En kioscos: Abril 2024
Suscripción Comprar
es | fr | en | +
Accéder au menu

¿Chile tiene derecho a huelga? Por Juan Moreno Gamboa

La constitución chilena consagra expresamente el derecho a huelga de los trabajadores y, si bien este derecho es reconocido a nivel constitucional, es el legislador quien con los años ha limitado y restringido el derecho a huelga, a pesar de los cambios legales realizados en democracia. El Estado sigue en deuda con los trabajadores.

Nuestra legislación sitúa la huelga como una etapa más del proceso de negociación colectiva, las que son: presentación del proyecto del contrato colectivo, respuesta del empleador, impugnaciones y reclamaciones, período de negociación, mediación, huelga y finalmente el acuerdo y reanudación de faenas.

En múltiples oportunidades, la OIT ha llamado la atención al Estado por las numerosas restricciones que se establecen para el ejercicio de este derecho. Vemos que el derecho a huelga se restringe solo al proceso de negociación y no permite la huelga en otras instancias (aunque existe jurisprudencia que indica lo contrario).

¿Podemos decir entonces que existe efectivamente el derecho a huelga en Chile, si no más de un 2% de los trabajadores hace uso de la huelga como herramienta de la negociación?, ¿podemos decir que la huelga es un derecho consagrado?, ¿cuál es el miedo a iniciar una huelga?

El Estado consistentemente ha ido limitando el real derecho a huelga, la última reforma, la ley 20.940 (2016) pone aún más trabas para el ejercicio sindical, desde la conformación del sindicato, hasta el cómo se debe hacer efectiva la huelga. Esta es la principal causa tanto para el bajo nivel de sindicalización en el país, como para el mínimo uso efectivo del derecho a huelga.

En los últimos 40 años este derecho se ha ido restringiendo, en gran medida por el debilitamiento del sindicalismo y el crecimiento del modelo neoliberal que nos muestra el trabajo dependiente, como el motor de movilidad social. Nos educan con la idea que el trabajo hay que protegerlo, que es mejor no hacer ruido o reclamar, que afuera está difícil encontrar trabajo. Estas ideas sobre el trabajo, instauradas en las últimas décadas, más que generadoras de movilidad social, han sido el catalizador del miedo laboral, principalmente en el miedo a la cesantía, el gran monstruo con que el empresariado intimida a los trabajadores y nos ha llevado a evitar el conflicto entre el trabajador y el empresariado.

Estamos concientes que la ley 20.940, fue un llamado a “emparejar la cancha entre trabajadores y empresariado”, ha estado lejos de cumplir su rol fundamental de garantizar los derechos mínimos de los trabajadores y de configurar los mecanismos de protección eficientes, al momento de que el movimiento sindical haga el uso del derecho a huelga, como herramienta de negociación. En gran medida esto sucedió porque en la discusión y tramitación de esta ley, ni trabajadores, ni académicos y menos el mundo sindical estuvo presente en la discusión.

Desarticulación sindical

Han pasado tres años de la promulgación de la ley 20.940 y vemos con temor que sistemáticamente el empresariado está castigando a los trabajadores que hacen uso de la huelga como herramienta de negociación y, si bien durante la huelga los trabajadores estamos protegidos, contamos con fuero y esto se respeta –aunque hay miles de excepciones- debemos preguntarnos ¿qué está pasando actualmente cuando termina la negociación colectiva y el fuero legal que ésta otorga?

Aunque la Constitución consagre el derecho a huelga, lo que pasa con posterioridad a ésta es una de las causas principales del por qué este derecho no se ejerce.

Las represalias post huelga ya son un hecho habitual en nuestro país y podemos ver cómo los pocos valientes que ejercen este derecho son castigados y reprimidos por el empresariado. La persecución y hostigamiento termina generalmente en despidos o renuncias forzadas, despidos injustificados, que en la mayoría de los casos son ataques directos al movimiento sindical que ha realizado la paralización, generando la desarticulación del sindicato y la posterior pérdida de fuerza.

Es lamentable, pero con el miedo instalado en el colectivo, el ejercicio de la huelga será cada vez menor, el castigo que viven los trabajadores finalizado el fuero es el limitador principal de este derecho. Y sobre esto, ya existen precedentes para los trabajadores.

Creemos que es de vital importancia para consagrar el derecho a la huelga de los trabajadores, que nos levantemos y pidamos al Congreso una ley que proteja al trabajador y se introduzcan reformas legales que protejan a los trabajadores no solo durante la negociación, sino también post huelga y que de facultades a los entes fiscalizadores de supervigilar el actuar de la empresa y que castigue severamente a aquellos empresarios que arteramente intentan socavar y destruir los movimientos sindicales con prácticas inmorales una vez terminada la huelga.

— 

Juan Moreno es Presidente del Sindicato Interempresa de Trabajadores de Walmart Chile, SIL

Compartir este artículo