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Nada cambia desde la estafa de los gremialistas de La Familia, hasta hoy en día. Por Patricio Herman

Hace casi 50 años atrás, unos entonces jóvenes ingenieros comerciales gremialistas, hoy UDI, de la Pontificia Universidad Católica de Chile, a través de la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Financieros La Familia Ltda., persona jurídica constituida el 23 de julio de 1975, con sus estatutos aprobados por el Ministerio de Economía el 24 de septiembre del mismo año, con suma ocurrencia, se las ingeniaron para engañar a miles de ahorristas en esa empresa trucha, ver nota de Wikipedia en link

https://es.wikipedia.org/wiki/Cooperativa_La_Familia

Pues bien, con ocasión de una invitación, que grupos ciudadanos nos hicieron para visitar la ciudad de Iquique, con el propósito de que conociera prácticas indebidas en el ámbito de la aplicación de los marcos regulatorios de Vivienda y Urbanismo, en las radios Paulina y Bravíssima y en otros medios locales de la ciudad de Iquique nos hemos referido al Plan Regulación Comunal (PRC) de Iquique, elaborado por la Consultora Habiterra, instrumento normativo que moderniza el antiguo PRC del año 1981: el nuevo instrumento normativo que todavía no ha sido aprobado por el respectivo Concejo Municipal, debido a diversas objeciones ciudadanas y empresariales, relacionadas muchas de ellas, con la clasificación de áreas verdes y con afectaciones de utilidad pública para ciertos terrenos urbanos en este nuevo PRC.

Sobre este asunto, se debe tener presente que el artículo 38° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) establece con suma claridad que "las disposiciones de los Planes Reguladores Intercomunales, que constituyan alteraciones a las disposiciones de los Planes Reguladores Comunales existentes, se entenderán automáticamente incorporadas a éstos como modificaciones". Pero, por motivos incomprensibles, las disposiciones restrictivas, entre otras, la densidad de 800 hab/ha contenidas en el Plan Regulador Intercomunal Costero de Tarapacá (PRICT), publicado en junio del año 2022 no fueron incorporadas en el PRC de Iquique del año 1981, añejo instrumento que erróneamente se refería al concepto de "densidad libre", en circunstancias que las densidades son solo brutas y netas.

Con esta desobediencia municipal se aprobaran diversos permisos de edificación con normas urbanísticas que superaban las disposiciones prohibitivas de dicho PRICT, teniéndose en cuenta que el Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de Chile (SHOA) ha establecido que son inundables los sectores en los cuales se cursaron esos permisos de edificación.

Por un incomprensible error de Jorge Bermúdez, anterior contralor general de la República, dicho desacato fue validado por él, asunto de la máxima gravedad que Dorothy Pérez, actual contralora en funciones, que esperamos sea ratificada en el cargo, tendrá que poner las cosas en su justo lugar para que, mientras tanto, el antiguo PRC de Iquique del año 1981 contenga las restricciones urbanísticas consideradas en el mencionado PRICT.

Asimismo analizamos estos asuntos en nuestras reuniones con Sandra Estay, contralora regional de Tarapacá, con Diego Rebolledo, seremi Minvu Tarapacá y con Sergio García, director de obras municipales de Iquique. Uno de los casos más delicados es lo que sucede con el terreno en donde funcionaba el Club de Tenis de Tarapacá, en la calle Bulnes de Iquique. Para conocer en detalle este viciado episodio es indispensable leer reportaje publicado en Ciper, ver link

https://www.ciperchile.cl/2022/12/22/fiscalia-investiga-venta-de-valioso-terreno-costero-de-iquique-que-pertenecia-a-club-de-tenis-sin-fines-de-lucro/

Este predio que fue comprado por los directores de esa persona jurídica sin fines de lucro y enseguida vendido por los mismos a un privado para que éste, sin saber que el predio es área verde, levantara allí un proyecto inmobiliario en altura.

Estas transacciones comerciales fueron objetadas, en el respectivo Juzgado de Garantía, por el ex socio y tenista del Club, Manuel Palacios, teniéndose presente que los usos de suelo, según la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), son de 6 tipos: residencial, actividades productivas, equipamiento, infraestructura, espacio público y área verde, señalándose que los terrenos urbanos de los clubes deportivos, por ser áreas verdes, están exentos del pago de contribuciones de bienes raíces al Servicio de Impuestos Internos (SII), siempre que estos clubes faciliten las prácticas recreacionales a los alumnos de colegios públicos.

Por lo relatado, llegamos a la conclusión que, hasta el actual año 2024, a pesar de que vivimos en democracia, todo sigue igual desde que los ultra pinochetistas, miembros de la organización La Familia, urdieron sus engañosos negocios en plena dictadura.

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