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Machismo y feminismo. Por Carlos López Dawson

UN DEBER DEL ESTADO

La terminología empleada muchas veces en debates sobre derechos llega a exageraciones inaceptables. Solo por citar un para de casos, un policía reclama que sus derechos humanos han sido violados por manifestantes que lo han lesionado, error, ese reclamo se fundamenta en una lectura equivocada de lo que son los derechos humanos que como sabemos son un estándar para el Estado. Entre las personas se aplica el derecho común, en este caso el penal. Del mismo modo se puede concluir cuando alguna persona sostiene que el hombre violo los derechos de la mujer al agredirla. La violación de derechos humanos siempre será obra del Estado. El derecho común, civil, familiar, laboral, penal, regulan las relaciones entre los individuos estableciendo derechos, deberes, responsabilidades y sanciones.

La historia nos muestra el difícil transito que ha tenido el reconocimiento de derechos, Las ideas de Charles Montesquieu .1689-1755) y Juan Jacobo Rousseau .1712-1778) en Francia, son fundamentales para entender la evolución del derecho. Montesquieu criticó severamente los abusos de la Iglesia y del Estado. Al estudiar las instituciones y costumbres francesas de la época, dio formas precisas a la teoría del gobierno democrático parlamentario con la separación de los tres poderes, legislativo, ejecutivo y judicial, como mecanismo de control recíproco entre los mismos, acabando teóricamente con la concentración del poder en una misma persona y los consecuentes abusos y atropellos que históricamente había producido el irrestricto poder del monarca en contra de los seres humanos.

Por su parte Juan Jacobo Rousseau, denunció vigorosamente las injusticias y miserias resultantes de la desigualdad social de su época, propugnó la idea de una sociedad basada en igualdad absoluta, en la que cada miembro, a la par se somete a las decisiones del colectivo, es al mismo tiempo parte del pueblo soberano, cuya voluntad general constituye la Ley . Estas ideas de Rousseau favorecieron a la elaboración del concepto de los derechos humanos al plantear la necesidad de la existencia de una igualdad entre los hombres, quienes deben someter su voluntad individual a la voluntad del colectivo, con el objeto de alcanzar el bienestar para todos.

Los filósofos ilustrados, sin embargo, no incluyeron a las mujeres es sus reflexiones, incluso Rousseau sostuvo que no era necesario reconocerles derechos.

EL LIBERALISMO INSUFICIENTE

En 1776 la Declaración de Independencia, redactada por Thomas Jefferson y aprobada por los Estados Unidos el 4 de julio del referido año, proclamaba lo siguiente: “Sostenemos como verdaderas evidencias que todos los hombres nacen iguales, que están dotados por su Creador de ciertos derechos inalienables, entre los cuales se encuentra el derecho a la vida, a la libertad y a la búsqueda de la felicidad...”, consagrándose algunos derechos individuales. Pero, a pesar que termino “hombres” se entendía que se refería a todos los seres humanos, las mujeres y los esclavos no les serian reconocidos derechos en los Estados que habían proclamado el carácter universal de estos derechos sino definitivamente en el curso del siglo XX.

El desarrollo conceptual de los derechos humanos individuales alcanza su mayor riqueza en las ideas liberales de la Revolución Francesa en 1789, con la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, en donde se expresa el carácter universal de los derechos humanos y su pertenencia al hombre por ser humano. Esta Revolución se dio en momentos en que millones de personas eran objeto de opresión. Posteriormente, a pesar de la existencia del absolutismo monárquico en la cultura y funcionamiento del Estado, se consolidaron algunos derechos como concepto de Derecho Humano: Con lo cual se pone en evidencia que, la evolución del derecho, desde una perspectiva democrática, ha sido lenta.

Respecto de los Derechos de la Mujer su reconocimiento será tan difícil como la abolición de la esclavitud, siendo reconocidos por los Estados en el proceso de industrialización, no sin antes reprimirlas duramente. El movimiento feminista implica algo más que una simple emancipación esto se puede ver en diferentes leyes .de distintos países que le han conferido a la mujer derechos como el de sufragio, por ejemplo: en Nueva Zelanda en 1893, en Australia en 1902, Noruega en 1903, etc.

Los principios liberales solo se aplicarán a los hombres que poseen recursos para ser reconocidos como sujetos de derecho, los demás quedaran excluidos, en particular las mujeres y las razas diferentes a los blancos europeos.

LA EXPERIENCIA CHILENA

En el caso de Chile también el reconocimiento de derechos fue lento, difícil y resultado de luchas de las mujeres en distintos ámbitos. El 6 de febrero de 1877 se dictó el Decreto Amunátegui, que otorgaba derecho a las mujeres para acceder a la Universidad. Con ello comienzan las mujeres a titularse de profesionales en distintas disciplinas.

Los movimientos femeninos aparecerán en Chile en 1913 organizados en Clubes y Asociaciones promoviendo mejores condiciones de trabajo y trato. En 1917 fue creado el Club de Lectura, fundado por la escritora y profesora Amanda Labarca, que dará origen al Consejo Nacional de Mujeres, y luego, presentará un proyecto sobre derechos civiles, políticos y jurídicos, de lo cual resulta la denominada Ley Maza de 1925, que permitirá a las mujeres casadas administrar su salario.

En 1933, Felisa Vergara, Amanda Labarca y Elena Doll crean el Comité Nacional Pro Derechos de la Mujer, para participar en la discusión sobre la Ley de Sufragio Municipal. El año siguiente, durante el segundo mandato del Presidente Arturo Alessandri, se dicta la Ley 5.357 que otorga a la mujer el derecho a votar y a ser elegida en los comicios municipales. El 7 de abril de 1935, las mujeres chilenas participan por primera vez en una elección municipal, de la que resultan electas 26 candidatas femeninas.

El 11 de mayo de 1935 se crea el Movimiento Pro Emancipación de la Mujer Chilena (MEMCH) que contaba con representación a lo largo de todo el país, el cual propone la divulgación estatal de métodos anticonceptivos, y plantea temas tan actuales y controversiales como el divorcio o el aborto. En 1938 fue electo Presidente Pedro Aguirre Cerda, quien en 1941 se manifiesta a favor del sufragio universal, siendo secundado por otros políticos como Horacio Walker, José Maza y Salvador Allende. Finalmente, el 8 de enero de 1949, el Presidente Gabriel González Videla concedió el derecho a voto de la mujer en Chile. En 1950 Inés Enríquez es elegida la primera parlamentaria chilena, y en 1952 por primera vez las mujeres tienen participación en una elección presidencial.

El Presidente Salvador Allende entre otras iniciativas por la mujer, creó la Secretaría de la Mujer en 1971 como organismo integrante del gobierno.( Ver Le Monde Diplomatique, Enrique Villanueva M., La memoria de Allende y la lucha por los derechos de la mujer, 8 de marzo 2022). Posteriormente bajo el gobierno de Patricio Aylwin se reformó el Código Civil para permitir a las mujeres administrar sus bienes. Luego se dictaron leyes para no sancionar penalmente ciertos abortos, el derecho a divorciarse, entre otras leyes.

LA DESCALIFICACIÓN INPROCEDENTE

Se critica que las mujeres demandan mas derechos, que se iguale la cancha y sus contestatarios las denominan feminazis. Desde luego es evidente que la cancha esta dispareja legal y culturalmente. La ley reconoce la igualdad como un elemento esencial, del sistema politico. Pero, en la practica no sanciona cuando se establece la desigualdad. En efecto está ampliamente demostrado que las oportunidades no son iguales. De hecho, por un mismo puesto, cargo o empleo en el sector privado, la mujer es desvalorizada en comparación con el hombre. Y no hay sanción penal para esa discriminación.

Cuando un 8 de marzo de 1857, las trabajadoras de una fábrica textil de Nueva York salieron a la calle a protestar en masa por las duras condiciones de trabajo que entre otras cosas significaba que ganaran menos de la mitad de lo que ganaban los hombres, pero, además, estaban regidas con horarios extremos de explotación y malos tratos. Se recuerda esa manifestación por que fue una de las primeras protestas y, que, además, terminaron con una represión policial inusual, lesionando a las manifestantes y deteniendo a varias de ellas. Este hecho tuvo amplia repercusión y marco un inició para la lucha universal de las mujeres por sus derechos, que aun hoy a pesar de tanto reconocimiento no ha logrado emparejar la cancha.

Por desgracia quienes se oponen a las demandas de las mujeres calificándolas de feminazis, son ignorantes o de mala fe. El nacismo no solo discriminaba en el discurso al suponer la superioridad racial de los arios, sino que además proclama la eliminación de las “razas inferiores”, para lo cual creó los campos de exterminio donde fueron asesinados millones de personas, no solo por razones raciales, sino también ideológicas. Por lo tanto, es una calificación o descalificación que no corresponde utilizar, no solo por error, sino porque además la vacía de contenido.

Sin duda que la tarea por los derechos humanos requieren una verdadera democracia y no una farsa de ella. Por eso es que el sistema politico requiere reformas profundas para permitir una verdadera participación de todos y todas.

Las demandas por más derechos de la mujer contemplan una serie de problemas no resueltos en casi todas las sociedades denominadas liberales que supone la vigencia de los derechos humanos para todos y todas. Pero, sin duda que estos debieran no solo ser resueltas por la ley sino que fundamentalmente por la cultura y no solo a nivel de las personas carenciadas, sino que en toda la sociedad. Un ejemplo lo ilustra, en un fallo de primera instancia el juez había reducido la pena del violador, quien era profesor y psicólogo, siendo sus víctimas dos alumnas menores de edad, por estimar que la forma como se realizó la violación, con violencia, era propia del comportamiento de ese sector social, sin determinar si se refería a las alumnas, victimas, o al victimario, profesional universitario, o al mismo juez. Afortunadamente ese fallo fue revocado por la Corte de Apelaciones y el violador condenado a penas de cárcel como la ley lo disponía. De allí que la vigencia y respeto de los derechos no es solo una cuestión legal sino también cultural, por lo que el Estado debe asumir un papel más proactivo para lograr emparejar la cancha.

8 DE MARZO 2023

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