evidente. Durante años se defendió el secreto bancario como una garantía fundamental frente al poder del Estado. Sin embargo, cuando se trata de cobrar deudas estudiantiles, pareciera no existir el mismo celo respecto de la protección patrimonial de las personas. La discusión ya no es solamente financiera; es también una discusión sobre derechos, proporcionalidad y límites del poder estatal.

Diez años después, mi diagnóstico sigue siendo similar: el CAE nunca fue únicamente un instrumento de financiamiento educativo. Fue también un mecanismo de expansión del endeudamiento privado respaldado por el Estado. La diferencia es que hoy observamos la etapa final de ese diseño. Ya no vemos solamente estudiantes firmando créditos. Vemos adultos de 30, 40 o incluso 50 años enfrentando embargos, retenciones y cobranzas agresivas por decisiones tomadas al inicio de su vida laboral.

La discusión que Chile necesita no es cómo perfeccionar los mecanismos de cobro. La discusión pendiente es si el acceso a la educación superior debe seguir descansando en un modelo que convierte una oportunidad educativa en una deuda que puede perseguir a una persona durante décadas.

Diez años después, la pregunta sigue siendo la misma: ¿la educación fue un derecho financiado por la sociedad o un negocio garantizado por el Estado?

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