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La extensión del Estado de Catástrofe y por qué no se debe aprobar ante el manejo contradictorio del gobierno. Por Diego Durán Toledo[1]

El 18 de marzo del año 2020, el Presidente Piñera decretó el Estado de Catástrofe a nivel nacional a raíz de la creciente propagación del Covid-19. Desde esa fecha, ha transcurrido prácticamente un año, más de 850.000 contagios y 21.000 fallecidos asociados a la pandemia, dos retiros de fondos previsionales, cambios de gabinetes y un sinfín de hechos que han marcado la gestión del gobierno.

El 5 de marzo del presente, el ejecutivo ha ingresado al parlamento el oficio de solicitud de extensión de este estado de excepción constitucional, hasta el finales de junio del 2021. El cual, a su juicio, se justificaría debido al recrudecimiento en especial en la Región Metropolitana de las cifras de contagios en los últimos días y de disponer de las medidas necesarias para paliar este rebrote.

Sin embargo, despierta suspicacias esta decisión del ejecutivo, siendo que, teniendo otras herramientas jurídicas y administrativas como la aplicación del código sanitario, insista con una medida que restringe las libertades individuales de los ciudadanos, en especial a través del toque de queda que tiene vigencia a nivel nacional, el cual ha sido al menos puesto en duda su efectividad real para evitar la propagación de contagios, por expertos en materia de salud pública, siendo inclusive hasta contraproducente para efectos del bienestar mental de la población[2]

En este sentido, y realizando un análisis detallado de la administración Piñera en materia de gestión sanitaria, es aún más cuestionable la necesidad real del ejecutivo de ampararse en este estado de excepción constitucional, ya que varias de las políticas o iniciativas implementadas durante la emergencia, son contradictorias con el espíritu de dicha disposición extraordinaria que establece la constitución.

En este sentido, en relación con este estado de excepción la propia carta magna en su artículo N° 41 señala que se restringen las libertades asociadas a locomoción y reunión, como a su vez, existe la facultad de disponer de bienes y propiedades para efectos de las situaciones que motivan la declaración del mismo.

Y es en base a la disposición normativa, que se hace evidente que existen iniciativas del gobierno que no se acogen a las disposiciones del estado de excepción constitucional, siendo inclusive necesarias para efectos del combate a la pandemia.

Uno de los ejemplos más claros, es el bullado caso de arriendo del “Espacio Riesco” o de las “Residencias Sanitarias” por parte del Ministerio de Salud, significando ambas situaciones gastos enormes para el erario fiscal y acusaciones de irregularidades en la designación de proveedores[3] y gestión de pagos a prestadores de servicios[4], haciendo caso omiso a la disposición constitucional que le otorga al Estado la potestad de disponer de bienes privados.

A su vez, dentro del desarrollo del Plan “Paso a paso” han existido contradicciones evidentes en materia de locomoción y reunión, como por ejemplo la inacción por parte del ejecutivo en la regulación de horarios de ingreso a actividades laborales y la regulación efectiva de las actividades de trabajo que necesariamente deben desarrollarse en presencialidad, dejando a partir de la fase 2 esta situación al arbitrio de los respectivos empleadores, lo cual genera un efecto en cadena principalmente en la capital del país, donde se hace evidente el colapso del sistema de transportes en las horas de máxima afluencia, convirtiéndose en un caldo de cultivo para contagios de coronavirus, a raíz de la imposibilidad de cumplir con medidas mínimas como el distanciamiento social.

También, podríamos nombrar la deficiente implementación del reconocido “permiso de vacaciones” que si bien se entiende que tenía la finalidad de dinamizar la economía local de aquellas zonas que subsisten fundamentalmente del turismo en época estival, no existió una programación adecuada y una restricción efectiva de locomoción en base a criterios de planificación del desplazamiento para evitar el escenario actual de contagios, el que según OMS se debe esta disposición gubernamental.[5]

Y así sucesivamente, se podrían enumerar una serie de iniciativas no implementadas o desarrollas ineficientes durante la gestión sanitaria gubernamental, que hizo caso omiso a las disposiciones que el propio estado de catástrofe le entrega en estas materias.

A raíz de lo anterior, la ciudadanía en general se podría cuestionar ¿Por qué sería necesario entregarle la potestad al gobierno de operar bajo un estado de excepción constitucional, cuando este solo ha aplicado medidas a su conveniencia y no necesariamente cuando la emergencia lo ha ameritado?

Claramente la respuesta a esta interrogante deberá ser respondido durante los próximos días por el hemiciclo, pero ante la evidencia al menos resulta polémico la decisión del ejecutivo de solicitar esta prórroga y hace cuestionarse a la opinión pública en general, si esta responde realmente a las necesidades asociadas al combate a la pandemia o al aplacar en las calles la crisis política e institucional más grande, desde el retorno a la democracia.


[1]Diego Durán Toledo es Administrador Público y Magíster en Gobierno y Gerencia Pública. Académico e Investigador de la Universidad Autónoma de Chile

[2] Medio Crónica Digital, “Expertos cuestionan mantenimiento de toque de queda en Chile”, edición del 17 de febrero de 2021, recuperado de: https://www.cronicadigital.cl/2021/02/17/expertos-cuestionan-mantenimiento-de-toque-de-queda-en-chile/

[3] El Desconcierto, “Residencias sanitarias: Contraloría detecta conflicto de interés en contrato del Minsal”, edición del 29 de enero de 2021, recuperado de: https://www.eldesconcierto.cl/nacional/2021/01/29/residencias-sanitarias-contraloria-detecta-conflicto-de-interes-en-contrato-del-minsal.html

[4] 24 horas.cl, “Bellolio y deuda reclamada por Espacio Riesco: "Es algo que tiene que resolver el Minsal con este proveedor", edición del 8 de diciembre del 2020, recuperado de: https://www.24horas.cl/coronavirus/bellolio-y-deuda-reclamada-por-espacio-riesco-es-algo-que-tiene-que-resolver-el-minsal-con-este-proveedor-4561988

[5] Radio Cooperativa, “Asesora OMS adjudicó alza de casos en Chile al permiso de vacaciones: Sabíamos que esto iba a ocurrir”, edición del 5 de marzo de 2021, recuperado de: https://cooperativa.cl/noticias/sociedad/salud/coronavirus/asesora-oms-adjudico-alza-de-casos-en-chile-al-permiso-de-vacaciones/2021-03-05/121753.html

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