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La injusticia social, una aporía remediable. por Carlos López Dawson

UN DELITO IMPUNE

Una de las aporías del sistema legal es la discriminación que existe entre el trabajador y el empresario. En efecto, toda persona puede realizar actividades y esa capacidad de hacer lo puede vender a otros bajo diversas formas, se puede afirmar entonces que todos somos dueños, propietarios de nuestra capacidad de trabajo, sea física o intelectual.

En las relaciones laborales se vende esa fuerza de trabajo a cambio de un precio y se formaliza en un contrato de trabajo, el incumplimiento del contrato puede dar lugar a sanciones y al término del contrato. El contrato de trabajo convierte la venta de la fuerza de trabajo en un valor monetario que es propiedad del trabajador.

El no pago de remuneraciones sin fundamento contractual es en realidad el delito de apropiación indebida, una suerte de hurto de un bien mueble, como es dinero, que es propiedad del trabajador. Esto sucede todos los días y los que se apropian ilegalmente de ese bien del trabajador solo son considerados deudores en circunstancia que nunca el trabajador ha prestado ese dinero al empleador.

La conducta del empleador, consistente en apropiarse o distraer el dinero de las cotizaciones de Administradoras de Fondos de Pensiones (AFPs, en adelante) que hubiere descontado de la remuneración del trabajador, cometida en perjuicio del trabajador o de sus derechohabientes, constituye el delito de apropiación indebida. Éste es sancionado en el artículo 13 de la Ley N° 17.322, sobre normas para la cobranza judicial de cotizaciones, aportes y multas de las instituciones de seguridad social, y en el artículo 467 del Código Penal. Las sanciones son pena privativa de libertad de 61 días a 5 años, y multa de 1 a 30 Unidades Tributarias Mensuales ($443.146 a $1.208.580 aproximadamente), según el monto de la defraudación. Ahora bien, siendo importante para los derechos de las personas esta norma, no se entiende porque la legislación no tiene el mismo criterio respecto de las remuneraciones que son de propiedad del trabajador, pero la legislación no lo considera así.

Superar las aporías del discurso liberal son los desafíos del humanismo, es decir hacer compatibles las ansias de renovación con los derechos reales y vivénciales de la persona humana, teniendo presente que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta de San Francisco de 1945 su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad del valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad.

LA NECESARIA COHERENCIA

Los estados miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre.

Los tratados sobre derechos humanos no son tratados multilaterales clásicos, por cuanto su objeto y fin son la protección de los derechos fundamentales de los derechos humanos, independientemente de su nacionalidad, tanto frente a su propio estado o como frente a los otros estados contratantes.

Los Derechos Fundamentales nacen para “proteger al individuo” de este enorme poder depositado en esta entidad política llamada Estado, “para que estemos en presencia de una valoración de los derechos básicos de la persona humana es menester que haya una acción u omisión del estado que perjudique un bien esencial de la persona, no son los actos individuales de violencias los que constituyen violaciones de derechos humanos sino que es la indiferencia o incapacidad del Estado para prevenir, impedir o sancionar eficazmente aquellos mismos actos de violencia” para lo cual utilizara este mismo poder conferido y de esta manera garantizara estos derechos. De esta manera, el Estado no solo será una matriz de opresión, sino también de “libertad”.

Los derechos fundamentales estructuran la forma de Estado y por lo tanto la forma de sociedad y lo que permitirá a su vez controlar la actuación de los poderes públicos, donde las personas podrán evaluar a criterio propio las actuaciones de estos poderes. Y en ese contexto jurídico la discriminación estructural a que hacemos referencia más arriba resulta una aporía que por cierto es remediable con una legislación en la lógica de los derechos humanos.

EN BÚSQUEDA DE LA RAZÓN DEL SER.

Si bien aún hay sociedades que no reconocen los derechos humanos ni en el derecho ni en sus culturas, el contexto y la practica internacional avanzan en su auténtica mundialización, de manera que es posible sostener que los Estados que no respetan los derechos humanos constituyen a su vez una aporía. Lo que hoy nos preocupa es ¿qué entenderemos sobre derechos humanos en el futuro? Los módulos temáticos sobre los cuales hoy se discute en la academia son:

Trayectorias y obstáculos en la construcción de un derecho penal internacional: Impunidad, amnistías y reconciliaciones a la luz de las experiencias recientes. Las organizaciones internacionales, los actores institucionales y las situaciones de conflicto: Problemas de legitimación de una comunidad internacional. Paz, guerra, violencia: La necesidad de evaluar y situar la acción y la legitimidad de las instituciones internacionales. Inmigrantes, refugiados y exiliados: La situación del derecho de asilo en el marco internacional entre urgencias y políticas estatales. Dilemas y medios de la protección y de las garantías: Colectividades, individuos y categorías de personas según la Declaración Universal de los Derechos Humanos y que la Comunidad Internacional viene tratando de regular en diversos acuerdos, tratados y convenios bilaterales y multilaterales de diversos alcances en los que se trata los derechos fundamentales desde las más diversas perspectivas, tales como derechos civiles y políticos, culturales, sociales y económicos, incluida la protección del medio ambiente y los laborales.

En este contexto parece necesario tener presente los recientes acontecimientos mundiales que afectan el ámbito internacional y sus repercusiones en el ámbito de los derechos humanos, incluido el respeto de la soberanía y la democracia.. Usar el derecho internacional para imponer a otros tu propia política ha sido una práctica común en la historia de la humanidad, exigencia que no se condice con sus propias actitudes de injerencia e intervención en los asuntos de otros países y .la permanente violación del derecho internacional.

A pesar de tantas dificultades estamos ante la universalización del derecho y en el umbral de la lucha por la promoción y defensa de los Derechos de todos los seres humanos. La humanidad se encuentra a comienzos del siglo XXI atravesando una nueva etapa en la defensa, promoción y educación de los Derechos Humanos. Este es un desafío global que está ligado a la construcción de la Paz por un mundo más justo, solidario y respetuoso de la diversidad. Las experiencias recientes a nivel nacional y mundial por hacer avanzar la justicia y por lograr intercambios globales justos, aportan lecciones que merecen ser analizada y compartidas por quienes han estado desde hace años luchando por defender promover los derechos fundamentales de la humanidad (http://lasindias.net/indianopedia/Democracia_econ%C3%B3mica), incluidos los derechos democráticos económicos a nivel de la empresa (http://deugarte.com/empresa-democratica-una-idea-potente). Pasando de las medidas parciales, aunque innovadoras, insuficientes, tales como la responsabilidad social de la empresa o la compra de carbono, participación en actividades solidarias, etc. Ahora es necesario pasar a otra etapa, la de responsabilidad democrática y social de la empresa ( http://www.rebelion.org/hemeroteca/otromundo/030809control.htm) . De manera que los nuevos desafíos que se presentan a los derechos humanos son inmensos y superarlos constituye una tarea indispensable que concierne a los ciudadanos del mundo entero y que no se hará solo automáticamente, sino como resultado de una voluntad política, de un plan estratégico del ser humano en tanto ser social, en el contexto de Estados consecuentes con tales propósitos.

JUSTICIA SOCIAL PARA FORTALECERNOS

Ahora es necesario observar el avance tecnológico y científico en la construcción del derecho, en efecto, las tecnologías digitales y el desarrollo de diferentes formas de inteligencia artificial nos exigen abordarlos a fin de prevenir el abuso o la desnaturalización de la norma. Por ello, como señala un autor, es necesario que se trabaje en la configuración de estrategias que garanticen el cumplimiento de las normas que nos hemos dado a través del proceso democrático ( Puentes Cociña, Beltrán y Quintiá, Andrei. 2020. Pastrana, El Derecho ante la transformación digital. Oportunidades, riesgos y garantías. Barcelona. Editorial Atelier. 247 pp.)

El Derecho está ligado con el poder político y es este el que ha permitido su existencia; sin poder político, cualquiera sea el nombre que se le dé, no puede haber derecho, pasaría a ser un compromiso social cuya ruptura no tendría sanción y por lo tanto seria aleatorio, lo que es obviamente injusto para aquellos que si cumplieran el compromiso. El Estado como expresión del poder político es el que garantiza el cumplimiento del derecho de manera que si el Estado desaparece no es imaginable como podrá evitarse el caos y la vuelta a la ley del más fuerte. Las utopías que postulan la desaparición del Estado se fundamentan en la negación de la filosofía ilustrada: el dogma; en efecto, creen que el ser el humano alcanzará niveles de conciencia tan elevados que será innecesario el Estado y por lo tanto el Derecho. Por cierto, que no se puede descartar que el ser humano pueda lograr en un futuro un nivel de conciencia ética que haga innecesario el Estado tal como lo conocemos hoy, pero ello es un proceso histórico no visible ahora, por ello se le puede denominar una utopía. Mientas tanto, impongamos reglas que impidan el abuso. Entre tales reglas básicas que parecen necesarias, esta lograr una democracia integral, una justa y adecuada distribución de los ingresos, satisfacción de los derechos fundamentales como libertad, salud, educación, dignidad, derecho de acceso a la información, democratización de los medios y sanciones de quienes pretenden defraudar aprovechándose de su posición dominante tanto en política como en economía. Todos tienen el derecho a luchar por ello.

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