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En Francia, sobran leyes y faltan recursos

Violencia machista: reprimirla no basta

Desde su primer mandato, el presidente francés Emmanuel Macron ha convertido la violencia machista en una prioridad nacional. Parece corroborarlo el mayor número de condenas a maltratadores en los tribunales, y la cuestión también figura en la agenda política y mediática de otros países europeos, entre ellos España. Sin embargo, en la persecución de este tipo de crímenes sucede como en las demás cuestiones de seguridad: se privilegia la política de cifras, de aparente intransigencia, descuidando la protección efectiva de las víctimas.

A pesar de avances reales, la dominación masculina continúa estructurando la mayoría de las relaciones de género, así como las representaciones que se les asocian. En ese sentido, las diferentes formas de violencia sufridas específicamente por las mujeres –desde ataques contra la integridad física hasta violaciones, pasando por el acoso y las agresiones sexuales– y, todavía más, la forma en que las autoridades reaccionan frente a ellas, constituyen el mejor indicador para medir la progresión de la igualdad real entre hombres y mujeres. Sancionar la violencia machista con un rigor a la altura del daño que provoca en la cohesión social es una de las maneras de hacer retroceder la dominación masculina. Dicho de otro modo, aunque las campañas de prevención y educación feminista desempeñan un papel importante, no pueden reemplazar la acción represiva y protectora que debe desarrollarse paralelamente.

Pero, aunque el nivel de represión de la violencia contra la mujer nunca ha sido tan elevado, el sentimiento de su impunidad sigue siendo particularmente intenso Así, en un comunicado del 5 de octubre de 2022, el Alto Consejo para la Igualdad entre Mujeres y Hombres (HCE, por sus siglas en francés) lamentaba que “las denuncias aumentan, la violencia no disminuye y su tratamiento (sic) permanece en gran parte impune”. ¿Cómo explicar semejante disonancia? El análisis detallado de la evolución del arsenal legislativo y de la actuación penal en las últimas décadas nos enseña que los poderes públicos privilegian un enfoque represivo que, aunque hegemónico, sigue presentando un carácter esencialmente espectacular y fragmentario.

Medidas y penas más duras

En Francia, en 1989 se impulsó la primera campaña nacional de información y se crearon las primeras comisiones departamentales de acción contra la violencia machista, iniciativas continuadas en cinco planes interministeriales de prevención y lucha. Treinta años después, se han aprobado no menos de trece leyes –y más decretos y “circulares de aplicación”–: endurecimiento de ciertas penas (1992, 2007, 2010, 2020); creación de nuevas penas, como asistir a programas de intervención para maltratadores (2010, 2014, ley de 2019); ampliación de determinadas circunstancias agravantes, en particular para los cónyuges del pacto civil de solidaridad (PACS, unión civil francesa) (2006, 2010, 2018); creación de nuevos delitos, como el “acoso moral en la pareja” (2010, 2018, 2020) o nuevos dispositivos, como el “Téléphone grave danger” (2014) –un dispositivo de protección para las mujeres víctimas de violencia machista cuya atribución corresponde a la fiscalía– o la pulsera de seguimiento para maltratadores (2019). Sobre el papel, el sistema normativo destinado a luchar contra la violencia machista es, por tanto, uno de los más sólidos.

Semejante activismo normativo podría ser la prueba del compromiso del legislador frente al fenómeno. Desgraciadamente, una reforma sigue a otra sin una evaluación previa de las anteriores. Esta huida hacia adelante represiva desconoce la realidad sobre el terreno, en particular las dificultades propias de la comprobación y persecución de este tipo de delitos, dado el contexto íntimo en que suelen producirse. En ese sentido, el delito de acoso moral conyugal ilustra hasta qué punto las iniciativas del legislador erran el blanco. Desde 2005, el derecho positivo francés permite sancionar la violencia que no implique ningún contacto físico pero que haya provocado “un shock emocional” o una “perturbación psicológica” (1). No obstante, en 2010 el legislador decidió crear un delito específico para sancionar actitudes que no sean manifiestamente graves pero que, repetidas, caracterizan una situación de dominación en la pareja.

Una exhibición permanente

Ahora bien, mientras que el acoso en el ámbito del trabajo es más fácil de caracterizar debido a la naturaleza a priori profesional y más codificada de las relaciones laborales, las dinámicas, íntimas y complejas, de las relaciones de pareja complican el trabajo del juez. ¿Cómo fijar los límites de lo aceptable en materia de vejaciones sin caer en una penalización excesiva? La práctica rápidamente puso de manifiesto las numerosas dificultades de aplicación de ese delito debido, en particular, al carácter demasiado inaprensible de sus elementos constitutivos (2). Por lo tanto, ese delito se utiliza poco en los tribunales franceses. Sin embargo, el legislador sigue endureciendo las penas, introduciendo agravantes: “cuando un menor ha estado presente y sido testigo” (2018), “cuando el acoso en la pareja ha llevado a la víctima al suicidio” (2020).

Con todo, a consecuencia de esta hiperactividad normativa, el nivel de persecución y condena judicial de la violencia contra la mujer ha aumentado considerablemente. Definida como una prioridad por todas las circulares de política penal general desde hace más de diez años, la persecución de la violencia en la pareja ha pasado (...)

Artículo completo: 2 784 palabras.

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Elsa Johnstone & Vincent Sizaire

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