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El Estado incumple sus obligaciones con personas privadas de libertad

Cárceles chilenas vulneran derechos

En las cárceles de Chile, millares de personas privadas de libertad sufren cotidianamente diversas formas de vulneraciones a sus derechos, situación que se ha agravado con pandemia viral. El Estado incumple sus obligaciones, pues ni siquiera se hace cargo de las medidas sanitarias mínimas de resguardo.

“(...) Los imputados explican que no tienen acceso a patio durante las 24 horas del día, situación que les afecta desde que se encuentran en dicha celda, algunos de ellos llevan seis meses en dicho lugar. Relatan que no hay espacio para que todos tengan su propia cama o colchoneta, por lo que duermen de a dos, careciendo de mantas o ropa para taparse de noche. Indican que carecen de agua potable, la consiguen de otra celda y la acopian en botellas. Señalan que mantienen muy mala higiene personal ya que el agua la destinan para consumir y lavarse algunas partes del cuerpo” (1). Así parte el lapidario informe del juez Cristian Sánchez del Séptimo Juzgado de Garantía que hace unos días constató las condiciones en las que se encontraban muchos internos del módulo 88 del Centro Penitenciario Santiago Uno.

Lo anterior evidencia -de una manera bastante cruda y brutal- que históricamente ha existido una vulneración constante a lo largo de todos los centros penitenciarios, tanto masculinos como femeninos de nuestro país; vulneraciones que día a día siguen ocurriendo sin que exista una intervención por parte del Estado que permita, en su posición de garante, poder frenar dichas vulneraciones. Ante esta situación, muchas personas se preguntarán, ¿qué rol le cabe al Estado? ¿El Estado debe responder frente a estas vulneraciones?

La respuesta es determinante. El Estado tiene un rol fundamental en la protección y resguardo de los derechos de las personas privadas de libertad, no es antojadizo por tanto exigir su cumplimiento. Es más, el rol del Estado debe propender a un trato digno en cuanto a su calidad humana pero también en cuanto a garantizar condiciones mínimas de (...)

Artículo completo: 905 palabras.

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Nicole Sánchez

Abogada, presidenta del directorio de Leasur (www.leasur.cl)

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