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Situaciones irregulares que el Estado tolera. Por Patricio Herman

El Decreto Ley N° 3.516 de 1980 permite la subdivisión de los sectores rurales del país en predios rústicos de 5.000 m2 y así se han realizado miles de lucrativos negocios inmobiliarios ilegales en las llamadas parcelas de agrado, ello porque allí se han edificado viviendas vulnerando los artículos 1° 2° y 3° de ese cuerpo legal. Esto se ha producido pues las instituciones del Estado por muchos años no han fiscalizado adecuadamente, teniéndose en cuenta que ese cuerpo legal admite solo las subdivisiones para actividades agrícolas, ganaderas y forestales.

Pues bien, la Contraloría General de la República en diversas ocasiones ha dictaminado que estos negocios son contrarios a derecho y en esclarecedor fallo emitido el 26/11/2022 por la 3a. Sala de la Corte Suprema, rol N° 14.568-2021, paralizó las faenas del proyecto inmobiliario y turístico Punta Puertecillo, consistente en 295 parcelas de agrado de 5.000 m2 cada una, acogidas al DL 3.516 en un terreno costero rural de 217 hectáreas de la comuna de Litueche, en la región del Libertador Bernardo O’Higgins. La Corte también aplicó a los inversionistas una cuantiosa multa de varios miles de millones de pesos y les prohibió que sigan vendiendo dichas parcelas.

El año 2022 el ministro de Agricultura, Esteban Valenzuela, emitió unas circulares "vinculantes" al respecto para evitar la repetición de estos hechos, los que también están prohibidos en el artículo 55° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC). A pesar de ello, los especuladores buscando plusvalías territoriales promocionan en la prensa escrita, radios y canales de televisión estás prácticas indebidas y por ello en todas las zonas rurales del país, se observan casas de todo tipo.

El Ministerio de Bienes Nacionales, a través del tiempo, le ha asignado miles de terrenos e inmuebles (casas y edificios) a las distintas ramas de las FFAA para que sean utilizados en sus propias necesidades institucionales pero, vía la acomodaticia figura del Patrimonio de Afectación Fiscal (PAF), sus Comandos de Bienestar, cuando lo estiman conveniente, los ofrecen en el mercado inmobiliario en calidad de activos calificados como prescindentes, con el agravante de que el dinero recaudado ingresa a las arcas de dichos comandos. Por ello, años atrás con abogados y arquitectos, redactamos un proyecto de ley para regularizar la inequitativa situación, el que fue firmado e ingresado en la Cámara de Diputados por los diputados Rodrigo González (QEPD), Tomás Hirsch, Maya Fernández y otros.

Como transcurría el tiempo y no avanzaba su tramitación, nos reunimos con Galo Eidelstein, eminente dirigente del Partido Comunista (PC), en su condición de Subsecretario para las FFAA. El nos recibió amablemente con varios de sus asesores, entregándole copia del proyecto de ley, solicitándole que revisara la materia con la ministra de Defensa, Maya Fernández, curiosamente una de las firmantes del mismo. Nunca se conoció el resultado de esa gestión y por lo tanto todavía no existe una ley que "ordene la casa", declarando de todas maneras que el Estado tiene el ineludible deber de financiar, con los recursos necesarios a las FFAA, para que éstas garanticen la seguridad nacional.

Las llamadas viviendas económicas acogidas al DFL2, política establecida en el año 1959, son aquellas casas o departamentos que tienen hasta 140 m2 construidos, las que ostentan infinidad de beneficios tributarios, siendo las más importantes la rebaja parcial para sus dueños de las contribuciones de bienes raíces y hasta, ¡sorpréndase!, la exención total del pago del impuesto a la renta. Estas viviendas "económicas", leyendo la prensa, se ofrecen en el mercado en precios que llegan hasta las UF 20.000 y sin ir más lejos, los departamentos acogidos a esta mendaz figura, de los dos edificios terminados en el balneario de Maitencillo, si se produce en estos días la conciliación en la Corte Suprema, entre la municipalidad de Puchuncaví y la empresa Mar de Maitencillo S.A., se venderán en UF 18.000 cada uno.

De acuerdo al Oficio N° 1029 del 31/03/2023, entregado conforme a la Ley de Transparencia por el Servicio de Impuestos Internos (SII) a este columnista, existen más de 2.500.000 de este tipo de viviendas, cuyos propietarios, ya sea personas naturales como jurídicas, que se desenvuelven en el lucrativo negocio del alquiler, llamado en el mercado como renta residencial, no pagan ni un mísero peso de impuestos por los ingresos que reciben mes a mes de sus arrendatarios.

Hay 11 personas que tienen más de 2.000 de estas viviendas, otras 50 disponen de entre 501 y 1.999 de las mismas, unas 400 personas son dueñas de entre 51 y 500 de estas viviendas y hay 100.000 personas que tienen entre 3 y 50 de estas viviendas y si se multiplica un precio anual promedio de $ 10. 000.000 por cada alquiler, es cosa de digitar estas cifras en la calculadora del celular para concluir que este infundado regalo del Estado a aquellos regalones del establishment se debe terminar a la brevedad. A esta fecha, las cifras aumentan considerablemente.

Tenemos conocimiento que la reforma tributaria en discusión, contempla la eliminación del privilegio de no pagar impuestos por el alquiler de estas viviendas "económicas", pero también sabemos que los que defienden las regalías para aquellos que detentan el poder económico ponen trabas para su aprobación.

Conocedores de la debilidad del Estado, estamos seguros que 1.- las ilegales parcelas de agrado para conformar condominios habitacionales continuarán ejecutándose y 2.- la artificiosa fórmula de las PAF para que las ramas de las FFAA sigan vendiendo en el mercado inmobiliario los inmuebles fiscales que les han sido asignado por el Ministerio de Bienes Nacionales se mantendrá. En todo caso, existe la posibilidad de que este gobierno asuma su rol y termine con la exención tributaria para aquellos miles de inversionistas que se desenvuelven en la actividad de alquilar viviendas "económicas" DFL2.

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