La ideología en la “desideologización” de la Dirección del Trabajo
En medio de los anuncios del gobierno sobre ajustes a la implementación de la ley de 40 horas y definiciones clave en la Dirección del Trabajo, se instaló una consigna que suena atractiva: la necesidad de "desideologizar" la Dirección del Trabajo. La frase pretende dar cuenta de una supuesta neutralidad y de énfasis en lo “técnico”. Pero si se examina con mayor detención, la idea resulta problemática. No sólo porque es conceptualmente débil, sino porque oculta una discusión mucho más profunda sobre el sentido del derecho del trabajo.
La primera dificultad es evidente. La pretensión de “desideologizar” la autoridad laboral es, en sí misma, una posición ideológica. Toda interpretación del derecho del trabajo descansa en determinadas concepciones sobre las relaciones laborales, así como del rol del Estado y sus instituciones en ellas.
Así que pretender que una institución como la Dirección del Trabajo pueda operar desde una suerte de “vacío ideológico” es, como mínimo, ingenuo. Por el contrario, cabe dudar de esa propuesta. Como enseñaba Barbagelata, el lenguaje jurídico laboral es "muchas veces intencionalmente ambiguo" y esa ambigüedad no es inocente, sino que es la forma a través de la cual se intenta presentar una visión particular como si fuera puramente técnica.
La propia trayectoria pública de quienes impulsan esta idea lo demuestra. El abogado David Oddó, quien ha sido señalado como posible director del trabajo, pese a que ha afirmado públicamente una crítica hacia la “captura de intereses políticos” respecto del Estado, ha planteado en ese mismo órgano posiciones que derivaron en diversos pronunciamientos sobre materias de derecho individual y colectivo que beneficiaron a la parte empleadora. Así fue cuando se eliminó el pago de la colación a trabajadoras que ejercían el derecho de alimentación y también cuando se reconoce a los grupos negociadores, debilitando a las organizaciones sindicales en las empresas.
Y precisamente bajo esta idea las declaraciones del Subsecretario del Trabajo en torno a modificar, mediante dictámenes, cuestiones relativas a la implementación de la ley de 40 horas, lo que simplemente confirma algo evidente: en materia laboral no existe el punto de vista neutral que se pretende señalar.
La idea termina de caer por su propio peso cuando abogados representantes de empresas plantean directamente una agenda que ya delineaba lo señalado en estos anuncios, proponiendo volver a la interpretación en materias de implementación de 40 horas y revisión del reglamento de Ley Karin. ¿Será entonces que la “desideologización” es simplemente la postura que favorece a los intereses de las empresas?
La segunda cuestión es más de fondo. Lo que muchas veces se critica como "ideología" corresponde en realidad al núcleo desde el cual se estructura el derecho del trabajo. Esta disciplina jurídica no surgió para regular relaciones entre partes iguales, sino precisamente porque esa igualdad formal no existe en la práctica. De ahí que la estructura del derecho laboral descanse en el "principio protector" como pilar de su identidad, una lógica reconocida tanto en la doctrina como en los instrumentos internacionales, que desde 1919 afirman que "el trabajo no es una mercancía".
Cuando se propone ocultar esa orientación bajo el argumento de la neutralidad, lo que en realidad se plantea es modificar el fundamento mismo de esta rama del derecho, intentando ajustarla a una deformación en la que exista un plano de igualdad entre empresas y trabajadores, que frente a esta diferencia esencial constatada, sólo favorece a la parte empresarial que detenta mayor poder.
Esta deformación también plantea una preocupación sobre el rol de una institución como la Dirección del Trabajo, que se encuentra abocada a la interpretación de la norma laboral en base a sus principios fundamentales que recogen esta constatación histórica, como el principio protector.
El problema se vuelve aún más visible cuando se observan las consecuencias prácticas de este discurso. Se ha señalado en debates y anuncios del gobierno, que la Dirección del Trabajo deberá concentrar su acción en materias como el cumplimiento de “obligaciones individuales esenciales”, materias de seguridad e higiene o la seguridad laboral. Nadie podría discutir la importancia de esas materias, sin embargo, por oposición, ese énfasis nos augura un desplazamiento de otras áreas que son igual de esenciales al tener la misma fuente.
Entre ellas aparecen no sólo nuevas regulaciones del derecho individual, como las derivadas de la Ley Karin que han visto un aumento explosivo en la actividad de la autoridad laboral que da cuenta del malestar en el trabajo, sino especialmente el conjunto de instituciones que estructuran el derecho colectivo del trabajo.
Esta omisión directa de materias de derechos colectivos, sólo confirma un viraje que es profundamente ideológico. Si, como dice Mario de la Cueva, el derecho colectivo es un “derecho político” o el “estatuto de una clase social”, entonces el efecto de "desideologizar" la labor de la Dirección del Trabajo a través de darle centralidad a ciertos aspectos de lo individual, podría significar despolitizar y desactivar ese poder social. No es extraño, por tanto, que el discurso de la neutralidad tienda a marginar el ámbito colectivo del trabajo.
Ahí cabe preguntarse a quién beneficia dicha posición, aunque la respuesta la encontramos en las experiencias ya vistas y anuncios ya comentados.
La discusión de fondo, entonces, no es si la autoridad debe actuar con precisión técnica. Eso es una exigencia básica de cualquier institución pública. La verdadera pregunta es otra: qué concepción del trabajo y del derecho del trabajo orientará su acción. Y se puede observar de forma clara la que está detrás de esta agenda de “desideologización”.
En el debate sobre el rol de la Dirección del Trabajo se ha instalado la idea de “desideologizar” su actuar, en una crítica hacia la gestión anterior y como un regreso a una supuesta rigurosidad técnica. Sin embargo, la idea resulta discutible.
No solo porque esto es en sí mismo una postura ideológica, sino porque en la práctica, este discurso ha estado acompañado de propuestas que relativizan la aplicación de ciertas normas, como ocurre respecto de las 40 horas, o que quieren desplazar el foco de la acción fiscalizadora hacia aspectos exclusivamente individuales y formales, en la línea de las propuestas desde el mundo empresarial.
Más que eliminar la “ideología”, lo que se observa es un intento por redefinir el sentido y alcance del derecho laboral desde una determinada visión de las relaciones de trabajo. Sin embargo, el derecho del trabajo no es una disciplina neutra. Surgió precisamente para corregir una desigualdad estructural entre empleadores y trabajadores, y por ello se organiza en torno a principios como el de protección, lo que abre la seria duda sobre cómo esta “desideologización” puede erosionar estas ideas básicas .
La discusión de fondo, entonces, no es si la Dirección del Trabajo debe actuar con rigor técnico, puesto que eso es el presupuesto de cualquier institución, sino qué concepción del trabajo y de la regulación estatal orientará ese ejercicio técnico.
José Ignacio Portiño
Abogado y Presidente de la Defensoría Popular de las y los Trabajadores
