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Prevaricación. Por Carlos López Dawson

LA RECTITUD

En todos los ámbitos hay seres humanos buenos y malos, de manera que no se puede generalizar con frases de que todos somos delincuentes o que todos somos corruptos. Hay muchas personas correctas. Un médico o un abogado pueden cometer un error en el ejercicio de su profesión entonces deberán reparar el mal causado. Lo mismo sucede con los jueces y los fiscales del Ministerio Público quienes pueden cometer varios delitos, incluyendo prevaricación, que consiste en dictar resoluciones o acusaciones injustas o arbitrarias, conociendo su injusticia o ignorando deliberadamente la ley. Pero, también pueden cometer el delito de abuso de autoridad que es abusar de su autoridad o poder para causar daño o perjuicio a alguien. Un delito que es difícil de probar es el cohecho, que es aceptar o solicitar sobornos o beneficios para influir en una decisión o acción. La negligencia o falta de diligencia o cuidado en el ejercicio de sus funciones, causando daño o perjuicio a las partes es también frecuente. A ellos se puede agregar los delitos de Violación de secreto, Obstrucción a la justicia y Falsedad. El Código Penal establece sanciones para estos delitos, que pueden incluir la destitución del cargo, multas, e incluso penas de prisión.

CASO SQM

Mucha publicidad se ha hecho ahora de un caso que involucra a esta empresa y mucha criticas respecto del fallo del 23 de octubre de 2025, Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal (TOP) de Santiago, que demorará 10 meses en ser redactado, absolvió a los últimos ocho acusados por el caso SQM –10 personas fueron condenadas previamente, por los mismos hechos, en juicios abreviados–, quizá una de las cosas más sorprendentes fue la interpretación del TOP en orden a que Pablo Longueira no era funcionario público… en momentos en que era senador.

Muchas críticas se han hecho contra esta resolución, y vale la pena mencionar la del exfiscal de la causa, Carlos Gajardo, quien por medio de su cuenta de X dijo que “el tribunal, para absolver del cohecho, estima que Longueira no actuó como funcionario público porque no se identificó como senador y porque no usó el correo institucional, sino el de Hotmail. ¿No me cree? Léalo usted mismo. Aberrante”, señaló, adjuntando un pantallazo que muestra uno de los considerandos del veredicto, el que efectivamente señala que, como Longueira envió un correo a Patricio Contesse (en ese tiempo, gerente general de SQM) desde su cuenta de Hotmail, en donde le adjuntaba el borrador de un proyecto de ley que beneficiaría a la empresa, este acto “no se efectuó en el ejercicio de sus funciones propias del cargo de senador, sino que como líder político vinculado al gobierno de quien fuera presidente de Chile entre los años 2010 y 2014, sin emplear correos institucionales ni identificarse como senador durante la realización de tales gestiones”.

También se pronunció en el mismo sentido el abogado querellante Mauricio Daza. En el programa Al Pan Pan, de El Mostrador, calificó ese razonamiento de “derechamente absurdo”, aseverando que “acá se le niega la calidad de funcionario público para absolverlo de cohecho, porque resulta que las comunicaciones donde se ponía de acuerdo para hacer gestiones a favor de SQM no las hacía a partir de su correo institucional @senado.cl, sino que lo hacía a partir de un correo privado Hotmail. ¿Qué relevancia tiene eso si el señor Longueira era senador?”, se preguntó.

La absolución decretada en la causa SQM Longueira, es por decir lo menos, extraña y ha sido ampliamente criticada. Se absuelve por dos motivos: por no estar acreditado que actuó en su calidad de senador solo por haber usado su correo electrónico particular y por qué el proceso se ha extendido en el tiempo sin respetar el derecho a una justicia oportuna. Eso es responsabilidad fundamentalmente de los jueces, en efecto las juezas de la mayoría olvidaron que la tramitación es su responsabilidad. Si bien hubo un voto de minoría, lo que permitirá anular la sentencia que carece de un argumento jurídico convincente. Según la acusación los imputados lo estaban por haber cometido el delito de facturas ideológicamente falsas, lo que estaba comprobado. Es el mismo delito por el que fue condenado el entonces senador Jovino Novoa.

Los abogados, fiscales y ex fiscales han criticado el fallo coincidiendo que la responsabilidad por la demora en juzgar es de los propios tribunales toda vez que no tiene por qué una audiencia de preparación de juicio oral durar un año y medio y menos qué una audiencia de juicio oral dure tres. Son los propios jueces los que alargaron la causa en el tiempo y ahora argumentan que la responsabilidad es de la Fiscalía.

Hay varios casos vinculados con SQM que tienen fallos favorables para la empresa. En diciembre de 2024 la Corte Suprema declaró la prescripción de un delito de apropiación indebida de acciones de los trabajadores que habían obtenido en un convenio colectivo a cambio de dinero que les adeudaba la empresa. Por obra de magia de repente las acciones desaparecieron. Al denunciarlo el tribunal penal constató el hecho, pero estimó que estaba prescrito, a pesar que si algunos trabajadores aún tenían sus acciones registradas pero la mayoría no. Lo interesante de este caso es que el Fiscal judicial advirtió sobre la irregularidad de la privatización, pero la magistratura no hizo caso.

Luego de casi 11 años de proceso judicial, casi tres de ellos en juicio oral, las partes ahora deberán esperar 10 meses para recién conocer la sentencia definitiva –la que será entregada en agosto de 2026, debido a la extensión del juicio– y recién entonces podrán interponer recursos de nulidad, destinados –si son acogidos– a que el juicio se repita.

Entre los principales acusados figuraban junto al exsenador de la UDI y exministro de Economía del primer Gobierno de Sebastián Piñera (2010-2014), Pablo Longueira, el exgerente general de SQM, Patricio Contesse y el actual candidato presidencial Marco Enríquez-Ominami y su exasesor Cristián Warner, quien se relacionaba con SQM. Los otros cuatro absueltos son la exsecretaria de Longueira, Carmen Luz Valdivieso, la exsecretaria de la UDI Marisol Cavieres Romero, el asesor y exmilitante de la Democracia Cristiana (DC) Marcelo Rozas, y el exdiputado de la Democracia Cristiana, Roberto León.

La absolución decretada en la causa SQM Longueira, es por decir lo menos, extraña y ha sido ampliamente criticada. Se absuelve por dos motivos: por no estar acreditado que actuó en su calidad de senador solo por haber usado su correo electrónico particular y por que el proceso se ha extendido en el tiempo sin respetar el derecho a una justicia oportuna. Eso es responsabilidad fundamentalmente de los jueces, en efecto las juezas de la mayoría olvidaron que la tramitación su responsabilidad. Si bien hubo un voto de minoría lo que permitirá anular la sentencia que carece de un argumento jurídico convincente. Según la acusación los imputados lo estaban por haber cometido el delito de facturas ideológicamente falsas, lo que estaba comprobado. Es el mismo delito por el que fue condenado el entonces senador Jovino Novoa.

Los abogados , fiscales y ex fiscales han criticado el fallo coincidiendo que la responsabilidad por la demora en juzgar es de los propios tribunales toda vez que no tiene por qué una audiencia de preparación de juicio oral durar un año y medio y menos qué una audiencia de juicio oral dure tres. Son los propios jueces los que alargaron la causa en el tiempo y ahora argumentan que la responsabilidad es de la Fiscalía.

Hay varios casos vinculados con SQM que tienen fallos favorables para la empresa. En diciembre de 2024 la Corte Suprema declaró la prescripción de un delito de apropiación indebida de acciones de los trabajadores que habían obtenido en un convenio colectivo a cambio de dinero que les adeudaba la empresa. Por obra de magia de repente las acciones desaparecieron. Al denunciarlo el tribunal penal constató el hecho, pero estimó que estaba prescrito, a pesar que si algunos trabajadores aún tenían sus acciones registradas pero la mayoría no. Lo interesante de este caso es que el Fiscal judicial advirtió sobre la irregularidad de la privatización, pero la magistratura no hizo caso.

UNA IMAGEN LAMENTABLE

La imagen de ineficiencia del sistema de justicia aparece cada día con más fuerza con los noticieros que dan cuenta de la puerta giratoria, de delincuentes en libertad que tienen numerosas anotaciones delictuales, por sentencias tan extrañas como las que comentamos, por acusaciones de corrupción contra ministros del poder judicial. Con ello se empaña la labor de cientos de jueces que cada día imparten correctamente justicia a lo largo del país.

REFORMA NECESARIA

La forma como la ley establece el procedimiento de elección de los jueces se presta para la corrupción como ha quedado probado en el caso denominado audio Hermosilla. Cuando en 1990 se discutió obtar por el sistema propuesto por el Grupo de Estudios Constitucionales, consistente en crear un Consejo de la Justicia responsable de nombrar a los jueces, fue rechazado ampliamente, entre los argumentos se dijo que ello iba a politizar el sistema judicial. Luego cuando una propuesta similar la hizo la Convención Constitucional, argumentos similares se opusieron, en todo caso murió junto al proyecto de nueva constitución.

Como sea, se requiere una profunda reforma que permita los habitantes de esta larga y angosta faja de tierra sentirnos seguros de obtener justicia.

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