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Una ley para desconectar el ruido, no la escuela. Por Juan Alejandro Henríquez

La reciente entrada en vigor de la Ley N.º 21.801 sobre prohibición y regulación del uso de dispositivos móviles electrónicos de comunicación personal en establecimientos educacionales de Chile instala una discusión necesaria, aunque incómoda, especialmente al preguntarse ¿cómo educar en un contexto donde los dispositivos móviles no solo median el acceso a la información, sino también la atención, la convivencia y, cada vez más, la construcción de identidad de niñas, niños y adolescentes? Lejos de una dicotomía simplista entre prohibición o permisividad, esta normativa propone algo más complejo, ya que obliga a reordenar el lugar de la tecnología en la escuela, reconociendo tanto sus potencialidades como sus riesgos.

Desde mi experiencia como profesor, este debate no es nuevo. Ya en el 2008, me encontraba compartiendo mi propia conexión a internet y utilizando mi notebook personal como recurso pedagógico en el aula, pero también vi como estudiantes de 13 o 14 años accedían y mostraban a sus compañeros, tanto en clases como en los recreos, fotos descargadas, en sus celulares, de portales dedicados a la pornografía. En ese momento, la tecnología en los establecimientos educativos era todavía escasa y su presencia se asociaba casi exclusivamente a oportunidades de acceso y equidad. Hoy, el escenario es distinto, ya que la masificación de los dispositivos móviles ha desplazado la pregunta desde el acceso hacia el sentido de su uso.

La ley establece una prohibición general del uso de dispositivos móviles en establecimientos de educación parvularia, básica y media, tanto para estudiantes como para el profesorado, con excepciones específicas de carácter pedagógico, de salud, inclusión o seguridad. Sin embargo, su aporte no radica en la restricción, sino en la incorporación explícita de la educación digital como principio formativo del sistema educativo. Esto implica reconocer que no basta con limitar el uso de la tecnología, es necesario educar en ella. En esta línea, las orientaciones del Ministerio de Educación enfatizan que la regulación no busca negar el valor de la tecnología, sino promover un uso intencionado, mediado y coherente con el desarrollo integral del estudiantado.

Y, sí, existe evidencia respecto a que cuando los dispositivos móviles se utilizan sin criterios pedagógicos ni mediación adulta, se asocian a problemas de atención, fragmentación del aprendizaje, alteraciones del sueño y dificultades en la convivencia. Pero cuando su uso es guiado, pertinente y situado, pueden favorecer la inclusión, la participación y el acceso al conocimiento.

El problema, por tanto, no es el dispositivo en sí, sino el ecosistema en el que se inserta. En particular y por dar un ejemplo, el uso intensivo de redes sociales por parte de menores de edad ha abierto un nuevo frente de preocupación y no es sólo el ciberacoso, que ya es algo sumamente preocupante. En los últimos meses, diversos procesos judiciales en curso, especialmente en Estados Unidos, han puesto en evidencia cómo ciertas plataformas han sido diseñadas deliberadamente para maximizar el tiempo de permanencia, utilizando mecanismos como el scroll infinito, las notificaciones constantes y sistemas de recompensa variable. Este diseño no es neutro, ya que incide directamente en la atención, la autoestima y el bienestar socioemocional de niños, niñas y adolescentes. Prueba de ello, podemos considerar los episodios recientes sobre amenazas al interior de establecimientos educativos de diversas regiones, donde estudiantes han señalado estar respondiendo a un reto viral luego de la muerte de una inspectora de colegio en Calama.

En este contexto, la política pública y la escuela no puede limitarse a prohibir, debe formar. Y esta formación no puede reducirse a habilidades técnicas, sino que está llamada a incorporar una alfabetización digital crítica, ética y situada.

Aquí es donde propongo el concepto de hospitalidad digital, la cual es entendida como una ética de acogida en entornos tecnológicos, propone reconocer al otro, al estudiantado, en su condición de sujeto de derechos, promoviendo prácticas educativas que no excluyan, que no profundicen brechas y que favorezcan una relación consciente con la tecnología. Porque no todas las trayectorias digitales son iguales. En Chile, una proporción significativa de estudiantes accede a internet exclusivamente a través de dispositivos móviles. En estos casos, el teléfono no es sólo un distractor, sino el principal medio de conexión al mundo digital. Una implementación rígida o descontextualizada de la ley podría, paradójicamente, profundizar las desigualdades que busca mitigar. De ahí la importancia de que las comunidades educativas adapten sus reglamentos internos considerando sus propias realidades, pero también, el Estado debe asegurar todas las condiciones mínimas para lograr el anhelado objetivo de la alfabetización digital para todos y todas, incluyendo el desafío de una infraestructura tecno-pedagógica adecuada. No es el profesorado el primer grupo responsable ni tampoco la familia, es la sociedad en su conjunto, bajo un delicado entramado de relaciones basadas en la confianza y el entendimiento.

La implementación de esta ley, entonces, no debiera entenderse como un acto administrativo, sino como un proceso pedagógico. Implica escuchar al profesorado, comprender las dinámicas familiares y, sobre todo, reconocer la voz del estudiantado. Implica también generar acuerdos, diseñar estrategias de acompañamiento y formar en ciudadanía digital.

Regular el uso de dispositivos móviles personales en la escuela es, en definitiva, una oportunidad. No para apagar la tecnología, sino para devolverle sentido. No para aislar a estudiantes y docentes del mundo digital, sino para preparar mejor a los primeros en habitarlo críticamente. Desconectemos el ruido, no la educación ni la escuela.

Director fundador del Laboratorio de Educación y Tecnologías Digitales _ Hospitalidad Digital
Docente e investigador universitario

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