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Huelga de hambre en el prisionero de conciencia y "tratamientos forzados” por José Venturelli

Una discusión en un país donde no se discute (oficialmente, por lo menos) la necesidad de respetar los derechos más básicos, como el de la Autonomía ante la vida y las terapias. La razón para no discutirlos es porque estos derechos se violan.

El artículo “Huelga de hambre y Estado de Derecho” de Antonio Bascuñan, escrito el año pasado y que presenta ahora Mapuexpress (http://elpost.cl/content/huelga-de-hambre-y-estado-de-derecho) fue originalmente publicado en El Post (http://elpost.cl/content/huelga-de-hambre-y-estado-de-derecho) tiene una visión que es respetable y adecuada. Incompleta en algunos aspectos que quiero discutir por la relevancia que tiene en este momento.

Si bien el autor acepta el principio de que la autonomía de las personas es más importante que "las razones del Estado" para no deben violar esa autonomía creo que debemos llevar el análisis más lejos, especialmente porque el estado chileno (Gobierno y Cortes de Justicia) están a punto de cometer un delito adicional.

El artículo no va más lejos y termina indicando que el debate sobre que es la autonomía y lo que debe determinarla no se ha hecho en Chile. Este no es el caso en el extranjero donde, ya hace mucho tiempo se ha avanzado enormemente. Existen películas, centradas exclusivamente en el contexto de enfermedad y terapia, de enfermedades que son terminales y progresivas (cáncer incurable a pesar de todas las terapias llamadas de modo eufemístico, heroicas, que no sólo no impiden la muerte sino que se transforman en agonías intolerables para el individuo, y son carísimas) También están aquellas enfermedades o condiciones que sin ser progresivas ni terminales. Este es el caso del film español (“Mar adentro" 2004, actúa el artista Javier Bardem. Es un hombre que sufrió una lesión en un accidente en el mar que lo deja tetraplégico (parálisis con pérdida de la sensibilidad y movimiento desde el cuello abajo).

Es curioso que el director del film es chileno de nacimiento, Alejandro Amenábar, y vive en España donde trabaja) El film, adecuadamente, discute el problema de la autonomía de una decisión para pedir muerte asistida, porque la calidad de vida es intolerable, que es razonamiento ético central del principio de autonomía. Ella determina la decisión de un individuo. Y esto es lo que los especialistas en ética consideran como la razón central decidir. Y es una decisión personal que debe ser respetada. Anteriormente, en cierto modo, esto ya se había determinado en las discusiones que llevaron al rechazo ético mundial de la pena de muerte.

Los encarcelamientos injustos, como los que vemos en esta situación, se transforman en condenas a vida y de vida por el recurso de las leyes injustas que les son aplicadas. Y esto es evidente para los detenidos, para sus familias y para todo el pueblo mapuche.

La calidad de vida es algo que debemos siempre identificar porque estos casos de forzar terapias o respetar el derecho, en el caso de enfermedades, a una “muerte digna” sucede en todas las edades. Desde el recién nacido hasta el anciano.

Los ancianos con enfermedades terminales con demencia progresiva e irreversible, para las que no hay tratamientos eficientes, es hoy uno de los casos más comunes. Persistir en tratarlos y resucitarlos es lo que se llama “terapias fútiles” 1, o inútiles. En realidad son más que inútiles: son peligrosas, de alto costo t violan el principio de autonomía y de la calidad de vida. En el otro extremo de la vida podemos encontrar muchísimas enfermedades congénitas o adquiridas que impiden toda calidad de vida. Así, un feto diagnosticado antes de nacer con ultrasonido de holoprocencefalia (una condición congénita en que el cerebro tiene tales anomalías que llevan a la muerte muy temprano en la vida y que impide una vida normal. de total dependencia y sin capacidad de funcionamiento independiente, emocional o creativa) puede plantear problema éticos mayores.

Hemos visto como los padres llegan a ser forzados (por el Estado, Hospital, Médicos u otros grupos: un miembro de la familia, grupos religiosos) a permitir que los tratamientos más agresivos, con el dolor y agonía que sí producen, sea mantenido vivo a toco costo hasta que el recién nacido fallece.

Es sobre calidad de vida que el diálogo entre la sociedad (abogados, sistema de salud, y otros) y quienes tengan la custodia del paciente (generalmente los padres) se deben hacer y decidir si se hacen estas terapias heroicas o no. Los conflictos en lugares como Chile ocurren porque, de modo irracional, grupos que actúan como fundamentalistas y sin razones éticas impiden que prevalezca una toma de decisiones que respeten este principio de autonomía. Y este no es antojadizo: debe basarse en los conceptos de calidad de vida. Y eso tiene variaciones entre las personas: por ejemplo, para los que exigían que los presos (aquellos que la autoridad tiene detenidos) irlandeses debían “vivir” y no “dejarlos morir” era simple y tomaban la vida como un fin en sí. Este era de represión y castigo y, por ese mismo castigo esa vida les era importante. Castigar y amedrentar. Hacer escarnio.

Para los presos en huelga, ellos habían llegado al punto de que sus vidas, sin las libertades que exigían, no eran vidas dignas de vivirse. Nada diferente de lo que vemos con el pueblo mapuche. Por ejemplo, en Chile "aún se evita" discutir estos temas por razones múltiples, pero, generalmente porque quienes exigen “tratar sin exclusiones” ven un sentido para ellos mismos: castigar a los que presentan como sus enemigos. Es el ensañamiento: un acto de sadismo, en realidad. Y es el establecimiento del poder el que se ha negado a reconocer que sus funciones tienen repercusiones éticas importantes. Se escudan detrás de un “en Chile las leyes se cumplen, olvidándose del origen de esas leyes y de las razones para las que fueron promulgadas.

Entre los profesionales médicos los hay que pretenden que ellos hacen lo que los pacientes o familias les mandan. Es un concepto escapista, basado mucho en ignorancia y en una potencial consideración mercantilista: "ellos son los que me pagan". A menudo esto es apoyado por los sistemas de salud primordialmente privados, donde la salud es considerada una mercancía) partes pero la norma es que la calidad de vida debe determinar la decisión del individuo (o quienes tengan la custodia o poder de decisión como es el caso de estos recién nacidos). Pero nada se dice de la obligación ética del médico mismo, enfrentado a detenidos políticos en huelga de hambre y para los que el Estado, mediante órdenes de sus jefes o con documentos legales (aunque ilegítimos) les obliga a “tratarlos”. Las sociedades medicas, la chilena incluida tienen códigos muy estrictos en este caso. (Lo que no quiere decir que esto sí se cumpla) Ningún órgano de estado o autoridad tiene el derecho de obligar a un profesional a imponer por la fuerza terapias que el que las reciba –un preso político en este caso) rechaza aceptar.

Pero, en el Chile acostumbrado a la represión como expresión cotidiana y que se “quedó pegada” como rutina por el miedo impuesto durante la dictadura se siguen violando estos principios. Y se esconde, como se ha hecho con los desaparecidos, los torturados, (hasta los niños desaparecidos y torturados!) Una razón, sin duda, es el uso de miedo que se manifiesta con las enormes limitaciones que existen en Chile de respetar el derecho a informar y el de ser informado. Y ese miedo también tiene su base entre los que dominan el país a perder sus privilegios. Los profesionales en centros militarizados y en gendarmerías son profesionales de muy alto riesgo a ser obligados a efectivamente violar el principio de autonomía. Así, efectivamente, el estado los transforma en torturadores.

Los códigos de ética prohíben esas acciones. Sin embargo sólo ahora se lleva adelante el diálogo entre los médicos.

El haber tenido el Código de Ética no impidió que se hiciese silencio cuando Patricia Troncoso, detenida Mapuche con montajes fue textualmente “torturada para ser alimentada a la fuerza” . El Colegio Médico de Chile, en ese momento no sólo se mantuvo en silencio sino que, venido el momento en que se sintió que su vida peligraba, dio el consejo a los médicos “que había que darle alimentación y no dejarla morir”. En otras legislaciones eso le habría significado juicios muy, pero muy onerosos a quienes lo hicieron y a quienes actuaron como consultores y que faltaron a la ética por ellos mismos aceptada. Había allí también el delito de connivencia entre los represores y los detentores del poder económico, y, en forma subrepticia, se prefirió aparecer como salvavidas y evitar tener problemas con el poder establecido. Además, la prensa y otros medios, lo esconderían. Como entonces sucedió 1.

En el caso que golpea a la sociedad chilena está centrado en el hecho de que la Autonomía se niega a un individuo por el Estado (fundamentalmente por acciones de el aparato de Justicia, que tiene un sesgo inmenso ya que está supeditado no a las normas de justicia sino a las que le sirven a un sistema altamente represivo que, además criminaliza a quienes se le opongan)

• Hay algunas premisas que es necesario identificar: • Estado de autovalencia e independencia del huelguista de hambre (en este caso, el preso político en huelga de hambre que ha sido detenido en el ejercicio de sus derechos fundamentales y que son apoyados por todos los organismos de Derechos Humanos además de los organismos mundiales normativos, como Naciones Unidas en todas sus dependencias que tratan del derecho a la Autonomía y también las relacionadas con los derechos fundamentales de los pueblos indígenas.

• En el caso concreto de los presos políticos mapuche, no hay duda alguna de que su decisión es el resultado de un proceso consciente, autónomo, en el que los individuos considera sus opciones personales y sociales.

• La calidad de vida estos individuos está directamente determinada por el estado de sus derechos fundamentales: sus tierras, cultura, comunidades, idioma, subsistencia, capacidad de movimientos y estilo de vida fueron afectados gravemente por la invasión, primero de los españoles y, luego, por la imposición del Estado chileno que, en ningún momento liberó al país y, menos aún fue un proceso de independencia de los pueblos chilenos. Los mapuche fueron mantenidos en situaciones de exclusión, pobreza impuesta e incorregible en el sistema impuesto. Pobreza en todas las expresiones de la vida del pueblo Mapuche.

• Los presos políticos mapuche fueron detenidos con una ley anti-terrorista que viola todos los principios del derecho del detenido y del debido proceso. (Nótese que este derecho está consignado en las leyes chilenas de la Constitución que está en ejercicio desde la dictadura y las llamadas reformas no han alterado esa situación. El problema es que la Constitución “reformada” por la Administración del Presidente Lagos “mejoró’ para los fines de la represión, la Ley Anti-Terrorista (LAT) y, esta se sobrepone a las demás leyes.

• La LAT ha quebrado el principio de que todo ciudadano de este país tiene derecho a una Defensa. “Sin Defensa no hay justicia” dice el emblema de la defensoría Nacional Pública. Este hecho, que ha persistido por cerca de 30 años ha también llevado al pueblo mapuche a indicar que, en esos términos, la ciudadanía chilena les ha sido impuesta y no la aceptan. Situación complicada porque es similar a la de un pueblo bajo un estado que ejerce un poder tipo Apartheid, como lo fuera el Estado Sud-Africano (blanco) contra la mayoría negra. Más aún existe una no declarada pero efectiva en los hechos, guerra de baja intensidad o “guerra sucia”.

• El sistema judicial chileno ha usado la llamada “puerta giratoria” que permite al Ministerio Público detener de modo repetitivo a quienes desee. De hecho los detenidos llevan más de dos años, varios 6 y 7. Se detiene a familiares, a niños ( Contra estos hay una política de abuso que ha sido denunciada y que exaspera a los comuneros de forma inmensa.

• El Ministerio Público, que es el que ejerce el brazo represivo, anuncia sin problemas que “les va a dar condenas a perpetuidad o a 100 o más años”. Esta aberración judicial lleva al prisionero de consciencia a encontrarse en un callejón sin salida. Por una parte es estimulado a, es lícito hacerlo y debe ser apoyado (con normas como el Convenio 169 de la OIT) a recuperar sus derechos fundamentales (que incluyen sus tierras ancestrales y todo lo que eso conlleva) . Sin embargo, es este mismo Estado el que lo criminaliza, detiene, tortura y le extrae ”confesiones” que la LAT acepta como “legítimas y legales” y que son las únicas pruebas presentadas como evidencia! Este cuadro de verse encerrado en una situación sin salida (en que la misma Corte Suprema pasa por encima de los veredictos de dos cortes que los habían sobreseído precisamente porque los juicios eran inválidos y, aceptan “las pruebas” de un fiscal calificado como prevaricador por los observadores internacionales, los vuelve a condenar) y es lo que lleva al detenido, cuando lo ha hecho antes y se ve forzado a hacerlo de nuevo, a persistir en su huelga de hambre. Esta ocurre exclusivamente porque sus derechos de vida son violados.

• La calidad de vida ha sido violada y es inaceptable para vivirla. Este principio de autonomía es válido y violarlo sólo pone al Estado en la situación repetitiva de “patear la pelota hacia delante”, es decir, usar a cada momento las opciones represivas que son las que se dan este momento.

• La negación del gobierno y del Estado a permitir que los detenidos sean respetados legalmente, que tengan los derechos del detenido (y no el ser tratados con el Código Penal del Enemigo) y sean juzgados con el debido proceso invalidan el juicio. La confirmación por la Corte Suprema, que se erige como “la última palabra” y “que ahora les queda sólo cumplir las penas”, dicho por el portavoz de la Corte Suprema, los pone en derecho lógico, legítimo, legal y social de rechazar, con la única herramienta que tienen, la alimentación. La represión es tal que no les queda otra alternativa porque la calidad de vida no les es aceptable. Y ese derecho es de ellos y nadie, a menos que sen los mismos que los reprimen, debería alterarlo Estas son las situaciones que llevan a la huelga de hambre y, bajo ningún punto de vista ético, social o moral es sostenible el que ahora, mediante un “recurso de protección del Estado, puedan impedirles seguir hasta el punto que ellos determinen en su huelga de hambre. No son suicidas ni dementes: son presos políticos y el derecho de autonomía no se pierde en la cárcel. Esta es la razón por la que en Chile, bajo el poder establecido y sus leyes impuestas de modo anti-democrático e ilegítimo, tampoco han querido discutir los aspectos éticos mencionados por el académico Antonio Bascuñán. Mucho menos establecer un proceso que lleve a una Asamblea Constituyente en que el pueblo, adecuadamente representado (no bajo un Parlamento impuesto, de tipo binominal que impide la expresión de amplios sectores de la sociedad). El recurso de protección que quieren implementar a la fuerza (y que ya ha sido claramente descrito como sesiones de tortura por quienes los han experimentado en Chile Mapuche y no mapuche) y en otros lugares del mundo (Irlanda, Inglaterra, entre otros) al que se oponen los detenidos, sus familias y sectores crecientes de la sociedad chilena es totalmente insostenible si se pretende que vivimos en un Estado Democrático de Derecho.

• El intento de pretenderse “sensibles, humanistas, de defensores de la vida” cuando se ha hecho todo porque esas vidas no sean viables, respetadas y plenas es una farsa. Especialmente porque es la vida misma la que el Estado y el Gobierno están destruyendo. Cuando acusan a quienes defienden el derecho de autonomía de los presos políticos en huelga de hambre no pueden substanciar lo que dicen. La medida única es respetar los derechos de todos y cada uno. Y hacerlo ahora porque esos crímenes que está cometiendo pasarán a la historia con los nombres de cada uno de los que los están perpetrando.

• Una pregunta formulada a Antonio Bascuñán en la revista original, es, “¿Y quien decide si el paciente, a consecuencia se huelga de hambre llega a un punto de perder el conocimiento y es incapaz de decir nada?: El asunto es muy simple: el médico responsable y quien ha establecido la relación con el huelguista de hambre ha debido comprobar de que él o ella está en buenas condiciones mentales, de que no hay coerción en tomar la decisión –estas conversaciones son absolutamente confidenciales y a lo más con un testigo familiar o legal designado por el detenido. Un acuerdo ha sido tomado que, de no cambiar la decisión del detenido, no debe cambiarse por ningún motivo. La decisión fue tomada cuando estaba en perfectas condiciones y esa incluía el momento en que, como consecuencia lógica del ayuno, lo llevaría a ese estado de discapacidad. Y eso no se cambia porque el punto final ya había anticipado la decisión. Para detalles ver el documento Declaración de Malta de la Asociación Médica Mundial sobre las Personas en Huelga de Hambre http://www.wma.net/es/30publications/10policies/h31/ Este es el contexto para un enfoque éticamente correcto, respetuoso del derecho de autonomía de todos los individuos. Los cambios antojadizos deben ser razón para revisar el contexto. Sin duda, la idea más cercana al contexto no es de un suicidio, como lo indicara en televisión el mismo Presidente Piñera, sino el de un crimen social en el que autoridades y el estado se han coludido hasta el último minuto. Incluyendo el de criminalizar y declarar a la víctima como culpable y suicida.

• La decisión en estos casos debe ser tomada respetando los principios más estricto del derecho de autonomía. Especialmente cuando la solución más simple y correcta es que se suprima la causa misma de las huelgas de hambre. Y eso se hace declarando nulo los juicios viciados impuestos, devolviendo la libertad y, bajo normas legales democráticas, re=evaluar los casos en cuestión. Sin dejar de olvidar que esta vez los presos ya llevan mucho tiempo detenidos de modo arbitrario, como lo han confirmado dos cortes judiciales del país y miles de personas que han actuado como observadores y defensores de los derechos humanos. E, elemento de la reparación y de la discusión respetuosa de las demandas mapuche sobre sus derechos debe ser la conclusión. La que nos permitirá avanzar hacia un país honrado y honesto para todos. Que todos queremos y quisiéramos construir.

José Venturelli, Pediatra
Profesor Emérito de Pediatría y Terapia Intensiva Universidad de McMaster, Hamilton, Ontario – Canadá
Vocero del Secretariado Europeo de la Comisión Ética Contra la Tortura CECT-SE

joseventurelli@gmail.com

21 Una terapia médica fútil (inútil) es todo tratamiento que en términos razonables no consigue ofrecer que el paciente sane, consiga paliar, mejorar o restablecer una calidad de vida que sea satisfactoria al paciente. Esto incluye también a cualquier tratamiento que cause sufrimientos superiores a cualquier éxito o beneficios para el paciente (Medically futile therapy guidelines: Medical Society of New Jersey: www.medicallyfutiletherapyguidelines.pdf

1 El autor de este artículo, entonces intentó discutir de modo infructuoso con las autoridades, escribiéndole incluso a la Presidenta de la República, médica ella misma, pero no hubo respuesta a ninguna de las tres cartas entregadas. El poder se cree permitido que todo puede ser considerado como “razón de estado”. Esa es una de las más comunes bases para la corrupción y las violaciones de los derechos humanos. Y eso es lo que está en juego: ¿Queremos una sociedad que efectivamente provea, asegure los derechos humanos y la justicia para todos y respetarla sin excepciones? a. El Colegio Médico de Chile es signatario de la declaración de Tokio, adoptada en la 29ª. Asamblea Médica Mundial de Tokio, Septiembre 1975 http://www.wma.net/e/policy/c18.htm) que indica, a la letra (versión española oficial)

5. “El médico debe gozar de una completa independencia clínica para decidir el tipo de atención médica para la persona bajo su responsabilidad. El papel fundamental del médico es aliviar el sufrimiento del ser humano, sin que ningún motivo, personal, colectivo o político, lo aleje de este noble objetivo.”

6. “En el caso de un prisionero que rechace alimentos y a quien el médico considera capaz de comprender racional y sanamente las consecuencias de dicho rechazo voluntario de alimentación, no deberá ser alimentado artificialmente. La decisión sobre la capacidad racional del prisionero debe ser confirmada al menos por otro médico ajeno al caso. El médico deberá explicar al prisionero las consecuencias de su rechazo a alimentarse.”

7. La Asociación Médica Mundial respaldará y debe instar a la comunidad internacional, asociaciones médicas nacionales y colegas médicos a apoyar al médico y a su familia frente a amenazas o represalias recibidas por haberse negado a aceptar el uso de la tortura y otras formas de trato cruel, inhumano o degradante.”

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