El reciente caso Hermosilla, el cual está destapando graves hechos de corrupción en Chile (1), y que involucra al abogado Luis Hermosilla con eventuales pagos a funcionarios del Servicio de Impuestos Internos (SII), del Consejo de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) y nada menos que la Policía de Investigaciones (PDI), nuevamente pone en el centro de la discusión sobre la falta de una institucionalidad más sólida en lo que refiere a probidad y transparencia.
De ahí que este caso pueda verse no sólo como un escándalo más de una larga lista de episodios que nos debieran dar vergüenza como chilenas y chilenos, como se ve día a día con múltiples municipalidades, sino también como una oportunidad histórica de tomar medidas profundas y cambios estructurales que sirvan para dignificar el rol del Estado y las instituciones que lo sostienen.
Una de esas necesarias y urgentes reformas que se podrían realizar es que el Consejo para la Transparencia tenga rango constitucional, así como otros organismos autónomos como lo son el Banco Central, la Contraloría General de la República, el Consejo Nacional de Televisión, el Servicio Electoral, el Tribunal Constitucional o el Ministerio Público, los cuales se han visto muy fortalecidos por ser parte de la carta fundamental.
En consecuencia, lo que se trata es que las atribuciones que tiene actualmente el Consejo para la Transparencia (2), como lo son el promover, fiscalizar y sancionar a los órganos del Estado en materia de publicidad, transparencia y acceso a la información (actos, fundamentos y procedimientos), así como el nombramiento de sus consejeros, sean parte de la constitución, y no sólo como parte de la ley N°20.285 existente en el país (3).
En el mismo sentido, que el Consejo para la Transparencia esté en la carta fundamental, sólo potencia lo que aparece en el artículo 8 de la actual constitución (4),que obliga a que las funciones públicas se den en el marco de la probidad, entregando así una herramienta fiscalizadora y sancionadora potente, que lamentablemente aún ha costado que se dé a conocer su trabajo en la población en general, que desconoce su funcionamiento mayormente.
Asimismo, que el Consejo para la Transparencia tenga rango constitucional, permitirá que todas las comisiones y leyes que se han aprobado desde la vuelta a la democracia, en el marco de reformas políticas transversales por la probidad, tenga un órgano especializado mucho más fuerte en lo que respecta a rendición de cuentas por parte de las autoridades y de cumplimiento de una normativa que dé respuesta a una ciudadanía cansada, desconfiada y con un profundo malestar contra las instituciones en general.
Es en este último punto, el malestar social, que se vuelve primordial ver que la falta de transparencia y acceso a información pública solo lo profundiza y debilita la democracia, ya que da pie para que aparezcan sectores oportunistas, supuestamente iluminados y puros, que empiezan a hablar de casta política para solo disparar contra la institucionalidad, en vez de proponer reformas estructurales que se hagan cargo de verdad del problema.
Es cierto, a pesar de que la primera propuesta constitucional escrita en el 2022, no así la segunda del año pasado, estaba presente el Consejo para la Transparencia en el artículo 189 (5), tuvo un mal final en el resultado del plebiscito, pero no por eso vamos a dejar las cosas como están y negarnos a hacer reformas a la constitución vigente, que nos guste o no, es lo que tenemos y necesita cambios como este.
Por lo mismo, ya no estaremos en un momento constituyente en Chile, pero si en un momento que exige a las autoridades políticas a que crean en serio que la transparencia y el acceso a la información pública son un derecho humano que debe ser garantizado, tan importante como otros existentes, por lo que darle rango constitucional al Consejo para la Transparencia puede ser un nuevo comienzo para devolverle la confianza a los ciudadanos al Estado.
Por supuesto que esa confianza no será automática, una vez que el Consejo para la Transparencia sea parte de la constitución, pero es una señal firme y clara de que la corrupción no será aceptada nunca, a través de un órgano autónomo encargado específicamente de recibir denuncias de parte de chilenas y chilenos, que vean que se les están vulnerando sus derechos, teniendo el respaldo de una carta magna que debe ser reformada en esta materia.
Además, nadie podría poner en duda lo importante y positivo para el país que ha sido la creación del Consejo para la Transparencia, por lo que otorgarle más peso jurídico, atribuciones y más recursos se vuelve una obligación en estos momentos de descrédito de la institucionalidad, luego de distintos casos de corrupción existente.
Dicho todo lo anterior, esperemos que el poder ejecutivo y legislativo acuerden algo así tan importante para Chile, ad portas de una elección municipal y regional en el mes de octubre, que ponga a la transparencia como a la participación como sus principales banderas, para que la probidad sea una constante y se vuelva constumbre para todas y todos aquelllos que trabajamos en el sector público.
2: https://www.consejotransparencia.cl/
3: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=276363
4:https://www.camara.cl/camara/doc/leyes_normas/constitucion.pdf
5: https://www.chileconvencion.cl/wp-content/uploads/2022/07/Texto-Definitivo-CPR-2022-Tapas.pdf